Anuncio. Información pública de desafectación de las escuelas de La Acebal. Expte. ALC/2023/3.
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Visto el acuerdo adoptado, por unanimidad, en sesión plenaria ordinaria, de fecha 26 de febrero de 2025,
Por el cual se eleva a definitivo el acuerdo plenario de fecha 29 de mayo de 2024 (punto 2.1 del Orden del Día) por el que se aprobó inicialmente la desafectación del edificio público escolar de dominio público denominado "Escuelas de la Acebal", cambiando su calificación de bien de dominio público a bien patrimonial, con el fin de destinarlo a Centro Social, al haber dejado de cumplir la finalidad pública a la que estaba destinado.
Lo que se publica a los efectos oportunos, indicando que, este acto, que pone fin a la vía administrativa, contra el que cabe presentación de recurso potestativo de reposición, en los términos del art. 52. 2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Laviana, a 14 de marzo de 2025.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2025-02106.