Anuncio. Notificación colectiva de los padrones fiscales de la tasa por suministro de agua, servicio de alcantarillado, recogida de basuras e impuestos sobre las afecciones ambientales del uso del agua del Principado de Asturias, correspondientes al cuarto trimestre del ejercicio 2024.
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Mediante resolución de Alcaldía de fecha de 5 de marzo de 2025 ha sido aprobado el padrón fiscal de los servicios de abastecimiento de agua, servicio de alcantarillado, recogida de basuras e impuesto sobre las afecciones ambientales del uso del agua del Principado de Asturias, correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2024.
Dicho padrón se expone al público para conocimiento y notificación de los interesados, advirtiéndoles que durante el plazo de quince días, contado desde el día siguiente a su publicación, se podrán examinar el mismo, encontrándose a disposición de los interesados en la Administración del Ayuntamiento (La Plaza, 18 Villabre), debiendo acreditarse tal condición.
Frente al citado acuerdo los interesados podrán interponer recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, conforme dispone el art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, entendiéndose desestimado si transcurriese un mes desde su interposición sin notificarse su resolución.
Contra la resolución expresa del recurso anterior, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado competente, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la notificación de dicha resolución. Si la resolución fuese presunta, el plazo para interponer este recurso será de seis meses, contados a partir del día siguiente en que se produzca el acto presunto (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
La interposición de un recurso no supone la suspensión del acto impugnado. La misma deberá de ser instada ante el órgano competente para resolver el recurso.
Se establece como plazo de pago en período voluntario el comprendido entre 2 de abril de 2025 y el 8 de abril de 2025, ambos inclusive.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, mediante las siguientes modalidades de pago:
• A través de domiciliación bancaria: en la entidad colaboradora Caja Rural, número de cuenta: ES37 3059 0008 1935 4186 5022.
• En la Administración del Ayuntamiento, mediante tarjeta bancaria, en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00h.
Una vez transcurrido el plazo voluntario de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengando recargo de apremio, intereses de demora y costas.
Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva al amparo de lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
En Villabre, a 5 de marzo de 2025.—La Alcaldesa.—Cód. 2025-01790.