Anuncio. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en la sesión de 14 de enero de 2025, por el que se aprueban las bases que rigen la convocatoria para la provisión del cargo directivo correspondiente a la Dirección General Económica Financiera dependiente del Ayuntamiento de Gijón. Expediente con referencia: 80499A/2023.
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La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 14 de enero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la Modernización del Gobierno Local, adoptó, entre otros, el siguiente
Acuerdo
Primero.—Aprobar la convocatoria para la provisión del cargo directivo correspondiente a la Dirección General de Económica Financiera.
Segundo.—Disponer la publicación de la bases que rigen la convocatoria para la provisión del cargo de la Dirección General Económica Financiera en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en los Tablones de Edictos Municipales, y en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón a efectos de garantizar la mayor publicidad y difusión del mismo.
Anexo I
BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL ECONÓMICA FINANCIERA
Primero.—Objeto.
Se convoca para su provisión el cargo de Dirección General Económica Financiera incluido en la Estructura Directiva Municipal aprobada por Resoluciones de Alcaldía de 21 y 28 de julio, 13 y 28 de noviembre de 2023, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre.
Segundo.—Solicitud.
Las personas interesadas que reúnen el perfil profesional adecuado podrán presentar la correspondiente solicitud, en el modelo normalizado que figura en el anexo II, dentro del plazo de 10 días naturales, contados a partir de la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. La solicitud de participación se presentará en el Registro General o Auxiliares del Ayuntamiento de Gijón, acompañando "currículum vítae", cuyas circunstancias se acreditarán fehacientemente, con carácter previo a la incorporación al cargo directivo, por la persona que, en su caso, resulte propuesta para ocupar el puesto. Asimismo la solicitud de participación podrá presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Anuncio de la convocatoria y de las bases que rigen la misma se publicarán igualmente en los Tablones de Edictos Municipales y en la sede electrónica de la pagina web del Ayuntamiento de Gijón
Tercero.—Funciones de la Dirección General Económico-Financiera.
Bajo la dependencia directa de la Concejalía Delegada, le corresponden:
1. Diseñar, desarrollar y ejecutar políticas en el ámbito económico-financiero.
2. Diseñar e impulsar las políticas de promoción y gestión económica y social del patrimonio municipal.
3. Asesorar técnicamente a la Concejalía Delegada, así como la realización de estudios y programación de actuaciones para la misma.
4. Analizar y elaborar proyectos de disposiciones de carácter general, así como la coordinación de servicios y unidades administrativas que dependen de la Dirección General.
5. Ejecutar la dirección, coordinación, seguimiento y evaluación de las áreas dependientes de la misma, así como los procedimientos gestionados por los servicios y unidades administrativas que se configuren a través de las relaciones de puestos de trabajo.
6. Desempeñar el asesoramiento, estudio, gestión y coordinación de los servicios y Direcciones de Área asignados a la Dirección General en materia de presupuestos, patrimonio, contratación y coordinación de empresas municipales.
7. Seguimiento presupuestario y control de gestión de todos los servicios y unidades dependientes de la Dirección General, así como la coordinación de los distintos centros gestores de las diferentes áreas directivas municipales en orden a una correcta ejecución presupuestaria, conforme a las funciones que establece el artículo 45 del reglamento Orgánico de Funcionamiento y Régimen Jurídico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
8. La coordinación, seguimiento y evaluación de los procedimientos gestionados por los servicios y unidades dependientes de la Dirección General.
9. Elaborar la memoria anual de gestión de la Dirección General y demás informes de evaluación y seguimiento de los proyectos de la Concejalía Delegada.
10. La coordinación y seguimiento de la gestión de sociedades o empresas en cuyo capital participe el Ayuntamiento de Gijón/Xixón e instrumentación de operaciones societarias relativas al sector público municipal.
11. Informar mensualmente a la Concejalía Delegada sobre el desarrollo de los proyectos, programas y actividades.
12. Elaboración y propuesta de los Planes o Programas de actuación de su dirección de acuerdo con las instrucciones señaladas por la Concejalía Delegada, así como la supervisión, coordinación e impulso de su implantación práctica estableciendo el correspondiente calendario para su actuación, así como su seguimiento, cumplimiento y evaluación.
13. Promover las actividades de difusión de las proyectos y programas de su Dirección.
14. Determinar los objetivos a cumplir por cada uno de los servicios de su Dirección.
15. Formular instrucciones de dirección y/o coordinación sobre el funcionamiento interno de la Dirección.
16. Efectuar el seguimiento y evaluación, de las políticas y planes de gestión municipal en materias de su competencia.
17. Cooperar en la gestión de los recursos humanos, de los servicios generales y de la coordinación administrativa de la Dirección General, de acuerdo con las directrices de la Concejalía Delegada a través de la Dirección General de Recursos Humanos.
18. Representar al Ayuntamiento de Gijón/Xixón y coordinar la actuación municipal en las redes nacionales e internacionales en las materias propias de sus áreas de competencia, en coordinación con la Dirección de Área de Relaciones Institucionales y Protocolo.
19. En general cuantas funciones se le asignen por la Concejalía Delegada, sin que estas tengan el carácter de competencias delegadas ni impliquen el desarrollo de funciones que directa o indirectamente supongan el ejercicio de potestades administrativas.
