Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Junta General del Principado de Asturias 93/XII, adoptada por la Comisión de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, en relación con el informe definitivo de la Sindicatura de Cuentas sobre la fiscalización de la Cuenta General del Principado de Asturias, ejercicio 2023.

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La Comisión de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos de la Junta General del Principado de Asturias, tras debatir las propuestas de resolución presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Mixto-Foro Asturias y Vox al Informe definitivo de la Sindicatura de Cuentas sobre la fiscalización de la Cuenta General del Principado de Asturias, ejercicio 2023 (BOJG/XII/B/339), y siendo aprobadas todas las propuestas presentadas, adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Reglamento de la Cámara, la siguiente

Resolución

La Junta General del Principado insta al Consejo de Gobierno a:

1. Establecer una Cuenta General del Principado de Asturias única y consolidada, en la que se incorporen todas las entidades que forman parte del sector público autonómico, reflejando así toda su actividad económico-financiera y dando mayor transparencia a la información contable.

2. Adoptar las medidas normativas necesarias para dar cobertura jurídica a los consorcios adscritos, dotándolos a su vez de las herramientas necesarias para conseguir la homogeneización y transparencia en la información económico-contable del sector público asturiano.

3. Dar cumplimiento a la Resolución de la Junta General del Principado de Asturias de 17 de noviembre de 2017, en cuya virtud se exigía que, antes de que finalizase el próximo período de sesiones, se elaborase y presentase ante esta Cámara el Proyecto de Ley de Hacienda del Principado de Asturias.

4. Implantar en el conjunto del sector público asturiano, para conseguir así un mayor conocimiento y control, la contabilidad analítica u otro mecanismo que analice de forma íntegra los costes reales de cada política y servicio, estableciendo objetivos concretos de cada actividad y fijando los indicadores para evaluar los resultados alcanzados.

5. Analizar tanto los derechos pendientes de cobro como las obligaciones de pago, comenzando por las de mayor antigüedad, a fin de tramitar, en su caso, los expedientes de prescripción de derechos u obligaciones o una modificación actualizada de sus saldos.

6. Establecer como fecha límite el 30 de septiembre de cada ejercicio para la emisión de informes definitivos de control financiero de las subvenciones nominativas fijados en los planes anuales de auditoría.

7. Fiscalizar previamente o realizar una auditoría obligatoria anual en las subvenciones nominativas que sirva como control interno de las mismas.

8. Derogar el impuesto sobre fincas o explotaciones agrarias infrautilizadas, creado por la Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, y que en sus treinta años de existencia no ha sido nunca aplicado.

9. Poner en marcha cuantas medidas sean necesarias para reducir el período medio de pago a proveedores (PMP) de la Administración del Principado de Asturias, de sus organismos autónomos y de los consorcios adscritos.

Con el objetivo de agilizar la tramitación de facturas y garantizar el cumplimiento de los plazos de pago, fortaleciendo así la confianza de los proveedores en la Administración, y, en su caso, suplir la falta de emisión de los informes previstos en el artículo 12 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, se ejecutarán, al menos, las siguientes actuaciones:

a) Realización de auditorías periódicas que permitan identificar y corregir las desviaciones en el proceso de pago.

b) Mejora de la coordinación entre los diferentes entes, áreas y departamentos de la Administración para evitar retrasos que puedan perjudicar a los proveedores.

c) Implementación de protocolos de actuación claros que garanticen una comunicación efectiva entre los proveedores y la Administración, permitiendo solucionar de manera inmediata cualquier incidencia que pueda surgir en el flujo de pagos.

d) Establecimiento de mecanismos de seguimiento adecuados que permitan detectar, de forma temprana, posibles cuellos de botella o anomalías en el proceso de pago.

En todo caso, el resultado de tal seguimiento específico deberá remitirse a esta Junta General.

10. Desarrollar, tanto en el sistema de información económico-financiero como en otros aplicativos externos, procedimientos que permitan incluir en la memoria de la cuenta general la totalidad de la información que establece el Plan General de Contabilidad Pública del Principado de Asturias.

11. Garantizar que la Intervención General del Principado de Asturias cuente con los medios suficientes para cumplir con las obligaciones que la normativa le tiene asignadas en materia de control interno, así como con la realización de sus planes anuales de control financiero permanente y auditor.

12. Revisar y actualizar el régimen jurídico de las subvenciones, condicionando la concesión de subvenciones a las entidades locales y la percepción de las transferencias del Fondo de Cooperación Municipal al cumplimiento del deber de rendición de las cuentas anuales a la Sindicatura de Cuentas, preservando siempre el normal funcionamiento de los servicios públicos fundamentales y de las prestaciones de primera necesidad.

13. Proceder a la reforma del marco normativo en materia económica, financiera, presupuestaria y contable para actualizarlo e incorporar principios esenciales en la gestión pública como el de transparencia y de estabilidad presupuestaria.

14. Promover la modernización del régimen jurídico y presupuestario del sector público del Principado de Asturias con el objetivo de mejorar la definición de los entes que lo integran, adaptar la normativa regional a la regulación básica nacional y suprimir disfunciones como las detectadas en relación con el SERIDA o los consorcios regionales.

En Oviedo, a 28 de febrero de 2025.—P. D. El Letrado Mayor.—Cód. 2025-01961.

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