Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se nombra personal funcionario de carrera del Cuerpo de Psicología de la Administración del Principado de Asturias.
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Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador que juzgó las pruebas selectivas convocadas por esta Administración para la provisión de 5 plazas del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Psicólogos/as, resultan los siguientes,
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de la Directora del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" de 31 de marzo de 2022 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 6 de abril de 2022), se convocan pruebas selectivas para la provisión de 5 plazas de la tasa de reposición del Cuerpo de Técnicos/as Superiores, Escala de Psicólogos/as de la Administración del Principado de Asturias, Grupo A, Subgrupo A1, en turno libre, en régimen de funcionario/a de carrera, de conformidad con la siguiente distribución:
Turno | N.º plazas |
OEP 2019 | |
Acceso libre ordinario | 2 |
OEP 2020 | |
Acceso libre ordinario | 2 |
OEP 2021 | |
Acceso libre ordinario | 1 |
Total convocatoria | |
Acceso libre ordinario | 5 |
El proceso selectivo está previsto se realice mediante el sistema de concurso-oposición.
Segundo.—Por Resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" de 19 de diciembre de 2023 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 26 de diciembre de 2023), se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de dichas plazas. Por nueva Resolución de la Dirección del Instituto de 20 de febrero de 2024, se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de este proceso selectivo y por Resolución de 23 de mayo de 2024 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 29 de mayo de 2024) se modifica la composición del Tribunal calificador.
Tercero.—De conformidad con la base decimotercera de la convocatoria aprobada, el Tribunal calificador el 25 de octubre de 2024, ha hecho pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo en turno de acceso libre ordinario y la ha elevado a la titular de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo con propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera.
Cuarto.—A tenor de lo dispuesto en la citada base decimotercera, las personas propuestas han presentado en plazo en el Servicio de Administración de Personal de la Dirección General de Empleo Público la documentación exigida en la misma en orden a su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Quinto.—Seguidamente, según lo previsto en el artículo 5 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 22/1993, de 29 de abril, las aspirantes han formalizado la elección de destino ofertado por esta Administración entre los días 2 y 16 de diciembre de 2024.
Sexto.—Visto el destino elegido por cada aspirante, se verifica que todas ellas reúnen los requisitos objetivos determinados en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Fundamentos de derecho
Primero.—En materia objeto del presente expediente la competencia viene determinada en el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y, principalmente, en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público.
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.b) de la Ley del Principado de Asturias 2/2023, en relación con el artículo 2 del Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, y por el Decreto 73/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, corresponde a la titular de la misma suscribir nombramientos de funcionarios de carrera. Por Resolución de fecha 2 de abril de 2024 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 9 de abril de 2024), se delega esta competencia en el Director General de Empleo Público.
Tercero.—Según lo previsto en el artículo 54 de la Ley 2/2023, de conformidad con la legislación básica, la condición de personal funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el boletín de la Administración correspondiente.
c) Acto de acatamiento de la Constitución, el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y el resto del ordenamiento jurídico.
d) Toma de posesión.
Cuarto.—En el artículo 36 de la referida Ley 2/2023 se recoge entre los cuerpos especiales de la Administración del Principado de Asturias, en el Grupo A, Subgrupo A1, el Cuerpo de Psicología. Asimismo, la Disposición adicional quinta del mismo texto legal, dada la identidad funcional, de grupo y subgrupo de clasificación, de prueba de acceso y de exigencia de titulación académica, determina la equivalencia aplicable al personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias entre el Cuerpo de Psicología (Cuerpo/escala nuevo) y el Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Psicólogos (Cuerpo/escala precedente).
En atención a los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho,
RESUELVO
Primero.—Nombrar personal funcionario de carrera del Cuerpo de Psicología de la Administración del Principado de Asturias, a las personas aspirantes aprobadas, en turno de acceso libre ordinario, que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenadas de acuerdo con la puntuación final obtenida en el proceso selectivo y con expresión de los destinos que se les adjudican.
Segundo.—Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.1 c) de la Ley 2/2023, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Tercero.—Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 30 de diciembre de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por delegación, por Resolución de 02/04/2024 (BOPA de 09/04/2024), el Director General de Empleo Público.—Cód. 2024-11604.