Resolución de 31 de diciembre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se conceden ayudas a las organizaciones de productores pesqueros para planes de producción y comercialización, campaña 2023.

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Visto el expediente de convocatoria de subvenciones dirigidas a las organizaciones de productores pesqueros para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización correspondientes a la campaña 2023, en el marco del FEMPA, en el que se dan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del FEMPA (BOPA de 22-VIII-2024).

Segundo.—Con fecha 31 de octubre de 2024, se publicó en el BOPA el extracto de la Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a las organizaciones de productores pesqueros (OOPP) para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización correspondientes a la campaña 2023.

Tercero.—Se ha presentado a la convocatoria de subvención para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización en 2023, una única solicitud correspondiente a la organización de productores pesqueros denominada OPASTURIAS —OPP90—.

La modificación definitiva plan de producción y comercialización para el ejercicio 2023 de OPASTURIAS fue aprobado por Resolución de 6 de septiembre de 2023, por un importe de 683.078,00 euros (IVA incluido).

El Informe Anual correspondiente al Plan de Producción y Comercialización para el ejercicio 2023 de OPASTURIAS fue aprobado por Resolución de 17 de mayo de 2024, por un importe de 575.725,06 euros.

Cuarto.—La Comisión de Valoración ha emitido el informe pertinente tras haber procedido a la valoración de la solicitud presentada a la convocatoria de ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización en 2023, concretando el resultado de la evaluación realizada y el importe de la subvención propuesta.

Quinto.—Existe crédito en la aplicación presupuestaria 1906-712D-773.065 (código proyecto: 2024/000188 "FEMPA-Planes prod-comer. OOPP") por un importe de 512.310 euros para la concesión de las ayudas para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización en 2024.

Sexto.—El beneficiario ha acreditado que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y no ser deudor con la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

Asimismo han presentado declaración responsable ante la Consejería de Medio Rural y Política Agraria manifestando que reúnen los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como con las obligaciones derivadas de ayudas y subvenciones concedidas anteriormente por cualquiera de los órganos de la Administración del Principado de Asturias.

Séptimo.—Con fecha 5 de diciembre de 2024 se comunica al interesado propuesta de Resolución Provisional, presentando alegaciones en el plazo establecido.

A los hechos señalados, le son de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.—En cuanto al órgano competente para adoptar la presente Resolución, el artículo 38, apartado i), de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno y el artículo 21, párrafo 4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, así como el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el Decreto 88/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, todo ello en cuanto a la determinación de las competencias y facultades para adoptar la presente Resolución.

Segundo.—El artículo 41 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, sobre Régimen General de Concesión de Subvenciones, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y demás normativa aplicable en materia de subvenciones, en lo relativo a la forma de concesión, justificación y pago.

Tercero.—En la financiación de estas subvenciones participa la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y la Acuicultura, y la Administración del Principado de Asturias, siendo los porcentajes de cofinanciación del 70 % y del 30 %, respectivamente.

Cuarto.—En la medida 1, se desestiman las alegaciones relativas a la elegibilidad del 100% en algunas partidas de la medida, por cuanto que las medidas han de financiarse con el mismo porcentaje para todas las partidas que incluyan. En todo caso, además de los criterios de beneficiario colectivo y acceso público a resultados, la aplicación del 100% a una medida ha de venir dada por el carácter innovador de la misma, aspecto que no se cumple en este caso.

En las medidas correspondientes se han estimado las alegaciones presentadas respecto a la no elegibilidad de la partida Costes Indirectos 15%, aceptándose incluir los mismos dado que la ayuda a la creación anualidad 2023 ha sido en el marco del FEMP.

En consecuencia, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación

RESUELVO

Primero.—Disponer un gasto así como conceder una subvención y reconocer la obligación por un importe de 500.883,09 € a favor de la Organización de Productores Artesanales del Principado de Asturias (OPASTURIAS, OPP-90) con CIF G04977500, con cargo al concepto presupuestario 1906-712D-773.065 (código proyecto: 2024/000188), para la preparación y aplicación del plan de producción y comercialización, campaña 2023, de acuerdo con el extracto de las medidas económicas que se relacionan en el anexo.

Segundo.—Avocar, en virtud de artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la competencia del reconocimiento de la obligación, delegada en el Director General de Pesca Marítima, conforme al apartado p) del resuelvo decimotercero de la Resolución de 16 de julio de 2020, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, asimismo se podrá interponer, con carácter previo, recurso potestativo de reposición ante la Consejería concedente de la subvención en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación y sin que, en ningún caso, se puedan simultanear ambos recursos, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.

Oviedo, 31 de diciembre de 2024.—El Consejero de Medio Rural y Política Agraria, Marcelino Marcos Líndez.—Cód. 2025-00323.

Anexo
MEDIDAS PPYC 2023 OPASTURIAS

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