Resolución de 20 de diciembre de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se fija la distribución definitiva de los créditos estimativos previstos en la convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.
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SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPEPA)
En relación con la convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 10 de septiembre de 2024 (BOPA n.º 181, de 17 de septiembre de 2024), del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias se convocan subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.
Esta convocatoria se rige por la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación, publicada en el BOE de 5 de octubre de 2022.
Segundo.—Que, el apartado "Noveno" de la citada Convocatoria preveía una financiación para la realización de las acciones formativas, y con carácter estimativo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, trece millones quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres euros con treinta y tres céntimos (13.583.333,33 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.741.001, 85.01.322J.761.006, 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2024/000101 CS EDUCACIÓN: Conv. desempleados 24/25) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias y con la siguiente distribución, estimativa, por anualidades:
Partida presupuestaria | Código proyecto | 2024 | 2025 | Total |
---|---|---|---|---|
85.01.322J.741.001 | 2024/000101 | 50.000,00 | 33.333,33 | 83.333,33 |
85.01.322J.761.006 | 50.000,00 | 33.333,33 | 83.333,33 | |
85.01.322J.771.012 | 5.050.000,00 | 3.366.666,67 | 8.416.666,67 | |
85.01.322J.781.032 | 3.000.000,00 | 2.000.000.00 | 5.000.000,00 | |
Total | 8.150.000,00 | 5.433.333,33 | 13.583.333,33 |
Tercero.—Que, las solicitudes en fecha 18 de noviembre de 2024, han sido analizadas por la Comisión de Valoración prevista en el punto 2 del Apartado "Undécimo" de la citada Convocatoria pública. Procediéndose a su publicación en la web www.trabajastur.com durante un plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación para formular alegaciones, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 29 de octubre de 2024, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se acuerda la tramitación de urgencia del procedimiento iniciado por Resolución de 10 de septiembre de 2024, del Servicio Público de Empleo. Dicho plazo finalizo el 26 de noviembre de 2024.
Cuarto.—Con fecha 29 de noviembre de 2024, la Comisión de Valoración analiza las alegaciones presentadas por las entidades siguientes: Agorastur, Femxa Formación S. L., Carac Siglo XXI, S. L., Ingeniería Asturiana de Desarrollo y Comunicaciones, S.L., L'Arguma, S. L., Centro Astur de Formación Integral, S. L, Asociación del Automóvil del Principado de Asturias, Asociación Cultural Norte Joven Mieres, Mentiona, S. L., AFA Formación Continua, S. L., Asturnet,S. L., Instituto Tecnólogico del Cantábrico, S. L., San Jorge Formación, S. L., Dicampus, S. L., Ibecon 2003, S. L., Adalid Servicios Corporativos, S. L., Interpros Next Generation, S. L. U., Restauradores Bercianos, S. L., Gabinete de Recolocación Industrial, S. L., Agrupación de Sociedades Asturianas de Trabajo Asociado (ASATA), Acción Laboral y la Asociación de Mujeres La Trebede, formulándose la correspondiente propuesta de concesión/denegación de subvenciones.
Quinto.—Que, a la vista de la mencionada propuesta, resulta necesario fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la Convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, que queda como sigue:
trece millones quinientos ochenta y un mil novecientos cincuenta y seis euros con diez céntimos (13.581.956,10 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2024/000101) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
• 2024: ocho millones ciento cuarenta y nueve mil ciento setenta y tres euros con setenta y seis céntimos (8.149.173,76 €): 6.072.857,95 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 2.076.315,81 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
• 2025: cinco millones cuatrocientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos euros con treinta y cuatro céntimos (5.432.782,34 €): 4.048.571,80 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 1.384.210,54 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
Se observa un sobrante respecto a la financiación inicial de la convocatoria, que no va a ser objeto de reparto, por un importe total de mil trescientos setenta y siete euros con veintitres céntimos (1.377,23 €) que no se destina a la programación de acciones, al no ser suficiente para la concesión de subvenciones a la siguiente acción formativa mejor puntuada, y con la siguiente distribución por anualidades:
Aplicación | 2024 | 2025 | Total |
---|---|---|---|
85.01.322J.781.032 | 826,24 € | 550,99 € | 1.377,23 € |
Total | 826,24 € | 550,99 € | 1.377,23 € |
Fundamentos de derecho
Primero.—En virtud del Decreto 76/2023, de 18 de agosto, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, del Decreto 39/2009, de 3 de junio, de estructura orgánica básica del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 214/2023, de 16 de diciembre, las competencias en materia de formación profesional para el empleo corresponden al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
Segundo.—El Presidente del Servicio Público de Empleo es competente para conocer de los hechos objeto del expediente, en virtud del artículo 11.1 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, en relación con el artículo 13.1 e) de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo.
Tercero.—Dispone el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/20006, de 21 de julio (BOE de 25 de julio de 2006), que en aquellas convocatorias, en las que se haya atribuido carácter estimativo a la distribución de la cuantía máxima entre distintos créditos presupuestarios, el órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria.
Cuarto.—Según lo dispuesto en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en relación con el artículo 8.a), de la Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo, así como con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos sujetos al derecho administrativo de los órganos de gobierno del Servicio Público de Empleo, no agotan la vía administrativa y son recurribles en alzada ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho mencionados y que son de aplicación,
RESOLUCIÓN
Primero.—Fijar la distribución definitiva del gasto convocado al amparo de la Convocatoria de subvenciones públicas para 2024-2025 con destino a acciones de formación para el empleo conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, que queda como sigue:
trece millones quinientos ochenta y un mil novecientos cincuenta y seis euros con diez céntimos (13.581.956,10 €) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 85.01.322J.771.012 y 85.01.322J.781.032 (Código de Proyecto 2024/000101) de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, de acuerdo con la siguiente distribución por aplicaciones y anualidades:
• 2024: ocho millones ciento cuarenta y nueve mil ciento setenta y tres euros con setenta y seis céntimos (8.149.173,76 €): 6.072.857,95 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 2.076.315,81 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
• 2025: cinco millones cuatrocientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos euros con treinta y cuatro céntimos (5.432.782,34 €): 4.048.571,80 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.771.012 y 1.384.210,54 € con cargo a la aplicación 85.01.322J.781.032.
Se observa un sobrante respecto a la financiación inicial de la convocatoria, que no va a ser objeto de reparto, por un importe total de mil trescientos setenta y siete euros con veintitres céntimos (1.377,23 €) que no se destina a la programación de acciones, al no ser suficiente para la concesión de subvenciones a la siguiente acción formativa mejor puntuada, y con la siguiente distribución por anualidades:
Aplicación | 2024 | 2025 | Total |
---|---|---|---|
85.01.322J.781.032 | 826,24 € | 550,99 € | 1.377,23 € |
Total | 826,24 € | 550,99 € | 1.377,23 € |
Segundo.—Notificar a los interesados, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, la presente Resolución, indicándoles que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995 de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Oviedo, a 20 de diciembre de 2024.—El Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.—Cód. 2024-11305.