Anuncio. Declaración de personal laboral fijo de plantilla para ocupar una plaza vacante de Guarda Rural (C2) por el procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
En concordancia con el artículo 62.1.b) del R. D. Leg. 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, se hace público que, como resultado del proceso selectivo para la provisión como personal laboral fijo de plantilla, por el procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal mediante el sistema de concurso, de una plaza de Guarda Rural (C2), y a propuesta del Tribunal de Selección correspondiente, la Concejalía Delegada del Área de Personal y Empleo dictó el Decreto 69/2025, de 28 de enero, disponiendo la formalización de contrato de trabajo con la persona que seguidamente se indica, como personal laboral fijo, para ocupar una plaza vacante de Guarda Rural incluida en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Lena aprobada mediante Decreto 745/2022, de 16 de mayo, de la entonces Concejalía Delegada del Área de Recursos Humanos y Empleo (Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 101, de fecha 27/05/2022):
— Juan Bautista Bayón Fernández con DNI ***7490***.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la alcaldía del Ayuntamiento de Lena, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente al publicación del presente anuncio, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. Si presentado recurso de reposición no fuera resuelto y notificado en el plazo de un mes, deberá entenderse desestimado, pudiendo en ese caso interponer recurso contencioso-administrativo contra el acto presunto.
En Lena, a 30 de enero de 2025.—El Concejal Delegado del Área de Personal y Empleo (P. D. F., Decreto 843/2023, de 23 de junio).—Cód. 2025-00763.