Anuncio. Bases de la convocatoria de la Escuela de Vacaciones 2025.

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Exposición de motivos
Título preliminar.
Artículo 1.—Objeto.
Artículo 2.—Definición del Servicio.
Artículo 3.—Titularidad del servicio.
Título I. Disposiciones generales

Artículo 4.—Calendario, horarios del servicio y de funcionamiento

Artículo 5.—Régimen de precios

Artículo 6.—Normas generales de convivencia

Artículo 7.—Normas de salud e higiene.

Título II. Sistema de admisión, exclusión, cambios y bajas

Artículo 8.—Convocatorias y calendario de admisión

Artículo 9.—Sistema y normas de admisión

Artículo 10.—Solicitudes y prelación en la obtención de plaza.

Artículo 11.—Sistema de bajas, cambios y ampliaciones

Artículo 12.—Suspensión del derecho de asistencia y/o exclusión de la participación.

Título III. Estructura organizativa
Artículo 13.—Personal.
Artículo 14.—Actividades.

Título IV. Atención a la diversidad

Artículo 15.—Alumnado con necesidades especiales

Exposición de motivos

Los períodos de vacaciones que disfrutan los/as escolares son necesarios para su descanso, antes de iniciar un nuevo curso y durante el desarrollo de este. No obstante, estos períodos pueden representar un problema para las familias, ya que sus circunstancias personales o sociales, hacen complicada la adecuada atención y cuidado de sus hijas e hijos.

Los niños y las niñas necesitan espacios y agentes sociales de forma continua puesto que están en pleno proceso de desarrollo de sus capacidades, habilidades, valores, etc.

Para cubrir esta necesidad, se hace necesario crear recursos municipales que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral, como la Escuela de Vacaciones que el Ayuntamiento de Corvera desarrolla en diferentes períodos vacacionales del calendario escolar, como Semana Santa, Verano y Navidad.

Estas actividades se desarrollan en el marco de las competencias establecidas en el art. 25.2 de la Ley de Bases de Régimen Local relativas a la ocupación del tiempo libre.

La Escuela de Vacaciones de Corvera es un servicio dinámico, activo y cambiante, con gran variedad de actividades incluso en un mismo día, para que niños y niñas durante todo el verano disfruten de su tiempo libre. Además, la programación puede adaptarse y variar en función de la climatología o de las oportunidades de colaboración con otras entidades locales que puedan surgir a lo largo de su desarrollo

Este servicio que pretende ayudar en la conciliación de la vida familiar y tiene como objetivos:

• Cubrir las necesidades sociales y de ocio y tiempo libre de los niños/as en los períodos vacacionales, mediante actividades diferenciadas por edades y adaptadas a las necesidades de los destinatarios/as.

• Trasmitir a los niños/as, a través de las actividades, normas de convivencia y valores de respeto, igualdad, diversidad, solidaridad, cooperación, autonomía, creatividad, participación activa responsabilidad, etc.

• Conciliar la vida personal, familiar y laboral en las familias.

• Lograr una experiencia de convivencia que profundice y enriquezca lazos sociales y afectivos, y contribuya al conocimiento del entorno cercano y de sus recursos, mejorando así la implicación y participación en la vida del municipio.

TÍTULO I. PRELIMINAR
Artículo 1.—Objeto.

Las presentes bases regulan la convocatoria de funcionamiento, características y condiciones para el servicio de la Escuela de Vacaciones de Corvera de Asturias para los tres principales períodos no lectivos de 2025 (Semana Santa, Verano y Navidad).

Artículo 2.—Definición del Servicio.

La Escuela de Vacaciones de Corvera de Asturias es un recurso, cuya función es prestar un servicio de actividades sociales, lúdico-deportivas y/o de ocio y tiempo libre, dirigido principalmente a familias empadronadas en el municipio, con menores a cargo de edades comprendidas entre los 3 y 14 años, cuyos progenitores/as estén trabajando de manera activa o recibiendo formación para el empleo durante los períodos de actividad de la Escuela de Vacaciones.

