Resolución de 2 de enero de 2025, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se acuerda someter a trámite de información pública la propuesta de primera modificación del Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.
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Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Mediante Resolución de 7 de agosto de 2024, del Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, se inicia el procedimiento para la modificación del Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.
En la página web de https://asturiasparticipa.asturias.es/se ha sometido a consulta pública la Modificación de dicho Decreto presentándose una serie de sugerencias y propuestas de modificación.
Fundamentos de derecho
De conformidad con lo previsto en el artículo 33.2 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y demás disposiciones de general aplicación,
RESUELVO
Primero.—Someter a trámite de información pública, por plazo de veinte días, el texto de la modificación propuesta, al objeto de dar audiencia a los ciudadanos y ciudadanas afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
A este efecto, será expuesta durante el citado período en las dependencias de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos (EASMU, planta 2.ª, calle Antonio Suárez, n.º 2, de Oviedo), así como en el Servicio de Atención Ciudadana (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, planta plaza de Oviedo). Dicha documentación se encuentra asimismo disponible en el portal www.asturiasparticipa.es de la Administración del Principado de Asturias.
Segundo.—Las alegaciones, observaciones o sugerencias que en su caso se formulen, deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, y presentarse en la Oficina Central de asistencia en materia de registros de la Administración del Principado de Asturias (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, c/ Antonio Suárez, n.º 2), o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando a tal efecto el modelo normalizado para la presentación de alegaciones disponible en la Ficha de Servicio B_SOL_2 - Aporte de documentación a la Administración, publicada en https://sede.asturias.es/
En Oviedo, a 2 de enero de 2025.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico González.—Cód. 2025-00045.