Resolución de 1 de abril de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba el programa anual de objetivos así como las bases reguladoras de la presente convocatoria y se convoca para su provisión, por el sistema de libre designación, la Subdirección General de Política Llingüística.
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Vacante la Subdirección General de Política Llingüística, y resultando necesario proceder a su provisión, por el procedimiento de libre designación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.6 y 65.2.a) de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público y el artículo 4 del Reglamento de Personal Directivo de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por el Decreto 9/2024, de 2 de febrero,
RESUELVO
Primero.—Aprobar el programa anual de objetivos de la Subdirección General de Política Llingüística en los términos descritos en el anexo I.
Segundo.—Aprobar las Bases de la Convocatoria para la provisión, mediante Libre Designación de 1 puesto de Subdirector/a General de Política Llingüística dependiente del Titular de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte.
Tercero.—Convocar para su provisión por el sistema de libre designación la Subdirección General de Política Llingüística, que se describe en el anexo II, de acuerdo con la configuración que consta en la relación de puestos directivos, y con arreglo a las bases que se detallan en el anexo III.
Cuarto.—Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Portal de transparencia de la Administración del Principado de Asturias.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Oviedo/Uviéu, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo/Uviéu, a 1 de abril de 2025.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanesa Gutiérrez González.—Cód. 2025-02805.