Anuncio. Convocatoria de los premios del Carnaval de Tineo 2025.
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Mediante resolución de la Alcaldía de fecha 11 de febrero de 2025, se acordó:
"Primero.—Aprobar la convocatoria de los premios del Carnaval de Tineo 2025, conforme a las bases aprobadas mediante resolución de Alcaldía, de fecha 6 de febrero de 2025.
Objeto: El objeto de estas bases reguladoras es la concesión de premios en el Concurso de Carnaval Tineo 2025.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias las personas participantes en el concurso.
Bases reguladoras: Las aprobadas mediante resolución de Alcadía, de fecha 6 de febrero de 2025, que se publican junto al presente acuerdo.
Cuantía de los premios.
Adultos:
— Primer premio: 300 €.
— Segundo premio: 150 €.
— Tercer premio: 50 €.
Juvenil:
— Primer premio: 125 €.
— Segundo premio: 75 €.
— Tercer premio: 50 €.
Parejas:
— Primer premio: 400 €.
— Segundo premio: 200 €.
— Tercer premio: 100 €.
Plazo: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 28 de febrero de 2025. El concurso se celebrará el 1 de marzo de 2025.
Requisitos: Los previstos en las bases reguladoras.
Criterios y límites para la concesión: Se abonarán como pago único.
Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
Órgano Instructor: Concejal de Festejos.
Órgano Colegiado: Se nombrará un Jurado para valorar los disfraces premiados.
Órgano Resolutorio: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Tineo.
Resolución y notificación: El fallo del jurado se conocerá el mismo día del concurso. El plazo de resolución y notificación a los interesados será de un máximo de 6 meses.
Segundo.—Publicar la presente convocatoria en el tablón de edictos municipal y en el BOPA.
Tercero.—La presente resolución es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo se podrá interponer por los particulares interesados recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio, en el caso de Administraciones Públicas, de hacer uso del previo requerimiento previsto en el artículo 44 del citado cuerpo legal. No obstante podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Tineo, a 12 de febrero de 2025.—La Alcaldesa.—Cód. 2025-01158.
Anexo
Primero.—En el concurso de disfraces pueden participar todas las personas que lo deseen, independientemente de su edad o lugar de residencia.
• La fecha de celebración será el sábado, 1 de marzo de 2025, en horario de 16:00 h a 20:00 h.
• El lugar de celebración será la plaza del Ayuntamiento de Tineo.
• Las inscripciones se harán de manera previa en el correo actividades@tineo.es hasta el viernes, 28 de febrero de 2025, en él deben constar:
— Categoría.
— El/los nombres del/os participante/s.
— DNI.
— Teléfono de contacto.
— Nombre del disfraz.
• Se facilitará un número de identificación que será obligatorio llevar en el concurso.
Segundo.—Los trabajos se clasificarán en dos categorías:
Adultos:
1. Mejor disfraz individual: Vistosidad, maquillaje o complementos y animación del mismo. Máximo un participante por inscripción. Edad mínimo 18.
2. Mejor disfraz por parejas: Vistosidad, maquillaje o complementos y animación del mismo. Máximo dos participantes por inscripción. Edad mínimo 18.
Juvenil:
1. Mejor disfraz juvenil individual: Vistosidad, maquillaje o complementos y animación del mismo. Edad mínimo 10 máximo 17.
Adultos:
— Primer premio: 300 €.
— Segundo premio: 150 €.
— Tercer premio: 50 €.
Juvenil:
— Primer premio: 125 €.
— Segundo premio: 75 €.
— Tercer premio: 50 €.
Parejas:
— Primer premio: 400 €.
— Segundo premio: 200 €.
— Tercer premio: 100 €.
Tercero.—Un jurado fallará este concurso atendiendo a la originalidad y diseño, mediante una votación de 1 a 5 puntos. Su fallo es inapelable.
• El jurado podrá decidir de todo cuanto no está recogido en las presentes bases.
• Quienes participen en el Concurso aceptan plenamente las bases.
Los premios en metálico se entregarán mediante transferencia bancaria.
Los premios se consideran subvenciones.
Para poder recibir el pago, el beneficiario deberá aportar una ficha de acreedores o certificado de número de cuenta bancaria. Igualmente, deberá aportar cuanta documentación le sea requerida en orden a justificar que se encuentra al corriente de las obligaciones recogidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A los premios otorgados se les aplicarán las retenciones e impuestos que marca la Ley.
Cuarto.—Aceptación de bases de la convocatoria e incumplimiento:
a) La inscripción y participación en el concurso conlleva la aceptación sin excepción de estas bases, así como de las posibles variaciones que establezca la organización por causas de fuerza mayor.
b) Aquellos que incumplan deliberadamente las bases de la convocatoria asumirán la plena responsabilidad de sus actos, con independencia de las sanciones que pudieran derivarse de la infracción de cualesquiera disposiciones legales o reglamentarias.