Resolución de 20 de enero de 2025, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se dispone ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, en el procedimiento abreviado 345/2023.
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Considerando que la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 5 de Oviedo en el procedimiento abreviado n.º de autos 345/2023, instruido a instancia de don. I. J. F. G., DNI N.º ***0614**, ha adquirido firmeza, habiendo por ello de observarse, en orden a su ejecución, los trámites previstos en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia, cuyo tenor es el siguiente:
"Que debo estimar y estimo en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don. I. J. F. G. contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias de su reclamación de cantidad y la anulo, reconociendo el derecho del recurrente a percibir los excesos de jornada realizados entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021 (72,5 horas de exceso en 2019, 105,25 en 2020 y 122,5 en 2021), conforme a las cuantías fijadas en los correspondientes Acuerdos de retribuciones de tales anualidades. Sin especial pronunciamiento sobre las costas."
Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 20 de enero de 2025.—El Consejero de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, Alejandro J. Calvo Rodríguez.—Cód. 2025-00555.