Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se fija la distribución definitiva de los créditos estimativos previstos en la convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025, con destino a la realización de programas de formación transversales conducentes a certificados profesionales dirigidas prioritariamente para personas ocupadas en el ámbito del Principado de Asturias.
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SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)
En relación con la Convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a la realización de programas de formación transversales conducentes a certificados profesionales dirigidas prioritariamente para personas ocupadas en el ámbito del Principado de Asturias
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 13 de septiembre de 2024 (BOPA núm. 190, de 30 de septiembre de 2024), del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias se convocan subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a la realización de programas de formación transversales conducentes a certificados profesionales dirigidas prioritariamente para personas ocupadas en el ámbito del Principado de Asturias.
Dicha convocatoria se rige por las bases reguladoras recogidas en la Orden EFP/942/2022, de 23 septiembre (BOE número 239, de 5 de octubre de 2022), por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación.
Segundo.—Que, el apartado noveno de la citada Convocatoria preveía una financiación para la realización de los programas de formación, y con carácter estimativo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, de realización de los programas de formación objeto de esta convocatoria asciende a cuatro millones cuatrocientos ocho mil trescientos treinta y tres euros con treinta y tres céntimos (4.408.333,33 €), con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.741.001; 85.01.322J.761.006; 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2024/000099 CS EDUCACIÓN: Conv. Ocupados 24/25) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, y con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
Partida | PEP | Total | 2024 | 2025 |
---|---|---|---|---|
85.01.322J.741.001 | 2024/000099 | 25.000,00 € | 15.000,00 € | 10.000,00 € |
85.01.322J.761.006 | 50.000,00 € | 30.000,00 € | 20.000,00 € | |
85.01.322J.771.012 | 2.500.000,00 € | 1.500.000,00 € | 1.000.000,00 € | |
85.01.322J.781.032 | 1.833.333,33 € | 1.100.000,00 € | 733.333,33 € | |
TOTAL | 4.408.333,33 € | 2.645.000,00€ | 1.763.333,33€ |
Tercero.—Que por la Comisión de Valoración prevista en el apartado "decimosegundo" del anexo de Convocatoria pública, han sido analizadas en fecha 21 de noviembre de 2024 las solicitudes admitidas conforme a los criterios establecidos en el apartado decimoprimero. Procediéndose a su publicación en la web www.trabajastur.com durante un plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación para formular alegaciones, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 29 de octubre de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se acuerda la tramitación de urgencia del procedimiento iniciado por Resolución de 13 de septiembre de 2024. Dicho plazo finalizo el 29 de noviembre de 2024.
Cuarto.—Con fecha 3 de diciembre de 2024, la Comisión de Valoración analiza las alegaciones presentadas por las entidades agrupadas Dicampus, S. L., Carac Siglo XXI, L'Arguma S. L., procediéndose a formular la correspondiente propuesta de concesión/denegación de subvenciones.
Quinto.—Que, a la vista de la mencionada propuesta, resulta necesario fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la Convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a la realización de programas de formación transversales conducentes a certificados profesionales dirigidas prioritariamente para personas ocupadas en el ámbito del Principado de Asturias:
Cuatro millones cuatrocientos ocho mil trescientos treinta y tres euros con treinta y céntimos (4.408.333,33 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2024/000099) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:
• 2024: dos millones seiscientos cuarenta y cinco mil euros (2.645.000,00 €): 2.076.977,19 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 568.022,81 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
• 2025: un millón setecientos sesenta y tres mil trescientos treinta y tres euros con treinta y tres céntimos (1.763.333,33 €): 1.384.651,45 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 378.681,88 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032
Fundamentos de derecho
Primero.—En virtud del Decreto 76/2023, de 18 de agosto, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, del Decreto 39/2009, de 3 de junio, de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 214/2023, de 16 de diciembre, las competencias en materia de formación profesional para el empleo corresponden al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
Segundo.—El Presidente del Servicio Público de Empleo es competente para conocer de los hechos objeto del expediente, en virtud del artículo 12.1 de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, en relación con e13.1 e) de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio del Servicio Público de Empleo.
Tercero.—Dispone el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/20006, de 21 de julio (BOE de 25 de julio de 2006), que en aquellas convocatorias, en las que se haya atribuido carácter estimativo a la distribución de la cuantía máxima entre distintos créditos presupuestarios, el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria.
Cuarto.—Según lo dispuesto en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en relación con el artículo 8.a), de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, así como con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos sujetos al derecho administrativo de los órganos de gobierno del Servicio Público de Empleo, no agotan la vía administrativa y son recurribles en alzada ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho mencionados y que son de aplicación,
RESUELVO
Primero.—Fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la Convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a la realización de programas de formación transversales conducentes a certificados profesionales dirigidas prioritariamente para personas ocupadas en el ámbito del Principado de Asturias, que queda como sigue:
Cuatro millones cuatrocientos ocho mil trescientos treinta y tres euros con treinta y céntimos (4.408.333,33 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2024/000099) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:
• 2024: dos millones seiscientos cuarenta y cinco mil euros (2.645.000,00 €): 2.076.977,19 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 568.022,81 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
• 2025: un millón setecientos sesenta y tres mil trescientos treinta y tres euros con treinta y tres céntimos (1.763.333,33 €): 1.384.651,45 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 378.681,88 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032
Segundo.—Notificar a los interesados, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la presente Resolución, indicándoles que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 20 de diciembre de 2024.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2024-11363.