Artículo 3.—Titularidad del servicio.

El servicio de Escuela de Vacaciones es titularidad Municipal, sin menoscabo de la gestión de este, por parte del Ayuntamiento o por una entidad gestora designada por concurso público, en las condiciones establecidas.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4.—Calendario, horarios del servicio y de funcionamiento

1. La Escuela de Vacaciones se desarrollará en el CP de Las Vegas durante las vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad, siempre en períodos no lectivos según el calendario escolar vigente.

En caso de no poder disponer del mencionado espacio, el Ayuntamiento de Corvera reubicará los servicios en otro espacio adecuado para tal fin.

2. El servicio se regirá por los períodos no lectivos del calendario escolar del Municipio de Corvera de Asturias y conforme a las fechas indicadas en el artículo 8 de las presentes bases.

3. Los diferentes horarios de los servicios ofertados son los siguientes:

Servicio

Horario

Básico

09:00-14:00 h

Desayuno

07:30-09:00 h

Comida

14:00h-16:00 h

* Para el servicio de desayuno se fija el límite horario de acceso al servicio a las 08:15 h.

* La recogida tras el servicio de comida se realizará a partir de las 15:00 h.

4. Cómo mínimo deberá existir un monitor por cada 10 participantes o fracción superior a 5.

5. Es necesario un mínimo de 10 alumnos/as para la prestación de cualquiera de los servicios ofertados.

Artículo 5.—Régimen de precios.

5.1 El coste del servicio y sus bonificaciones están regulados en la Ordenanza 353 Reguladora de precios públicos por prestación de servicios de carácter cultural prestados en centros municipales del Ayuntamiento de Corvera publicada en el BOPA del 05 de noviembre de 2024.

5.2 Las cuotas deberán estar ingresadas antes del comienzo de cada escuela en la forma y condiciones que señale el Ayuntamiento.

5.3 Las familias que reciban ayudas municipales de atención a familias con menores a cargo, podrán contar con beca para asistir en alguno de los períodos de baja matrícula.

Artículo 6.—Normas generales de convivencia.

6.1 Las familias cumplimentarán un impreso con los datos personales del/la menor, de la familia, teléfonos de contacto, posibles alergias y otras enfermedades, así como, cualquier otra información sociosanitaria adicional necesaria para poder prestar una atención adecuada a las necesidades del/la menor.

6.2 Es obligatorio respetar los horarios de entrada y salida. Las madres, padres o tutores/as deberán ser puntuales en la recogida de los/as menores. Un retraso reiterado en la recogida de los menores, superior a tres veces en el mismo período, puede derivar en la baja del servicio.

6.3 Si se produce algún retraso de la hora de recogida del menor, es necesario avisar. Si el retraso es de más de 20 minutos y no es posible contactar con la familia, se pondrá en conocimiento de la autoridad competente.

6.4 Cuando acuda a recoger al/la menor, una persona diferente a los padres/madres o tutores/as, se deberá informar y autorizar debidamente según el modelo establecido.

6.5 La ropa u objetos que traigan los niños/as estarán marcados con su nombre y primer apellido para evitar extravíos o confusiones. El ayuntamiento no se hace responsable de los desperfectos, extravíos o confusiones que puedan originarse en las pertenencias de los/as menores participantes en la actividad.

6.6 Diariamente los menores traerán botella de agua, un tentempié y ropa adecuada para el desarrollo de las actividades propuestas.

Artículo 7.—Normas de salud e higiene.

7.1 Los niños/as deberán acudir al centro en condiciones correctas de salud e higiene.

7.2 En caso de accidente leve se resolverá por el monitor/a responsable al cargo del menor. Siempre se les comunicará a las familias oralmente o por escrito.

7.3 En un caso de accidente de mayor consideración, resolverá el monitor/a responsable del menor junto al coordinador/a que, deberán comunicar a los padres lo sucedido y al 112, ya que no se puede trasladar en un vehículo privado al accidentado.

