Extracto de la Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas. Intervención 7169 del PEPAC 2023-2027.

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BDNS (Identif.): 818054.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/818054)

Primero.—Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas, jefes de explotación, que estén en situación de jubilación en el momento de realizar la transmisión, u otra causa justificada de cese de actividad, como la incapacidad laboral permanente, conforme a la legislación nacional, y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que no sea familiar directo y quiera sucederle a través de un proyecto de cooperación.

Segundo.—Objeto de la subvención:

Las presentes bases tienen por objeto regular en el ámbito territorial del Principado de Asturias el otorgamiento de las ayudas para favorecer el relevo de aquellas explotaciones agrícolas que no tengan asegurado el relevo directo.

Tercero.—Bases reguladoras:

Aprobadas por Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se establecen las bases reguladoras de la ayuda a la cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas (BOPA n.º 235 de 3-XII-2024).

Cuarto.—Cuantía:

Se establece una cuantía de 120.000 euros para cada una de las cinco anualidades, el total asciende a 600.000 euros.

Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente resolución en el BOPA hasta el 2 de junio de 2025.

Sexto.—Otros datos:

En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0505T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.

Oviedo, a 28 de febrero de 2025.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria.—Cód. 2025-01751.

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