Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se dispone la ejecución de la sentencia 65/2024 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
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Vista la Sentencia 65/2024 dictada en fecha 30 de enero de 2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el recurso contencioso-administrativo número 352/2023 interpuesto por el procurador don M. G. B., en nombre y representación de Adaptrans Asturias, S. L., y asistido por el Letrado don J. L. D. M., este recurso contencioso-administrativo se dirige contra la Resolución, de 3 de abril de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias del pago de facturas por importe total de 16.588 euros como consecuencia de diversos servicios contratados y prestados en centros de la Administración.
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias.
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don M. G. B., en nombre y representación de Adaptrans Asturias, S. L., contra la Resolución, de 3 de abril de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias del pago de facturas por importe total de 16.588 euros como consecuencia de diversos servicios contratados y prestados en centros de la Administración, por ser contrarias a Derecho y, en consecuencia, nulas, y reconociendo el derecho de la recurrente al pago de la deuda principal por importe de 16.588 euros más los intereses de demora, calculados hasta el completo pago del principal, más los costes de cobro por importe de 80 euros.
Se imponen las costas a la Administración del Principado de Asturias limitando, no obstante, su importe a un máximo por todos los conceptos de 500 euros, más el IVA que sea aplicable."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo a 31 de marzo de 2025.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Marta del Arco Fernández.—Cód. 2025-02803.