TÍTULO II. SISTEMA DE ADMISIÓN, EXCLUSIÓN, CAMBIOS Y BAJAS

Artículo 8.—Convocatorias y calendario de admisión.

Se establecen las siguientes convocatorias con sus correspondientes calendarios de admisión para la Escuela de Vacaciones de 2025:

CONVOCATORIA ESCUELA DE VACACIONES DE SEMANA SANTA 2025 DEL 14 AL 16 DE ABRIL

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

10 AL 21 DE MARZO

LISTADO PROVISIONAL DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN

24 DE MARZO

PERIODO DE SUBSANACIÓN

25-27 DE MARZO

LISTADO DEFINITIVO DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN

28 DE MARZO

PERIODO DE ABONO DE TASAS

28 DE MARZO AL 4 DE ABRIL

CONVOCATORIA ESCUELA DE VACACIONES DE VERANO 2025 DEL 25 DE JUNIO AL 29 DE AGOSTO

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN Y ACREDITACIÓN NECESIDAD DE CORRESPONSABILIDAD

21 DE ABRIL AL 9 DE MAYO

LISTADO PROVISIONAL DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN

19 DE MAYO

PERIODO DE SUBSANACIÓN

20 al 27 DE MAYO

LISTADO DEFINITIVO DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN/RESERVAS

2 DE JUNIO

PERIODO DE ABONO DE TASAS

2 AL 8 DE JUNIO

LISTADO DE ANULACIÓN DE PLAZAS POR IMPAGO/ADMITIDOS QUE ESTABAN EN RESERVA

11 DE JUNIO

PERIODO DE ABONO DE TASAS DE RESERVAS

11 AL 16 DE JUNIO

LISTADO DEFINITIVO DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN

18 DE JUNIO

CONVOCATORIA ESCUELA DE VACACIONES DE NAVIDAD 2025 DEL 22, 23,26,29 Y 30 DE DICIEMBRE DE 2025 Y 2 Y 5 DE ENERO DE 2026

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

10 AL 21 DE NOVIEMBRE

LISTADO PROVISIONAL DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN

24 DE NOVIEMBRE

PERIODO DE SUBSANACIÓN

24-28 DE NOVIEMBRE

LISTADO DEFINITIVO DE ADMISIÓN/EXCLUSIÓN

1 DE DICIEMBRE

PERIODO DE ABONO DE TASAS

1 AL 5 DE DICIEMBRE

La matrícula se entenderá formalizada una vez liquidada la cuota correspondiente y presentado el justificante en los registros municipales, cuyo importe variará en función de los servicios y períodos solicitados.

La consulta y reserva de vacantes disponibles para la Escuela de Vacaciones de Verano podrá solicitarse durante el desarrollo de ésta cumpliendo lo establecido en el artículo 11, a través de la plataforma de Cita Previa de la web municipal.

Artículo 9.—Sistema y normas de admisión.

9.1 Serán admitidos/as en las Escuelas Vacacionales menores entre 3 y 14 años, preferentemente empadronados en Corvera y cuyos progenitores/as estén trabajando de manera activa o realizando algún tipo de formación para el empleo durante el período de desarrollo de la Escuela de Vacaciones.

9.2 Los/as menores que acudan a la Escuela de Vacaciones deberán ser autónomos y autosuficientes en el desarrollo de las actividades diarias, sin necesidades de apoyo individualizado y/o apoyos en el entorno para el desarrollo de estas.

9.3 Según el Real Decreto 1720/2007, los datos personales se tratarán con el grado de protección adecuado, tomando las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por terceros.

9.4 El Ayuntamiento establecerá los plazos concretos de presentación de solicitudes y el calendario de admisión a las Escuelas de Navidad, Semana Santa y Verano.

