Anuncio. Convocatoria de proceso selectivo y bases específicas por la que se rige el proceso de selección para la cobertura de cinco plazas de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Gozón, personal funcionario, por el sistema de oposición libre. Expte. PER/2024/69.
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Por resolución de la Alcaldía de fecha 14 de enero de 2025 se aprobaron las bases específicas reguladoras y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir cinco plazas de Auxiliar Administrativo (Escala Administración General, Subescala Auxiliar) del Ayuntamiento de Gozón, por oposición libre como funcionario, correspondientes a las ofertas de empleo público de los años 2020 (1 plaza BOPA n.º 248, de 28-XII-2020), 2021 (1 plaza BOPA n.º 146, de 29-VII-2021), 2022 (2 plazas BOPA n.º 240, de 16-XII-2022) y 2023 (1 plaza BOPA n.º 246, de 27-XII-2023).
La apertura del plazo de presentación de instancias, de 20 días naturales, se iniciará con la publicación de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Bases específicas por las que se regirá el procedimiento de selección de personal para la cobertura de cinco plazas de Auxiliar Administrativo (Escala Administración General, Subescala Auxiliar) del Ayuntamiento de Gozón, en oposición libre, como funcionario
Primera.—Objeto de la convocatoria.
Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de selección para la cobertura de cinco plazas del puesto de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Gozón, por el procedimiento de oposición libre, correspondientes a las oferta de empleo público de los años 2020 (1 plaza BOPA n.º 248, de 28-XII-2020), 2021 (1 plaza BOPA n.º 146, de 29-VII-2021), 2022 (2 plazas BOPA n.º 240, de 16-XII-2022) y 2023 (1 plaza BOPA n.º 246, de 27-XII-2023.
Las plazas se enmarcan en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Encuadradas en el Grupo C, Subgrupo C2 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Estas bases son de obligado cumplimiento tanto para el Ayuntamiento de Gozón como para las personas participantes en el proceso selectivo.
Segunda.—Funciones a desempeñar.
— Las genéricas de la Escala y Subescala que se convoca a que hace referencia el artículo 169.1.d) del real Decreto Legislativo 781/1986, de 16 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.
— Las recogidas en la ficha de funciones del puesto al que se adscriba al funcionario de carrera, que figuran en la RPT en vigor.
Tercera.—Características de la plaza.
Cinco plazas de funcionario/a mediante acceso por sistema de oposición libre.
Las plazas se corresponden a la Escala de Administración General, Subescala de Auxiliar.
Los aspirantes deberán reunir los requisitos señalados en la presente convocatoria.
Cuarta.—Normativa aplicable.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases, a las Bases Generales que han de regir las convocatorias para la provisión de las plazas vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Gozón incluidas en las Ofertas de Empleo Público para los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 (BOPA n.º 57, de 23-III-2023) y por la normativa expresamente determinada en las mismas.
Quinta.—Publicidad.
Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web oficial del Ayuntamiento de Gozón.
Todos los anuncios relativos a las pruebas y trámites a realizar se publicarán exclusivamente en el tablón de anuncios y en la página web oficial del Ayuntamiento de Gozón.
Sexta.—Requisitos de los aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión de Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o Bachiller elemental.
f) En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la homologación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional español.
Todas estas condiciones estarán referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, manteniéndose en la fecha de la toma de posesión o inicio de la contratación.
Séptima.—Forma y plazo de presentación de instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gozón en días laborales y horario de oficina, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En el supuesto de que el solicitante presente la instancia mediante el procedimiento recogido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, se deberá justificar fehacientemente la fecha y hora de imposición del envío en correos y/o entrega en cualquier registro habilitado y comunicarlo al Ayuntamiento mediante correo electrónico (informacion@ayto-gozon.org), antes de las 14:00 horas del mismo día. Sin la concurrencia de estos requisitos, no será admitida la solicitud si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, cinco días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la solicitud, ésta no será admitida en ningún caso.
El modelo de instancia, que deberá ir firmada obligatoriamente por el aspirante y acompañada por:
1. Fotocopia DNI o, en su caso, pasaporte.
2. Fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria.
3. Justificante de pago de la tasa por derechos de examen.
Octava.—Derechos de participación.
