Anuncio. Aprobación de las bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección para la contratación de 4 Peones de Servicios Múltiples, con destino a la ejecución de planes de empleo, en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local 2024-2025 del Ayuntamiento de Tineo.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Mediante Resolución del Concejal Delegado de Personal y Régimen Interior de fecha 29 de noviembre de 2024, se acuerda:
Primero.—Aprobar las bases reguladoras que regirán el proceso de selección para la contratación de 4 peones de servicios múltiples, así como la creación de una lista de reserva, con destino al Plan de Empleo 2024-2025 del Ayuntamiento de Tineo (Programas a ejecutar en el período 2025), que figuran como anexo a la presente resolución.
Segundo.—Aprobar su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Tablón de anuncios y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Tineo.
Tercero.—El inicio de período de presentación de solicitudes para concurrir a la convocatoria será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de las bases reguladoras y convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cuarto.—Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicara listado provisional de candidatos admitidos y excluidos, disponiendo los excluidos de cinco días hábiles para la subsanación de los errores que se detecten en su caso, transcurrido este plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición. La subsanación de defectos deberá realizarse preferentemente en el Registro General del Ayuntamiento de Tineo.
Quinto.—La presente resolución es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo se podrá interponer por los particulares interesados recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio, en el caso de Administraciones Públicas, de hacer uso del previo requerimiento previsto en el artículo 44 del citado cuerpo legal. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Sexto.—Transcríbase esta resolución en el libro correspondiente, notifíquese a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, trasládese a las dependencias administrativas afectadas y dese cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.
En Tineo, a 3 de diciembre de 2024.—El Concejal D. Personal.—Cód. 2024-10779.
Anexo
PROPUESTA DE BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS A CONTRATAR Y LA CREACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA CON DESTINO AL PLAN DE EMPLEO EN EL MARCO DE LOS ITINERARIOS INTEGRADOS DE ACTIVACIÓN EN EL ÁMBITO LOCAL 2024 DEL AYUNTAMIENTO DE TINEO
1.—Objeto.
Es objeto de las presentes bases, regular el proceso de selección para la contratación como personal laboral temporal por parte del Ayuntamiento de Tineo, de 4 personas desempleadas, de las que 3 de ellas lo serán durante un período de 12 meses a jornada completa y 1 de ellas durante un período de 284 días a jornada completa, así como la creación de una lista de reserva tras el proceso de selección inicial con los/as trabajadores/as que, habiendo superado el proceso selectivo, no han obtenido suficiente puntuación para acceder a los puestos de trabajo ofertados.
El contrato estará estrictamente vinculado al desarrollo del Plan de Empleo 2024 del Ayuntamiento de Tineo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local, según Resolución de 27 de julio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de Planes de empleo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local (BOPA núm. 178, de 2-VIII-2017) modificadas por Resolución de 12 de septiembre de 2017 (BOPA núm. 216, de 18-IX-2017) y por Resolución de 4 de septiembre de 2020 (BOPA núm. 184, de 22-IX-2020), así como por la Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de 17 de junio de 2024 por la que se aprueba la Convocatoria 2024 de concesión de subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias: Planes de empleo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local (BOPA n.º 124, de 26-VI-2024).
2.—Puestos de trabajos ofertados.
Ocupación | Número de puestos | Retribución bruta mensual (*) |
---|---|---|
PEONES DE SERVICIOS MÚLTIPLES (obras y gestión de residuos) | 4 | 1.266,16 €/mensuales |
(*) Retribución bruta mensual, 14 mensualidades, de acuerdo con la tabla salarial 2024-2025 del Convenio colectivo para el personal laboral contratado por los Ayuntamientos dentro del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social |
Las obras y servicios a los que se destinaran estos trabajadores/as, serán exclusivamente las definidas en el Plan de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Tineo a ejecutar por los trabajadores/as contratados en su Plan de Empleo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local-Convocatoria 2024, aprobado por Resolución de Alcaldía nro. 1432/2024 de 2 de octubre de 2024.
3.—Publicidad del proceso selectivo.
Con el fin de dar adecuada publicidad al proceso selectivo, el Ayuntamiento de Tineo remitirá oferta de empleo a la oficina del Servicio Público de Empleo de Tineo, a efectos de su difusión a través de Trabajastur.
