Resolución de 15 de enero de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se declara la no oposición a la modificación de Estatutos de la Fundación Patronato Manuel Suárez para obras benéficas en el concejo de Navia (33/FDC0033).

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Examinado el expediente de referencia, del mismo resultan los siguientes:

Antecedentes

Primero.—Con fecha de entrada en el Registro de la Administración del Principado de Asturias 5 de diciembre de 2024, la denominada "Fundación Patronato Manuel Suárez para Obras Benéficas en el Concejo de Navia" inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de Interés General del Principado de Asturias bajo el número 33/FDC0033, remite a este Protectorado documentación comunicando la modificación parcial de los estatutos de la entidad, artículos 5, 7 y 10, relativos al domicilio de la Fundación y al Objeto de la misma. Consta en el expediente, conforme establecen los preceptos citados, acuerdo del Patronato adoptado en sesión celebrada 29 de noviembre de 2024, relativo a la modificación de los Estatutos de la Fundación, y que figura protocolizado en escritura pública autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Asturias, con residencia en Navia, D. Miguel Hortigüela Esturillo, con fecha 4 de diciembre de 2024 y número 1461 de su protocolo, aportándose por los interesados copia autorizada por duplicado de la misma.

Segundo.—El mencionado acuerdo del Patronato aprueba y transcribe la nueva redacción de los citados artículos, los cuales quedan redactados como a continuación se indica:

"Artículo 5.—El domicilio de la Fundación será la villa de Navia (Asturias), en la Avenida Manuel Suárez, número 3, y el territorio sobre el que ha de desarrollar principalmente sus actividades será el territorio municipal de Navia, pudiendo ampliar su área de actuación a los concejos limítrofes de Villayón y Coaña.

Artículo 7.—La Fundación Manuel Suárez, de Navia, como institución de Promoción, tendrá genéricamente como objeto promocionar, con arreglo a los adelantos modernos, las riquezas locales, principalmente, del municipio de Navia (agrícola, ganadera, pesquera, turística e industrial), como medio de mejorar y elevar el nivel de vida de sus habitantes, pudiendo hacerlo extensivo a los municipios de Villayón y de Coaña.

Artículo 10.—En sustitución al referido Centro Docente, o simultáneamente a su funcionamiento si las disponibilidades económicas lo permiten, la Fundación podrá promover libremente por medio de su Patronato, y sin sujeción de este a orden alguno de prelación o preferencia la creación de centros culturales, artísticos, deportivos, recreativos y sociales, o bien dotar premios a la cultura y becas para la enseñanza, costear actividades que contribuyan a la educación, instrucción y formación de los vecinos de Navia y, en su caso de Villayón y Coaña, cooperen al desarrollo, a la defensa del medio ambiente, al fomento de la economía local, o al bienestar de los ciudadanos, siempre que redunden a la consecución de los fines generales fundacionales y que estén fijados en el programa de actividades previamente comunicado al Protectorado."

Fundamentos jurídicos

Primero.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte es competente para resolver el presente expediente en uso de las atribuciones que para el ejercicio del Protectorado sobre Fundaciones Docentes y Culturales que desarrollen sus funciones principalmente en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias le atribuye lo dispuesto en el artículo 10.1.30 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Asturias en relación con el Real Decreto 844/95, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias, en materia de fundaciones, el Decreto 34/98, de 18 de junio, por el que se crea y regula el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de Interés General del Principado de Asturias y el Decreto 25/2024, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte.

Segundo.—Resultan asimismo de aplicación en el presente expediente la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, especialmente sus artículos 11 y 29, el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, especialmente su artículo 36, normas ambas aplicables en el Principado de Asturias en defecto de legislación autonómica específica.

Tercero.—De acuerdo con el citado artículo 29 de la Ley 50/2002, la modificación o nueva redacción de los Estatutos acordada por el Patronato se comunicará al Protectorado, que sólo podrá oponerse por razones de legalidad y mediante acuerdo motivado, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la notificación al mismo del correspondiente acuerdo del Patronato. Asimismo, el Protectorado podrá comunicar en cualquier momento dentro de dicho plazo y de forma expresa su no oposición a la modificación o nueva redacción de los Estatutos.

Cuarto.—Examinada la modificación estatutaria propuesta y aprobada por el Patronato, no se constata ninguna disposición que vulnere o resulte contraria a dichas normas legales y reglamentarias ni al resto del ordenamiento jurídico, por lo que no concurre motivo de oposición por motivos de legalidad y por parte de este Protectorado a dicha modificación.

Quinto.—Conforme a lo dispuesto en el apartado 5.º del artículo 29 de la citada Ley de Fundaciones, la modificación o nueva redacción de los estatutos habrá de ser formalizada en escritura pública —trámite que ha sido ya cumplimentado por la Fundación interesada— e inscrita en el correspondiente Registro de Fundaciones.

En consecuencia y visto el informe-propuesta favorable emitido en fecha 13 de enero de 2025, por el Servicio de Asuntos Generales y Tramitación Presupuestaria.

RESUELVO

Primero.—No formular oposición, por motivos de legalidad, a la modificación de los Estatutos de la "Fundación Patronato Manuel Suárez para Obras Benéficas en el Concejo de Navia", número registral 33/FDC0033, en los propios términos que constan aprobados por el Patronato de la Fundación en su reunión celebrada el 29 de noviembre de 2024.

Segundo.—Toda vez que ya ha sido cumplimentado por la Fundación interesada el requisito de elevación a escritura pública del correspondiente acuerdo del Patronato, ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria en la Sección correspondiente del Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de Interés General del Principado de Asturias.

Tercero.—Ordenar que se de traslado de la presente Resolución a los interesados y al Boletín Oficial del Principado de Asturias para su publicación.

Cuarto.—Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

En Oviedo, a 15 de enero de 2025.—La Consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanessa Gutiérrez González.—Cód. 2025-00599.

889225 {"title":"Resolución de 15 de enero de 2025, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se declara la no oposición a la modificación de Estatutos de la Fundación Patronato Manuel Suárez para obras benéficas en el concejo de Navia (33\/FDC0033).","published_date":"2025-02-04","region":"asturias","region_text":"Asturias","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-asturias.png","id":"889225"} asturias BOPA;BOPA 2025 nº 23;Consejería de cultura, política llingüística y deporte;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search https://govclipping.com/search?keywords= Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/asturias/boa/2025-02-04/889225-resolucion-15-enero-2025-consejeria-cultura-politica-llinguistica-deporte-se-declara-oposicion-modificacion-estatutos-fundacion-patronato-manuel-suarez-obras-beneficas-concejo-navia-33-fdc0033 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.