Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales para la redacción de Planes Generales de Ordenación y Catálogos Urbanísticos.

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Antecedentes de hecho

Primero.—Tal como regula el artículo 4 del Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, le corresponde a la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos el ejercicio de las competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo.—El artículo 5 del Decreto 75/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, recoge que la Dirección General de Ordenación del Territorio ejercerá las funciones de la Consejería en esta materia, promoviendo la coordinación e impulso de los instrumentos de ordenación, programas y proyectos de incidencia territorial formulados en el Principado de Asturias. Y en el ejercicio de estas funciones le corresponde, asimismo, el apoyo a la elaboración y a la coordinación del planeamiento urbanístico local a través de la Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio adscrito a ella.

Tercero.—Por otro lado, tal como recoge el artículo 56 del Decreto Legislativo 1/2004 por el que ese aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo (en adelante TROTU), "el planeamiento urbanístico tendrá como objetivos la mejora de la calidad de vida y la cohesión social de la población mediante la organización racional y conforme a los intereses generales de la ocupación y del uso del suelo, procurando el equilibrio de usos y actividades."

Cuarto.—El Principado de Asturias ha venido apoyando a los municipios asturianos en la redacción de su planeamiento general y catálogos, por considerarlos fundamentales para el desarrollo cohesionado y equilibrado de su territorio en términos sociales, económicos, culturales y ambientales, con el objetivo último de mantener y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

Quinto.—Coincidiendo con la aprobación del Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias (en adelante ROTU'22), la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, a través de la Dirección General de Ordenación del Territorio, ve la necesidad de impulsar nuevamente su apoyo a los municipios para la revisión de los Planes Generales de Ordenación y Catálogos urbanísticos, proponiendo una línea de subvención anual que financie hasta el 100% de los costes de redacción, destinadas a los Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes.

Fundamentos de derecho

En su virtud, de conformidad con la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración; la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; los artículos 17 y 22 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, el Decreto 105/2005, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de concurrencia competitiva; y demás disposiciones concordantes y de aplicación. En atención a lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones entidades para la redacción de Planes Generales de Ordenación y Catálogos Urbanísticos, que se insertan como anexo.

Segundo.—La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 25 de septiembre de 2024.—El Consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico González.—Cód. 2024-11410.

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