Resolución de 8 de febrero de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se corrige error material en la Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba anticipadamente la convocatoria de subvenciones públicas 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad.
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Visto el expediente de convocatoria de subvenciones públicas 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, del que se deducen los siguientes
Antecedentes de hecho
Advertido error material en el apartado 6.1 de la Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se aprueba anticipadamente la convocatoria de subvenciones públicas 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, cuyo Extracto, se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 14 de 22 de enero de 2025, procede la rectificación del mismo.
Fundamentos de derecho
En aplicación del artículo 109, apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas podrán asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En consecuencia con lo expuesto, vistas la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico y la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno,
RESUELVO
Primero.—Rectificar el error advertido en el apartado 6.1 de la Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte por la que se aprueba anticipadamente la convocatoria de subvenciones públicas 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a profesionales y empresas para la ejecución de proyectos culturales y acciones de formación y movilidad, en los siguientes términos:
Donde dice:
"6.1. La cuantía global de cada línea de subvención y tipo de acción, será la expresada a continuación:
• Línea 1.—166.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Organización de ferias: 25.000 euros.
B. Programación en espacios singularizados: 25.000 euros.
C. Movilidad de espectáculos y compañías en gira: 116.000 euros.
• Línea 2.—110.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Proyectos de edición: 85.000 euros.
B. B, C y D. Asistencia a ferias, organización de ferias y promoción literaria y animación a la lectura: 25.000 euros.
• Línea 3.—200.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Proyectos de producción: 110.000 euros.
B. Giras de grupos musicales: 50.000 euros.
C. Programación en salas y ciclos de música: 40.000 euros.
• Línea 4.—450.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Proyectos de producción: 250.000 euros.
B. Asistencia a ferias, muestras o festivales: 50.000 euros.
C. Desarrollo de proyectos y escritura de guiones: 150.000 euros.
• Línea 5.—130.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Producciones artísticas: 30.000 euros.
B. Difusión y gira de producciones artísticas: 80.000 euros.
C. Proyectos de galerías de arte: 20.000 euros.
• Línea 6.—90.000 euros.
• Línea 7.—40.000 euros.
Las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 21.02.455G.472.002 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025, a reservas de su aprobación."
Debe decir:
"6.1. La cuantía global de cada línea de subvención y tipo de acción, será la expresada a continuación:
• Línea 1.—166.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Organización de ferias: 25.000 euros.
B. Programación en espacios singularizados: 25.000 euros.
C. Movilidad de espectáculos y compañías en gira: 116.000 euros.
• Línea 2.—110.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Proyectos de edición: 85.000 euros.
B. B, C y D. Asistencia a ferias, organización de ferias y promoción literaria y animación a la lectura: 25.000 euros.
• Línea 3.—200.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Proyectos de producción: 110.000 euros.
B. Giras de grupos musicales: 50.000 euros.
C. Programación en salas y ciclos de música: 40.000 euros.
• Línea 4.—450.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Proyectos de producción: 250.000 euros.
B. Asistencia a ferias, muestras o festivales: 50.000 euros.
C. Desarrollo de proyectos y escritura de guiones: 150.000 euros.
• Línea 5.—130.000 euros, con la siguiente distribución por tipo de acción:
A. Producciones artísticas: 30.000 euros.
B. Difusión y gira de producciones artísticas: 20.000 euros.
C. Proyectos de galerías de arte: 80.000 euros.
• Línea 6.—90.000 euros.
• Línea 7.—40.000 euros.
Las subvenciones convocadas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 21.02.455G.472.002 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025, a reservas de su aprobación."
Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias sin que la publicación suponga la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes.
En Oviedo, a 8 de febrero de 2025.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanessa Gutiérrez González.—Cód. 2025-01126.