9.5 En el período ordinario de matriculación de la Escuela de Vacaciones de Verano, debido a la alta demanda, se establecerá un orden de prioridad en las matrículas atendiendo a necesidades de conciliación familiar, según baremo establecido a tal fin en el artículo 10.4 de la presente convocatoria. Una vez pasado el período inicial de matriculación, las solicitudes se atenderán por orden de cronológico de recepción.

9.6 En la Escuela de Vacaciones de Verano se requiere un período inicial de matriculación mínimo de 5 días para formalizar matrícula.

9.7 La matriculación del alumnado con necesidades especiales se realizará según lo establecido en el Título IV de las presentes bases..

Artículo 10.—Solicitudes y prioridad en la obtención de plaza.

10.1 Solicitud de admisión:

1. La participación en este programa se tramitará mediante un impreso de solicitud que estará disponible en los registros municipales del Ayuntamiento de Corvera o en la web municipal www.corvera.es

2. La presentación de solicitud podrá realizarse en cualquier de las Oficinas de Registro Municipales, por sede electrónica y por cualquiera de los medios previstos en el de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las administraciones públicas.

3. La matrícula se entenderá formalizada una vez liquidada la cuota correspondiente, cuyo importe variará en función de los servicios y períodos solicitados.

4. El justificante bancario de ingreso se presentará en los registros municipales en los períodos establecidos en la convocatoria.

10.2 Número de plazas ofertadas:

El número máximo de plazas ofertadas por período es de 50 aunque podrán ampliarse hasta 54 según las necesidades del servicio. Estas plazas se adjudicarán según los criterios de prioridad recogidos en el apartado 10.4 de este documento.

10.3 Documentación que aportar:

1. La documentación a aportar dependerá de la fase del procedimiento en el que nos encontremos según el calendario establecido:

— Documentación a presentar para la solicitud de plaza:

a. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.

b. Ficha del alumno/a debidamente cumplimentada: datos personales, autorizaciones para la recogida, autorización para el uso de la imagen, datos médicos y/o escolares relevantes, y autorización para estar en la lista de difusión de información (para recibir la información es necesario tener guardado el teléfono de contacto con el que se realicen los envíos)

c. Documentación justificativa de la necesidad de conciliación familiar (artículo 10.5)

d. Informe médico de referencia en caso de alergias u cualquier otra condición médica-sanitaria que requiera de especial atención.

e. En caso de dictamen escolar, se necesita aportarlo para valorar la idoneidad de la participación en este grupo ordinario y prestar especial atención a las necesidades del/la menor.

f. Fichero de acreedores firmado y sellado por la entidad bancaria para la devolución del importe de anulaciones que puedan solicitarse. Disponible en la sede electrónica la www.corvera.es

— Documentación a presentar para confirmar la inscripción:

a. Autoliquidación y justificante del ingreso correspondiente en la fase de abono de tasas establecido.

10.4 Prioridad para la obtención de plaza:

En el período ordinario de matriculación se establece el siguiente sistema de prioridad en la obtención de plaza:

• Empadronamiento colectivo en Corvera (100 puntos).

• Todos progenitores/as (monoparental o dos progenitores/as) trabajando en Corvera (80 puntos).

• Sólo 1 de los dos progenitores/as trabaja en Corvera (40 puntos).

• Todos progenitores/as (monoparental o dos progenitores/as) trabajan fuera de Corvera (30 puntos).

• Sólo 1 de los dos progenitores/as trabaja fuera de Corvera (20 puntos).

• Discapacidad de ambos progenitores/as (16 puntos).

• 1 progenitor/a con discapacidad (8 puntos).

• N.º de menores de 14 años que conforman la unidad familiar (5 puntos/menor).

Tendrán la consideración de situaciones asimiladas a monoparentalidad:

• Cuando uno de los progenitores/as se encuentre desplazado por motivos laborales fuera de la provincia de residencia.

• Custodia total por separación/divorcio con sentencia que así lo acredite.

Los/as menores residentes en el mismo centro de acogida del Principado de Asturias, que acudan a la Escuela de Vacaciones en el mismo período, se considerarán unidad familiar y se les aplicarán las bonificaciones correspondientes.

