Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Consejería de Movilidad, Cooperación Local y Gestión de Emergencias, por la que se deja sin efecto la Resolución de 21 de enero de 2025, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se dispone la publicación para la provisión del puesto de Tesorero/a del Ayuntamiento de Gijón como de libre designación.
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Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Visto que el Ayuntamiento de Gijón, mediante notificación de la Concejalía Secretaria de la Junta de Gobierno Local, registrado de entrada en la Administración del Principado de Asturias con el n.º ENT20250269223, de fecha 7 de marzo de 2025, solicita dejar sin efecto la publicación de la convocatoria del puesto de trabajo de Tesorero/a del citado Ayuntamiento, resulta:
1. Que por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de enero de 2023 (BOPA n.º 49, de fecha 13 de marzo de 2023) se aprobó el texto consolidado de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Gijón (RPT), con modificaciones puntuales posteriores publicadas en el BOPA n.º 99, de 25 de mayo de 2023, n.º 235, de 11 de diciembre de 2023, n.º 246, de 27 de diciembre de 2023, n.º 125, de 27 de junio de 2024 y n.º 223, de fecha 15 de noviembre de 2024), estando configurado el puesto de Tesorero/a, con código RPT actual A3300000, reservado a la Escala de funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, clase primera, Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, para su provisión por el procedimiento de libre designación.
2. Que, dado que el puesto de trabajo de Tesorero/a quedaba vacante con fecha 20 febrero de 2025 por jubilación, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón, ejerciendo competencias atribuidas a la misma, aprobó por unanimidad, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2025, las bases de la convocatoria de provisión del puesto de trabajo de Tesorero/a, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, clase primera, perteneciente a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior.
3. Que por Resolución de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios de 21 de enero de 2025 se dispone la publicación para la provisión del puesto de Tesorero/a del Ayuntamiento de Gijón como de libre designación, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 3 de febrero de 2025.
4. Que por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 5 de marzo de 2025 se aprueba la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (BOPA de 18 de marzo de 2025), estando configurado el puesto de Tesorero/a, con código RPT A3300000, reservado a la Escala de funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, categoría entrada/superior, para su provisión por el procedimiento de libre designación.
5. Que por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 5 de marzo de 2025 se aprueba "Dejar sin efecto las Bases de la convocatoria que rigen la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Tesorero/a del Ayuntamiento de Gijón aprobadas en fecha 14 de enero de 2025 por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, dando cuenta al órgano competente de la Administración del Principado de Asturias, la Dirección General de Administración Local, para su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias".
Fundamentos de derecho
Vistos la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local modificada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Considerando que el artículo 92 bis, apartado 6, párrafo cuarto, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que, excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de libre designación, en los municipios incluidos en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como las Diputaciones Provinciales, Áreas Metropolitanas, Cabildos y Consejos Insulares, y las ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente
Considerando que el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, relativo a los trámites especiales del procedimiento de libre designación de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que: "La convocatoria, que se realizará en el plazo máximo de tres meses, desde que el puesto de trabajo se hubiera clasificado a libre designación o hubiese resultado vacante, corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada. El Ministerio de Hacienda y Función Pública, dispondrá la publicación, del extracto de dichas convocatorias, en el Boletín Oficial del Estado."
Considerando, que el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado en este punto por el Decreto 7/2025, de 13 de febrero, atribuye a la Consejería de Movilidad, Cooperación Local y Gestión de Emergencias, en su artículo noveno apartado d), las competencias en materia de Administración Local, entre las que se encuentran las relativas a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. En el mismo sentido, el Decreto 20/2025, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Movilidad, Cooperación Local y Gestión de Emergencias, en vigor desde el 24 de febrero de 2025, señala en el artículo 18 las funciones de la Dirección General de Cooperación Local y Seguridad.
Considerando, que la Resolución de 25 de junio de 2024, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería, así como la firma de resoluciones y actos administrativos, y se establece el régimen de suplencia de los titulares de sus órganos centrales (BOPA de 4 de julio de 2024), delega en su resuelvo quinto, apartado d) en la persona titular de la Dirección General de Administración Local, la competencia en materia de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional y que la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 20/2025, de 21 de febrero citado, dispone que "Las delegaciones de competencias otorgadas por la extinta Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios no revocadas hasta la fecha de la entrada en vigor del presente decreto, continuarán siendo válidas y podrán hacer uso de ellas los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas a los diferentes órganos resultantes de la aplicación de este decreto".
En atención a lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
Único.—Dejar sin efecto la Resolución de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios de 21 de enero de 2025 por la que se dispone la publicación para la provisión del puesto de Tesorero/a del Ayuntamiento de Gijón como de libre designación, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 3 de febrero de 2025.
En Oviedo, a 18 de marzo de 2025.—El Director General de Cooperación Local y Seguridad (P. D., Resolución de 25 de junio de 2024, BOPA n.º 130, de 4-VII-2024).—Cód. 2025-02290.