A efectos de su máxima difusión, las presentes bases y convocatoria, se publicaran en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, Sede electrónica del Ayuntamiento de Tineo y en la página web municipal (www.tineo.es).
4.—Requisitos generales de participación.
Para participar en el proceso selectivo, los/as candidatos/as deben cumplir los siguientes requisitos con carácter general:
— Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los "Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social" que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.
— Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
— No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.
5.—Requisitos específicos de participación.
Los aspirantes a contratar dentro de los Planes de Empleo, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.—Requisitos a fecha 26 de junio de 2024:
1.1. Pertenecer a uno de los siguientes colectivos:
a) Parados de larga duración. A los efectos de la presente Convocatoria, se consideran paradas de larga duración, las personas que en los doce meses inmediatamente anteriores al 26 de junio de 2024, no hayan trabajado o participado en un programa de formación que conlleve una relación laboral de más de noventa y tres días. Para el cómputo de días, se tendrán en cuenta las fechas de alta y baja que figuran en el informe de vida laboral de las personas desempleadas. En los supuestos de jornada a tiempo parcial se tendrá en cuenta el equivalente en días trabajados que bajo tal epígrafe figuran en el certificado de vida laboral.
b) Personas en situación de exclusión social. Entendiendo por tales, a las incluidas en los colectivos establecidos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
1.2. No ser perceptores de prestación por desempleo a nivel contributivo.
2.—Requisitos a fecha de inicio del contrato de trabajo:
2.1. Estar inscritos/as como demandantes de empleo no ocupados/as en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
2.2. Formalizar, en el momento de su contratación, el compromiso de seguir el itinerario personalizado de inserción que será remitido por el Ayuntamiento al Servicio Público de Empleo.
Exclusiones:
No podrán participar en la presente convocatoria, aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento de Tineo de una duración superior a 122 días, formalizada al amparo de alguno de los siguientes programas de subvenciones:
— Convocatoria 2022 de concesión de subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del SEPEPA en la línea correspondiente a Planes de empleo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de 21 de julio de 2022, BOPA de 29 de julio).
— Convocatoria 2023 de concesión de subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del SEPEPA en la línea correspondiente a Planes de empleo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de 4 de abril de 2023, BOPA de 14 de abril).
6.—Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud, en modelo normalizado según anexo I, que se encuentra disponible en las dependencias municipales y en la página web municipal (www.tineo.es), se presentará en horario de 9:00 a 14:00 en el Registro General del Ayuntamiento de Tineo presencialmente o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, acompañada de la documentación señalada en el punto siguiente, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Si la solicitud se presentara en registro distinto al del Ayuntamiento de Tineo, se remitirá por fax (núm. 985800233) antes de la fecha de expiración del plazo, el documento de registro de entrada en el que se efectuó la aportación de la documentación necesaria.
El hecho de presentar la solicitud, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado/a en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.
7.—Documentación a presentar.
Los/as candidatos/as deberán aportar junto a la solicitud de participación en modelo normalizado (Anexo I), la siguiente documentación:
1. Fotocopia del DNI sin recortar, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
2. En su caso a efectos de valoración en la fase de concurso, fotocopia de la acreditación de una situación de violencia de género:
— Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
— Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán, excepcionalmente, acreditar esta situación a través de un informe de la Consejería competente en materia de igualdad, o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por órgano competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas victimas.
Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Por motivos de seguridad, los datos personales de las mujeres víctimas de violencia de género, tendrán carácter reservado y serán de acceso restringido, siendo custodiados con especial cautela, arbitrándose los mecanismos necesarios para proteger la identidad de estas mujeres.
3. En su caso a efectos de valoración en la fase de concurso, fotocopia del Certificado acreditativo de discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante, expedido por el IMSERSO u Organismo Autónomo equivalente.
Las circunstancias personales valorables en la fase de concurso previstas en los apartados 2 y 3, se deberán indicar necesariamente en la solicitud de participación en el proceso selectivo acompañándose de la documentación acreditativa en su caso, entendiéndose que la persona solicitante renuncia al baremo de los puntos correspondientes, si no la indica o no presenta junto a la solicitud, la documentación acreditativa de estas circunstancias.
8.—Órgano de selección.
