Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la normalización del asturiano y del gallego-asturiano o eonaviego, en régimen de concurrencia competitiva para empresas privadas o fundaciones y asociaciones.
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BDNS (Identif.): 823987.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/823987).
Primero.—Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria como solicitante cualquier empresa privada (persona física o jurídica) o fundaciones o asociaciones que presenten proyectos de interés cultural, lingüístico o social que empleen el asturiano o el gallego-asturiano o eonaviego.
Segundo.—Objeto:
Concesión de ayudas económicas a empresas, fundaciones o asociaciones que tengan por objeto el fomento de proyectos que contribuyan a la normalización del asturiano y del gallego-asturiano o eonaviego, promovidos por empresas privadas, o por fundaciones o asociaciones.
Tercero.—Bases reguladoras:
Por Resolución de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo de 20 de julio de 2023 (BOPA de 1 de agosto de 2023) se han aprobado las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos y actividades de normalización del asturiano y del gallego-asturiano o eonaviego, promovidas por empresas privadas, o por fundaciones y asociaciones.
Cuarto.—Importe:
103.288,87 euros. Línea 1 (empresas): 53.288,87 €. Línea 2 (entidades sin ánimo de lucro): 50.000,00 €.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPA.
Sexto.—Otros datos de interés:
— Solamente podrán recibir subvención aquellos proyectos que alcancen o superen la puntuación mínima de 50 puntos.
— Se dará prioridad a los proyectos que, habiendo alcanzado el umbral mínimo de 50 puntos, obtengan mayor puntuación. Así, se financiará el 100 % del presupuesto aprobado (o del importe solicitado, si fuera menor al presupuesto aprobado) de cada proyecto, según el orden de puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, hasta agotar el crédito disponible en la convocatoria (al proyecto calificado en último lugar de entre los que alcancen a percibir subvención se le abonará hasta donde llegue el crédito disponible):
— Grado de corrección lingüística del proyecto presentado: hasta 20 puntos.
— Interés del proyecto a subvencionar desde el punto de vista cultural, social y/o lingüístico: hasta 20 puntos.
— Grado de difusión del proyecto, entendiendo por tal su potencial para llegar a un mayor o menor número de personas: hasta 20 puntos.
— Experiencia y trayectoria de la persona o personas responsables del proyecto en el ámbito de las lenguas propias y de la cultura asturiana: hasta 10 puntos.
— Innovación creativa, artística, social o empresarial del proyecto en la promoción del uso de las lenguas propias y apuesta por la digitalización: hasta 10 puntos.
— Perspectiva de género, entendiendo por tal la presencia de mujeres en el equipo de trabajo y la contribución del proyecto a la consecución de la efectiva igualdad de género: hasta 10 puntos.
— Domicilio social de la entidad promotora del proyecto en el ámbito rural asturiano, en el contexto de las políticas relacionadas con el reto demográfico en el Principado de Asturias: hasta 10 puntos.
— No se podrán presentar más de dos proyectos por persona o entidad. Y el importe máximo para un proyecto será de 30.000 €.
— El plazo máximo para la justificación de las ayudas concedidas será el 5 de diciembre de 2025.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio: código AYUD0447T01, en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Oviedo/Uviéu, a 27 de marzo de 2025.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanessa Gutiérrez González.—Cód. 2025-02692.