Los/as menores que se encuentren en situación de acogimiento en cualquiera de las vertientes jurídicas establecidas, se asimilarán a familia numerosa para la aplicación de bonificaciones.

En los períodos en los que la demanda exceda el número de plazas disponibles atendiendo al baremo antes citado tendrán preferencia en la obtención de plaza las familias que soliciten semanas completas de lunes a viernes.

Asimismo, podrán ser criterios de desempate los siguientes:

• N.º de hermanos/as en la actividad.

• Familias monoparentales.
• Familias numerosas.

Una vez finalizado el período ordinario de matriculación las solicitudes de las vacantes disponibles se atenderán por orden de inscripción.

10.5 Documentación justificativa para la obtención de la puntuación:

• Certificado de empresa y/o cabecera de la nómina indicando horario laboral/.

• Centro de formación indicando horario de clases en el período de matrícula solicitado.

• Tarjeta de demandante activo de empleo.

• Tarjeta de familia numerosa.

• Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.

• Justificante de trabajador/a desplazado fuera de la provincia de residencia.

10.6 Listas personas admitidas:

Las listas de admisión estarán disponibles en la web municipal, no obstante, para cualquier cambio se contactará con las familias. Los/as menores que cumpliendo todos los requisitos no hubiesen obtenido plaza constituirán una lista de espera. En la medida en que se produjeran bajas y/o modificaciones, los/as menores recogidos en la lista de espera tendrán preferencia para la cobertura de las vacantes disponibles.

También se difundirán a través de la lista de difusión.

Se publicarán listados diferenciando si están admitidos/as en la totalidad de las fechas solicitadas, admitidos/as parcialmente por si en alguna de las fechas solicitadas no hubiera plaza, en reserva o excluidos/as.

En el caso de la admisión/admisión parcial si no se pagase la tasa correspondiente en los tiempos determinados en el calendario se entendería como una renuncia a la plaza y pasaría a la siguiente solicitud si la hubiera.

Artículo 11.—Sistema de bajas, cambios y ampliaciones.

11.1 Los cambios, ampliaciones y/o bajas deberán solicitarse obligatoriamente mediante instancia general en los registros municipales.

11.2 La solicitud de baja en la actividad únicamente determinará la devolución del importe abonado de matrícula, cuando ésta se solicite con una antelación mínima de 5 días hábiles. En caso de no hacerlo en tiempo y forma, no se realizará devolución.

11.3 La solicitud de modificaciones en las fechas solicitadas tendrá que realizarse previa consulta de vacantes, con al menos 5 días hábiles de antelación previos a la fecha solicitada.

11.4 La solicitud de participación fuera del período ordinario de matriculación deberá realizarse a través del sistema de Cita Previa habilitado en la web municipal www.corvera.es, y con un plazo de antelación mínimo de 5 días hábiles a la fecha solicitada.

11.5 La reserva de plaza a través del sistema de Cita Previa tendrá una validez de 24h, y la matrícula solo se entenderá como formalizada una vez presentada la documentación en los registros municipales junto con el justificante del pago de las tasas correspondientes.

Artículo 12.—Suspensión del derecho de asistencia y/o exclusión de participación.

El ayuntamiento de Corvera podrá decidir la suspensión del derecho de asistencia de un/a menor en los siguientes supuestos:

• Omisión de documentación y/o falsedad de documental de uno o varios de los documentos requeridos para la formalización de la matrícula.

• Producir deterioro intencionado en el material proporcionado para el desarrollo de una actividad concreta, o en las instalaciones.

• El/la menor presenta conductas perjudiciales para el desarrollo de la actividad, frente al resto de participantes y/o frente al personal que desarrolla la actividad.

• El/la menor presentan conductas violentas, que afecten a la integridad o a la salud y/o graves faltas de respeto hacia el personal o al resto de compañeros/as.

• El/la menor sale del recinto escolar sin autorización del personal.

