Anuncio. Modificación de los nombramientos de concejales responsables de las distintas áreas.
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En fecha 27 de marzo de 2025, se dictó resolución de Alcaldía del siguiente tenor literal:
"Primero.—Constituida en sesión Plenaria, de fecha 17 de junio de 2023, la Corporación Municipal resultante de las elecciones locales celebradas el pasado día 28 de mayo de 2023, mediante resolución de Alcaldía, de fecha 26 de junio de 2023, se procedió a designar a los Concejales encargados de cada área de actividad municipal, visto lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, mediante resolución de Alcaldía, de fecha 26 de junio de 2023.
Segundo.—Desde aquella resolución, se han producido modificaciones en las designaciones de los distintos Concejales responsables de área. La última, realizada mediante resolución de Alcaldía de fecha 5 de marzo de 2025, recoge en su parte expositiva todos los antecedentes sobre los cambios realizados.
Tercero.—Tras la renuncia al cargo de Concejal de D.ª Jimena María Fernández Fernández, en sesión Plenaria celebrada el 20 de marzo de 2025, tomó posesión el Concejal D. Pedro González López.
Cuarto.—A la vista de ello, esta Alcaldía considera conveniente realizar un nuevo reparto de las distintas áreas municipales entre los Concejales que forman el equipo de gobierno. De esta forma, se realizará la siguiente distribución.
• Karina Peláez Rodríguez: Servicios Sociales, Sanidad y Consumo y Educación y Cultura.
• Pablo José Fernández Antomil: Obras y Servicios, Urbanismo y Personal y Régimen Interior.
• Raúl Fernández Rodríguez: Festejos, Alcaldes de Barrio y Medio Ambiente.
• Pedro González López: Deportes.
• Sergio Martínez Álvarez: Turismo, Tiempo Libre, Infancia, Juventud y Escuela de Salud.
• Esther López Fernández: Desarrollo Económico Local y Promoción del Empleo Privado.
Las áreas no atribuidas a ninguna Concejalía, se ejercerán por la Alcaldía.
Habida cuenta de lo expuesto, esta Alcaldía, en virtud de las facultades que le han sido legalmente conferidas,
RESUELVE
Primero.—Modificar los nombramientos de los Concejales responsables de las distintas áreas de actividad municipal de modo que quedan configurados del siguiente modo:
• Karina Peláez Rodríguez: Servicios Sociales, Sanidad y Consumo y Educación y Cultura.
• Pablo José Fernández Antomil: Obras y Servicios, Urbanismo y Personal y Régimen Interior.
• Raúl Fernández Rodríguez: Festejos, Alcaldes de Barrio y Medio Ambiente.
• Pedro González López: Deportes.
• Sergio Martínez Álvarez: Turismo, Tiempo Libre, Infancia, Juventud y Escuela de Salud.
• Esther López Fernández: Desarrollo Económico Local y Promoción del Empleo Privado.
Las áreas no atribuidas a ninguna Concejalía, se ejercerán por la Alcaldía.
Segundo.—Las Áreas de responsabilidad antes señaladas tendrán las mismas competencias recogidas en la resolución de Alcaldía de fecha 26 de junio de 2023.
Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 d) del ROF, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cuarto.—La presente resolución es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo se podrá interponer por los particulares interesados recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio, en el caso de Administraciones Públicas, de hacer uso del previo requerimiento previsto en el artículo 44 del citado cuerpo legal. No obstante podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Quinto.—Transcríbase esta resolución en el libro correspondiente, notifíquese a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, trasládese a las dependencias administrativas afectadas y dese cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre."
Tineo, a 28 de marzo de 2025.—La Alcaldesa-Presidenta.—Cód. 2025-02702.