Cuarto.—Perfil Profesional requerido:
En virtud de lo establecido en el artículo 36, apartado 3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Ayuntamiento de Gijón, las personas interesadas en participar, al objeto de contrastar sus méritos, capacidad e idoneidad justificarán, al menos, los siguientes requisitos:
— Ser funcionario/a de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. No obstante lo anterior y en atención a las especiales funciones de las direcciones convocadas, que incluyen el asesoramiento, dirección, estudio, gestión y puesta en practica, en definitiva, de cuantas iniciativas y proyectos correspondan al área o áreas correspondientes, funciones todas ellas propias de una gestión de naturaleza gerencial, la Junta de Gobierno y a propuesta motivada de la Alcaldía, podrá nombrar a personal no funcionario que, en todo caso, habrá de acreditar titulación superior universitaria y méritos de competencia profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada.
— En caso de ser funcionario de carrera, pertenencia a Cuerpos y Escalas de funcionarios y/o grupos de titulación, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.
Los requisitos indicados deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y acreditarse, en caso de resultar seleccionado/a en el modo indicado en las presentes bases.
Quinto.—Clasificación: Las retribuciones asignadas a dicho cargo directivo, conforme al Acuerdo Plenario de 11 de julio de 2023 y subidas retributivas aprobadas al amparo de la legislación presupuestaria, son las siguientes:
Director/a General/Jefatura Asesoría Jurídica: Grupo A1, nivel de Complemento de Destino 30. Complemento Específico anual 33.600,42. € por los elementos de Responsabilidad y Dificultad Técnica y Especial Dedicación.
Observaciones. Todos los cargos directivos están afectados por el régimen de jornada partida, mayor dedicación y disponibilidad.
Sexto.—Proceso de Selección: Las solicitudes presentadas serán analizadas, de acuerdo a criterios relacionados con su trayectoria profesional tales como:
• Estudios relacionados con las funciones y tareas a desempeñar.
• Formación específica relacionada con las funciones, especialmente de carácter directivo.
• Experiencia profesional relacionada con el ejercicio de funciones de dirección y gestión.
• Otros aspectos curriculares relevantes que pueda aportar el candidato/a.
Los/as candidatos/as deberán acreditar la capacidad de lograr la implantación y revisión de las estrategias, políticas y programas que hacen posible el logro por parte del Ayuntamiento de las misiones y objetivos encomendados. Igualmente, han de demostrar habilidades de liderazgo, un elevado nivel de capacidad de comunicación y negociación, así como planificación, determinación de prioridades y toma de decisiones.
Las competencias que se valorarán serán:
• Visión estratégica, capacidad de planificación, determinación de prioridades y toma de decisiones.
• Liderazgo de equipos. Se valorará muy especialmente la capacidad de gestionarlos y motivarlos.
• Capacidad de liderar la implantación y revisión de estrategias, políticas y programas.
• Capacidad de comunicación y negociación
• Capacidad de representar al Ayuntamiento de Gijón, construyendo y desarrollando redes de relaciones tanto internas como externas.
• Orientación a resultados, flexibilidad, innovación y compromiso con el Ayuntamiento de Gijón.
Séptimo.—Propuesta y Designación: La Alcaldía a la vista del perfil profesional de los aspirantes y de la idoneidad de los mismos, elevará a la Junta de Gobierno, la correspondiente propuesta de designación para el puesto directivo, pudiendo declararse desierto algún cargo si las candidaturas presentadas no reúnen los requisitos exigidos o el perfil profesional requerido para su desempeño, todo ello conforme al artículo 127.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Octavo.—Plazo para la incorporación: Una vez acreditados los méritos y demás requisitos, la persona designada en el plazo máximo de 15 días naturales a partir de la notificación de su designación por la Junta de Gobierno y/o fecha establecida en el acuerdo de designación, tomará posesión de su cargo si acredita su condición de funcionario/a de carrera o formalizará el correspondiente contrato de alta dirección si no acreditase tal condición, de acuerdo con lo dispuesto en al art. 13.4 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre de 2015.
Noveno.—Régimen de Incompatibilidades: El desempeño de los puestos directivos en la estructura del Ayuntamiento de Gijón es incompatible con cualquier otra actividad que pudiera restar dedicación o efectividad en el cumplimiento de las funciones encomendadas o que pudiera entrar en conflicto con los intereses de la entidad. No obstante, la persona seleccionada podrá participar en actividades docentes o de asesoramiento, particularmente si estas contribuyen al prestigio y mejora del funcionamiento del Ayuntamiento de Gijón y siempre que resulten compatibles de conformidad con la normativa vigente a la Legislación de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Décimo.—Confidencialidad, protección de datos personales y transparencia: El Ayuntamiento de Gijón garantiza confidencialidad absoluta relativa a la participación de las personas candidatas en este proceso de selección y asegura que la participación de las personas no seleccionadas quedará en el estricto ámbito del Ayuntamiento de Gijón, de manera que exclusivamente se hará público el nombre de la persona seleccionada.
A los efectos previstos en la normativa de protección de datos de carácter personal, la presentación de la solicitud de participación implica el consentimiento a la publicación en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Gijón de los datos personales imprescindibles para la publicidad del nombramiento que en su caso, se suscriba con el/la candidato/a designado/a.
En Gijón/Xixón, a 15 de enero de 2025.—La Jefa del Servicio de Gestión de Personas.—Cód. 2025-00357.