A la instancia se acompañará justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente, de conformidad con la ordenanza fiscal n.º 315, reguladora de la tasa por derechos de participación en procesos de selección de personal que asciende a la cantidad de 11,88 euros que deberán ser ingresados en la cuenta bancaria: ES42 0081 5218 5200 01001010 indicando en el concepto el DNI del participante en la convocatoria y el expediente correspondiente.
Los aspirantes inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo, que lo acrediten debidamente quedarán exentos de abonar la tasa correspondiente por derechos de examen.
Los derechos de examen serán devueltos, únicamente previa petición del interesado, en el caso de ser suspendido el proceso selectivo. No procederá la devolución en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
Novena.—Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un mes, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
La lista certificada de admitidos y excluidos provisionalmente, se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Gozón.
En dicha resolución, se indicará los lugares, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, composición del tribunal calificador, el orden de actuación de los aspirantes, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión y plazo de subsanación de defectos que se concede a los aspirantes excluidos. Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y de excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, en los términos del artículo 68 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran el defecto que motiva la exclusión, o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Contra la resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Décima.—Tribunal Calificador.
La regulación del Tribunal Calificador será la contenida en las bases generales.
Undécima.—Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento selectivo será de oposición y consistirá en realizar un total de dos ejercicios, uno de carácter teórico y uno de carácter práctico.
La calificación de cada prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal, no obstante, lo anterior, cuando la calificación más alta y/o más baja difieran en dos o más puntos de la media obtenida, se eliminarán una o ambas, según el caso, obteniéndose la media de las restantes. Deberá constar en el expediente la calificación otorgada por cada miembro del Tribunal a cada una de las pruebas realizadas por los aspirantes, acompañada de la correspondiente motivación.
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar, por escrito, durante un tiempo máximo de 90 minutos un test de 60 preguntas que serán de la parte I del temario, más 6 de reserva, con 3 alternativas de respuesta cada una de ellas, de las que sólo una de las alternativas es la verdadera. Las preguntas versarán sobre todos los temas incluidos en la parte I del anexo de temario.
Las preguntas de este ejercicio se puntuarán de la forma siguiente:
— Cada pregunta contestada correctamente puntuará 1 punto.
— Cada pregunta contestada de forma incorrecta (señalando como verdadera una alternativa que no es la correcta) se penalizará con 0,30 puntos, es decir, se puntuará con -0,30 puntos.
Las preguntas sin contestar o contestadas de más de una de las alternativas no puntuarán, aun cuando algunas de las contestadas sea la correcta, ni serán objeto de penalización.
Para superar este ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos. A los aspirantes que no superen esta puntuación mínima en la primera prueba no se les calificará la segunda prueba.
Segundo ejercicio:
Consistirá en un ejercicio de carácter práctico de dos partes, a realizar en un equipo informático con el sistema operativo Windows 10/Windows 11 que se proporcionará al efecto:
— La primera parte consistirá en una prueba con un procesador de textos LibreOffice, OpenOffice o Microsoft Office relacionada con la redacción, transcripción o edición de documentos administrativos siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Se valorarán los conocimientos y habilidades del aspirante en el manejo de las funciones y utilidades del procesador de textos, así como la velocidad de escritura.
— La segunda parte consistirá en una prueba con un programa de cálculo LibreOffice, OpenOffice o Microsoft Office relacionada con la creación y edición de hojas de cálculo. Se valorarán los conocimientos y habilidades del aspirante en el manejo de las funciones y utilidades del programa de cálculo.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será determinado por el Tribunal antes de su comienzo. La calificación de cada parte será de 0 a 5 puntos (10 puntos en total), siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos en cada una de éstas para superar el ejercicio (5 puntos en total).
Duodécima.—Bolsa de empleo.
Terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal dará traslado a la Alcaldía-Presidencia de las calificaciones obtenidas, a efectos de aprobación de las correspondientes bolsas de empleo. Para el acceso a la bolsa de empleo será necesario haber superado al menos un ejercicio de la oposición.
Anexo
Temario
Parte I.
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y Contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
Tema 2. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. Composición, elección y disolución. Atribuciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: Los Reglamentos parlamentarios.
Tema 3. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y Principios. Las formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española. El proceso autonómico: configuración inicial y reformas. El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.
