Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", por la que se rectifican errores materiales advertidos en la Resolución de 18 de diciembre de 2024, por la que se aprueban las bases del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Administrativo de la Administración del Principado de Asturias (BOPA de 24 de diciembre de 2024).

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INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA "ADOLFO POSADA"

Advertidos errores en la Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", por la que se aprueban las bases del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Administrativo de la Administración del Principado de Asturias, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero.—Corregir el error material advertido en el temario, relativo al tema 13 del Apartado II.—Derecho administrativo y comunitario en ambos turnos (anexo I y anexo II):

Donde dice:

"13.—La protección de datos de carácter personal: previsión constitucional. La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal: Disposiciones generales (Título I); Principios de la protección de datos (Título II); Derechos de las personas (Título III); Ficheros de titularidad pública (Capítulo I del Título IV)."

Debe decir:

"13.—La protección de datos de carácter personal: previsión constitucional. Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales (Título I); Principios de protección de datos (Título II); Derechos de las personas (Título III)."

Segundo.—Corregir el error material advertido en la base décima, apartado B) Fase de concurso para el turno de promoción interna, en lo relativo a los méritos a valorar para el personal funcionario de carrera, en el siguiente sentido:

Donde dice:

• Factor trabajo desarrollado: Por la permanencia en un puesto de trabajo del Grupo C, Subgrupo C2, en los últimos quince años, computados desde la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la Resolución por la que se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, se otorgará la siguiente puntuación, con un máximo de 9 puntos.

— Por el tiempo de servicios prestados, con o sin interrupción, en un puesto de trabajo de nivel 17 o 18: 1 punto por cada dos años completos.

— Por el tiempo de servicios prestados, con o sin interrupción, en un puesto de trabajo de nivel 14 a 16: 0,80 puntos por cada dos años completos.

— Por el tiempo de servicios prestados, con o sin interrupción, en un puesto de trabajo de nivel 9 a 13: 0,60 puntos por cada dos años completos."

Debe decir:

• Factor trabajo desarrollado: Por la permanencia en un puesto de trabajo del Grupo C, Subgrupo C2, en los últimos dieciocho años, computados desde la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de la Resolución por la que se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, se otorgará la siguiente puntuación, con un máximo de 9 puntos.

— Por el tiempo de servicios prestados, con o sin interrupción, en un puesto de trabajo de nivel 17 o 18: 1 punto por cada dos años completos.

— Por el tiempo de servicios prestados, con o sin interrupción, en un puesto de trabajo de nivel 14 a 16: 0,80 puntos por cada dos años completos.

— Por el tiempo de servicios prestados, con o sin interrupción, en un puesto de trabajo de nivel 9 a 13: 0,60 puntos por cada dos años completos."

Tercero.—Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 4 de febrero de 2025.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, P. D. la Directora del IAAP "Adolfo Posada" (Resolución de 02/04/2024-BOPA de 09/04/2024).—Cód. 2025-00963.

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