Resolución de 14 de abril de 2025, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio, de modificación de la Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se realiza la primera convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el Marco del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027.

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Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante Resolución de esta Consejería de fecha 8 de agosto de 2024, se aprobó la primera convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 (extracto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 158, del 13 de agosto del 2024) y corrección de errores (Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 197, del miércoles 9 de octubre de 2024).

Segundo.—Por acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de 8 de agosto de 2024 se autorizó el gasto correspondiente a la convocatoria mencionada por un importe total de cuarenta millones de euros (40.000.000 €).

Tercero.—Por Acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el 30 de diciembre de 2024 se autorizó la modificación de las anualidades de la convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027.

Cuarto.—Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de ayudas establecido en la Resolución de convocatoria, se observa que el número de solicitudes recibidas, supera en ocho millones cuarenta y ocho mil setecientos treinta y nueve euros (8.048.739 €) el importe de cuarenta millones de euros (40.000.000 €) recogido en la Resolución de convocatoria, resultando insuficiente, por lo tanto, el gasto autorizado para poder atender a las mismas.

Quinto.—Por Acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el 20 de marzo de 2025 se autorizó un gasto adicional por importe de ocho millones cuarenta y ocho mil setecientos treinta y nueve euros (8.048.739 €), para financiar la convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, con cargo a la partida presupuestaria 17.02.741G.776.027 y con cargo al ejercicio presupuestario 2027.

Fundamentos de derecho

Primero.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Comercio, es la competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se establece el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado por Decreto 7/2025, de 13 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias y el Decreto 15/2025, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio.

Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57, 58.2 y 58.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la modificación de la distribución de anualidades inicialmente aprobada para la financiación de una convocatoria requerirá la tramitación del correspondiente expediente de reajuste de anualidades o autorización de cuantía adicional, no precisará de nueva convocatoria y se publicará en los mismos medios que esta, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevos cómputo para resolver.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Dar publicidad a la autorización de un gasto adicional de 8.048.739 € de la convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, quedando el presupuesto total distribuido, de forma estimativa, como se indica a continuación:

Aplicación presupuestaria

Año 2024

Año 2025

Año 2026

Año 2027

1702.741G.776.027

0 €

6.000.000 €

18.000.000 €

24.048.739 €

Segundo.—Modificar el punto 4 del resuelvo cuarto de la Resolución de la Consejería de Transición Ecológico, Industria y Desarrollo Económico de fecha 8 de agosto de 2024, por la que se aprueba la primera convocatoria de ayudas para la aceleración de sectores estratégicos para la transición hacia una economía de cero emisiones netas, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, que queda redactado como se indica a continuación:

4. Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo a los presupuestos del Principado de Asturias, con la distribución plurianual, de carácter estimativo, recogido en la siguiente tabla. El importe total a esta convocatoria asciende a 48.048.739,00 €, cofinanciada en el marco de los Fondos de Transición Justa con una tasa de cofinanciación del 70%, computándose como cofinanciación nacional la inversión privada elegible de los beneficiarios por el 30% restante.

Aplicación presupuestaria

Año 2024

Año 2025

Año 2026

Año 2027

1702.741G.776.027

0 €

6.000.000 €

18.000.000 €

24.048.739 €

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 14 de abril de 2025.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Comercio, María Belarmina Díaz Aguado.—Cód. 2025-03115.

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