Tema 4. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación. Revisión, anulación y revocación. Rectificación de errores materiales o de hecho.
Tema 5. El procedimiento administrativo como garantía formal. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Términos y plazos.
Tema 6. Recursos administrativos. Principios generales. Clases de recursos administrativos Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: Conciliación, mediación y arbitraje.
Tema 7. El régimen local: Significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. El principio de autonomía local. Significado, contenido y límites.
Tema 8. La potestad reglamentaria de las entidades locales. Reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El reglamento orgánico. Los bandos.
Tema 9. El municipio: Concepto y elementos. El término municipal. La población municipal. El padrón de habitantes. Derechos de los extranjeros.
Tema 10. La Modernización del Gobierno Local. El régimen de las grandes ciudades.
Tema 11. El Pleno del Ayuntamiento y sus Comisiones, competencias. Su regulación en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tema 12. El Alcalde y la Junta de Gobierno Local, competencias, delegaciones y estructura municipal, su regulación en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tema 13. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El registro de los documentos.
Tema 14. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Estructuración del empleo público: Cuerpos y Escalas. Grupos de clasificación. Normativa sobre función pública. Clases de funcionarios de Administración Local.
Tema 15. Oferta de Empleo Público. La carrera Administrativa: la promoción profesional y la provisión de puestos de trabajo. La formación y el perfeccionamiento.
Tema 16. El acceso a los empleos locales: Principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. Adquisición y pérdida de la condición de empleado público.
Tema 17. Los derechos y deberes de los funcionarios locales. Derechos individuales. Derechos colectivos. Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva. Principios y valores de la Función Pública. Ética del Servicio Público. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.
Tema 18. Los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: Régimen jurídico. Subescalas y categorías. Funciones reservadas. Peculiaridades de su régimen en municipios de gran población.
Tema 19. Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
Tema 20. Los presupuestos locales: concepto, principios y estructura. Elaboración del presupuesto. Su liquidación.
Tema 21. Derechos y obligaciones en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo, de la empresa y de los trabajadores. Prevención de Riesgos Laborales en el Trabajo con pantallas de visualización de datos (PVD).
Tema 22. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Tema 23. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Tema 24. Principios, políticas y medidas de igualdad de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Tema 25. Acuerdo regulador del personal funcionario del Ayuntamiento de Gozón.
Parte II.
Todas las referencias a recursos informáticos se regirán por la versión Microsoft Office 2021 y entorno de Windows 10.
Tema 1. Informática básica: conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Sistemas de almacenamiento de datos. Sistemas operativos. Nociones básicas de seguridad informática.
Tema 2. Introducción al sistema operativo: el entorno de Windows. Fundamentos. Trabajo en el entorno gráfico de Windows: ventanas, iconos, menús contextuales, cuadros de diálogo. El escritorio y sus elementos. El menú inicio.
Tema 3. El explorador de Windows. Gestión de carpetas y archivos. Operaciones de búsqueda. Accesorios. Herramientas del sistema.
Tema 4. Procesadores de texto: Word. Principales funciones y utilidades. Creación y estructuración del documento. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Personalización del entorno de trabajo.
Tema 5. Hojas de cálculo: Excel. Principales funciones y utilidades. Libros, hojas y celdas. Configuración. Introducción y edición de datos. Fórmulas y funciones. Gráficos. Gestión de Datos. Personalización del entorno de trabajo.
Tema 6. Bases de datos: Access. Principales funciones y utilidades. Tablas. Consultas. Formularios. Informes. Relaciones. Importación, vinculación y exportación de datos.
Tema 7. Correo electrónico (referido a Outlook): conceptos elementales y funcionamiento. El entorno de trabajo. Enviar, recibir, responder y reenviar mensajes. Creación de mensajes. Reglas de mensaje. Libreta de direcciones.
Tema 8. La Red Internet: origen, evolución y estado actual. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Funcionalidades básicas de los navegadores web.
Tema 9. Las Tecnologías de la información y la comunicación. La Administración Electrónica. Firma digital. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. El portal de acceso y la sede electrónica. El expediente y el archivo electrónico.
En Lluanco/Luanco (Gozón), a 15 de enero de 2025.—El Alcalde.—Cód. 2025-00378.