• El/la menor presente conductas perjudiciales hacia su persona.

• El incumplimiento de uno o varios de los requisitos anteriores podrá suponer la no admisión en la actividad.

• Cualquier otra situación que afecte al bienestar y disfrute de la Escuela de Vacaciones y a su buen funcionamiento.

TÍTULO III. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Artículo 13.—Personal.

La Escuela de Vacaciones de Corvera, según las competencias atribuidas en materia de ocio y tiempo libre, cuenta con un equipo de Coordinación y monitores/as en las actividades cuyas funciones son las siguientes:

• Preparar las actividades y materiales necesarios para el desarrollo de las actividades.

• Desarrollo de las actividades y atención personal del grupo de niñas y niños.

• Informar a las familias de cuantas cuestiones puedan ser de su interés.

• Conocer la situación de los menores a su cargo.

• Velar por el control de entradas y salidas de las personas en las instalaciones.

• Asegurar el buen funcionamiento de las actividades y resolverán las incidencias que pudieran surgir.

La Escuela de Vacaciones tiene personal técnico y administrativo encargado de la programación, gestión y administración del programa.

Artículo 14.—Actividades.

1. Las actividades que se desarrollen se organizarán entorno a una programación por cada período de escuela vacacional si bien la programación podrá adaptarse en función de la climatología o de colaboraciones que puedan surgir durante su desarrollo.

2. La organización interna se realizará en grupos no estancos según la ratio de referencia, y favoreciendo la participación y convivencia entre todos/as los/as participantes.

3. Las actividades podrán corresponder a alguno de los siguientes tipos:

• Actividades de ocio y tiempo libre: deportivas, artísticas, musicales, plásticas.

• Actividades de contenido sociocultural e intercultural: convivencia, participación activa, salud, consumo responsable, coeducación, medioambiente o similares.

• Animación a la lectura.

• Tecnologías de la información y el conocimiento.

• Prácticas de idiomas.

4. Las actividades promoverán el conocimiento del entorno cercano, sus recursos y espacios.

TÍTULO IV. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

Siendo conocedores de que la Escuela de Vacaciones es para las familias una herramienta para la conciliación familiar, y que además es un espacio donde los niños/as disfrutan de un ocio saludable, fomentan relaciones sociales y refuerzan valores de respeto, solidaridad y convivencia, se potenciarán vías de participación de alumnado con necesidades especiales en las actividades, buscando siempre el bienestar y disfrute de la totalidad de los/as menores participantes y el buen funcionamiento del servicio, dentro del ámbito de las competencias municipales en ocio y tiempo libre (art. 25.2 de la Ley de Bases de Régimen Local).

Artículo 15.—Alumnado con necesidades especiales.

El Ayuntamiento, de forma potestativa, valorará la posibilidad de poner en marcha un aula adaptada para alumnado con NEE, atendiendo a los medios auxiliares personales de apoyo de que dispone, y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

La matriculación de estos menores deberá realizarse en el período ordinario para poder valorar, con la suficiente antelación, que se podrá prestar el servicio considerando las necesidades de los menores y los medios de los que se disponen.

Para el desarrollo de este grupo se requiere una matrícula de al menos 4 y como máximo 6 niños/as, que cumplan las siguientes características comunes:

• Participación en los mismos períodos temporales.

• Mismo rango de edad.

• Las necesidades del grupo deberán ser homogéneas.

Deberá aportarse toda la información relativa a las necesidades que presenta el/la menor (dictamen escolar, etc.) y las adaptaciones que requiere, con el fin de poder realizar una valoración de la solicitud.

Dirigido a alumnado escolarizado en aulas ordinarias que cuentan con apoyos puntuales no individualizados.

En todo caso, la Administración se reserva el derecho a valorar cada petición presentada, pudiendo llegar a denegarse la inscripción, siempre con el fin último de preservar y garantizar el bienestar de los menores participantes".

En Corvera, a 20 de febrero de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-01437.

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