Anuncio. Extracto del Acuerdo de 1 de abril de 2025, de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de becas individuales de asistencia a los itinerarios formativos del proyecto "Tejiendo Oportunidades" en el marco del Programa Éfeso (Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social) financiado por el FSE+, durante los ejercicios 2025 y 2026.
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BDNS (Identif.): 824533.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/824533).
Primero.—Beneficiarios:
Personas empadronadas en Gijón/Xixón y desempleadas a fecha de inicio del itinerario formativo y que participen en alguno de los seis itinerarios formativos del proyecto "Tejiendo Oportunidades" en el marco del Programa Éfeso (Programa de Educación, Formación, Empleo y Economía Social) financiado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) e impulsado por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón durante el período 2025-2026.
Segundo.—Objeto:
Regular la concesión directa de becas individuales a personas desempleadas que participan en alguno de los seis itinerarios formativos presenciales del proyecto "Tejiendo Oportunidades" en el marco del Programa Éfeso (Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social) financiado por el Fondo Social Europeo Plus y promovidos por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, cuya ejecución se desarrollará durante los ejercicios 2025 y 2026.
Tercero.—Bases reguladoras:
Ordenanza por la que se regula el Régimen General de subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del día 28 de febrero de 2023).
Cuarta.—Cuantía:
El pago de las becas reguladas en estas bases se tramitará durante los ejercicios 2025 y 2026 hasta agotar crédito del presupuesto municipal por un importe máximo de 220.000,00 €, de los que se ejecutarán 110.000,00 € con cargo al ejercicio 2025, tomando razón del gasto por el mismo importe de 110.000,00 € para ejecutar con cargo al ejercicio del 2026 supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario, bien consignado en el presupuesto municipal, o bien a través de prórroga presupuestaria.
En el caso en el que se den las circunstancias previstas en el artículo 58.2 del Reglamento de Subvenciones (R. D. 887/2006 de 21 de julio), se podrá aplicar a la concesión de estas subvenciones, sin necesidad de nueva convocatoria, una cuantía adicional de hasta 50.000,00 €, si bien, la efectividad de la cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda con indicación de la aplicación presupuestaria a la que haya que imputarse y a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
La solicitud junto con la documentación se presentará en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de inicio del itinerario formativo, o desde la fecha de incorporación de la persona solicitante si esta tuvo lugar posteriormente.
Gijón/Xixón, a 2 de abril de 2025.—La Secretaría de la Junta de Gobierno.—Cód. 2025-02754.