Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se conceden y deniegan subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias titulares de Escuelas de Música y Danza del año 2024.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Antecedentes de hecho
Mediante la Resolución de 25 de septiembre de 2024 (BOPA de 2 de octubre), se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consejería de Educación a las escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana de titularidad municipal, en régimen de convocatoria pública.
Por Resolución de 10 de octubre de 2024 (extracto en BOPA de 18 de octubre), se convocaron estas subvenciones de la Consejería de Educación en régimen de concurrencia competitiva para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2024 (Escuelas de Música).
De acuerdo con lo dispuesto en la base decimoprimera de la Resolución de 25 de septiembre de 2024, el órgano instructor ha verificado la correcta cumplimentación y documentación de las solicitudes, procediendo al requerimiento de subsanación en aquellos casos en los que fuera necesario.
Mediante la Resolución de 27 de noviembre de 2024, se designó la Comisión de Valoración de las solicitudes de la convocatoria del año 2024 para concesión de subvenciones a Ayuntamientos y Mancomunidades del Principado de Asturias, titulares de Escuelas de Música y/o Danza y Escuelas de Música Tradicional Asturiana.
Dicha Comisión de Valoración realizó el procedimiento de estudio y valoración de la documentación presentada, procediendo a su puntuación conforme a los criterios establecidos en la base décima de la Resolución de 25 de septiembre de 2024 y emitiendo informe en el que se concreta el resultado de dicha valoración, de acuerdo con lo dispuesto en la base decimosegunda de la Resolución de 25 de septiembre de 2024.
De acuerdo con lo dispuesto en el resuelvo decimotercero de la resolución de 10 de octubre de 2024, la justificación de la realización del gasto subvencionado se ha realizado al solicitar la subvención.
Valoradas las solicitudes y realizada la distribución del crédito disponible, la Comisión ha procedido a otorgar al acta de la sesión de 2 de diciembre de 2024, el carácter de informe, interesando que por parte del órgano instructor se proceda a elevar la correspondiente propuesta de Resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en la base decimoquinta de la Resolución de 25 de septiembre de 2024, la subvención se realizará en un único pago, sin necesidad de constituir garantía adicional, una vez dictada resolución de concesión.
Fundamentos de derecho
Vistos la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 4/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2024, la Ley 2/1995, de 13 marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones; el artículo 41.1 del Decreto Legislativo 2/1998 de 25 de junio, de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias; el Decreto 105/2005, de 19 de octubre que regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales en régimen de concurrencia competitiva y el Decreto 70/2023, de 11 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación.
RESUELVO
Primero.—Conceder, disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago, con cargo a la aplicación 16.02.422G.462.012 de los vigentes presupuestos generales del Principado de Asturias, aprobados por Ley 4/2023, de 29 de diciembre, por un importe de 75.240,00 €, correspondiente a la subvención de la Consejería de Educación con destino a entidades locales del Principado de Asturias en el año 2024 (Escuelas de Música y/o Danza), a las entidades beneficiarias que figuran en el anexo I de la presente resolución, por los importes señalados.
Segundo.—Denegar la subvención a las entidades que se relacionan en el anexo II, por la causa que se detalla.
Tercero.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
Anexo I
Subvenciones concedidas
Ayuntamiento/Mancomunidad | CIF | Cantidad |
---|---|---|
Ayto. Cangas del Narcea | P-3301100-H | 4.588,23 € |
Ayto. Cangas de Onís | P-3301200-F | 3.104,81 € |
Ayto. Carreño | P-3301400-B | 4.829,71 € |
Ayto. Castrillón | P-3301600-G | 2.138,87 € |
Ayto. Castropol | P-3301700-E | 2.345,86 € |
Man. Cinco Villas | P-3300006-H | 5.519,67 € |
Ayto. Coaña | P-3301800-C | 2.449,35 € |
Ayto. Colunga | P-3301900-A | 2.138,87 € |
Ayto. Corvera | P-3302000-I | 4.312,24 € |
Ayto. Cudillero | P-3302100-G | 2.414,86 € |
Ayto. El Franco | P-3302300-C | 3.311,80 € |
Ayto. Grado | P-3302600-F | 3.001,32 € |
Ayto. Llanera | P-3303500-G | 5.243,69 € |
Ayto. Mieres | P-3303700-C | 4.484,73 € |
Ayto. Nava | P-3304000-G | 2.690,84 € |
Ayto. Navia | P-3304100-E | 1.897,39 € |
Ayto. Oviedo | P-3304400-I | 5.174,69 € |
Ayto. Parres | P-3304500-F | 1.862,90 € |
Ayto. Ribadesella | P-3305600-C | 2.173,37 € |
Ayto. Salas | P-3305900-G | 2.966,82 € |
Ayto. Tapia de Casariego | P-3307000-D | 2.656,34 € |
Ayto. Tineo | P-3307300-H | 2.656,34 € |
Ayto. Vegadeo | P-3307400-F | 3.277,30 € |
Anexo II
Subvenciones denegadas
Ayuntamiento de Aller | Base tercera, requisitos b) y tener organizada como parte de la oferta de la escuela, al menos, una actividad de grupo de las relacionadas en el mencionado documento de baremación. |
En Oviedo, a 17 de diciembre de 2024.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2024-11191.