La Comisión de Selección de Contratación estará compuesta por:
Presidente: Un/a empleado/a público del Ayuntamiento de Tineo.
Secretario: Un/a funcionario/a público del Ayuntamiento de Tineo.
Vocales: Tres designados por el Ayuntamiento de Tineo entre sus empleados públicos con nivel de titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a los puestos convocados en las presentes bases reguladoras.
Los miembros de la Comisión de Selección de Contratación podrán contar con la presencia de asesores, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren.
Podrán designarse suplentes que actuaran, en su caso, en sustitución de los titulares.
La Comisión de Selección de Contratación será colegiada y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
La pertenencia a la Comisión de Selección de Contratación será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los miembros de la Comisión de Selección de Contratación deberán abstenerse de actuar si en ellos concurriera alguna de las circunstancias del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por esas mismas causas podrán ser recusados por los aspirantes resolviéndose la recusación con arreglo a lo previsto en el artículo 24 de la citada Ley.
La Comisión de Selección de Contratación, está facultada para resolver cualquier incidencia no prevista en estas bases o en la legislación aplicable, tomando los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo prevenido en ellas y en la normativa complementaria, así como adoptar las medidas necesarias para el mantenimiento del orden y la buena marcha del proceso selectivo incluida la descalificación de aquellos aspirantes que vulneren las leyes, las bases de la convocatoria o se conduzcan de modo que incurran en abuso, fraude o falta de respeto al tribunal.
Para su constitución y actuación validas se requerirá la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, la del Presidente y Secretario.
9.—Admisión y exclusión de aspirantes.
Se entenderán admitidos al proceso selectivo aquellos aspirantes que presentada la solicitud en el plazo establecido, cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y convocatoria, si bien, una vez finalizado el proceso de selección, si de la comprobación de la documentación previa a la contratación resultara que, la persona propuesta no reuniese alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases y convocatoria o en la normativa vigente, se resolverá su exclusión del proceso selectivo decayendo el/la interesado/a en los derechos e intereses legítimos a ser contratado/a.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicara la lista provisional de admitidos y excluidos con indicación del motivo de exclusión en su caso, en la Sede electrónica y Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tineo y página web municipal.
El plazo de subsanación si esta fuera posible, será de cinco días hábiles, transcurrido este plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición. La subsanación de defectos deberá realizarse preferentemente en el Registro General del Ayuntamiento de Tineo.
Finalizado el plazo de subsanación, se publicara la lista definitiva de admitidos y excluidos en los mismos medios, indicándose en la misma, el día, hora y lugar en que tendrán lugar las pruebas selectivas, así como la designación nominal de la Comisión de Selección de Contratación.
10.—Sistema de acceso.
El sistema de acceso será el de concurso-oposición, con la utilización de un baremo, que una vez superada la prueba selectiva, atenderá a la situación personal del aspirante.
Fase de Oposición: Constara de dos fases. Una prueba tipo test y una prueba práctica. Los aspirantes realizarán una prueba escrita tipo test relacionada con las funciones propias del perfil demandado y cuyo temario figura como anexo a estas bases reguladoras, cuya extensión, duración y contenido exacto será determinado por la Comisión de Selección de Contratación antes de su comienzo. La prueba será calificada de 0 a 10 puntos. Se considerará apto/a el/la candidato/a que obtenga, al menos, 5 puntos en esta fase, otorgándole la puntuación correspondiente. No obstante, la Comisión de Selección de Contratación podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección.
Los aspirantes que superen la prueba tipo test, realizaran un ejercicio práctico. El ejercicio práctico versara sobre funciones relacionadas con el perfil demandado y su contenido y duración exacta será determinado por la Comisión de Selección de Contratación antes de su comienzo. La prueba será calificada de 0 a 10 puntos. Se considerará apto/a el/la candidato/a que obtenga, al menos, 5 puntos en esta fase, otorgándole la puntuación correspondiente. La realización de la prueba podrá ser grabada en un sistema de vídeo y audio para su constancia en el expediente, sin que, en ningún caso sea objeto de publicación por ningún medio. Los aspirantes que concurran a la prueba, aceptan la grabación de su imagen y sonido que pudiera realizarse a estos efectos.
La puntuación de la fase de oposición, será la suma de la puntuación obtenida en la prueba tipo test y en la prueba práctica.
Fase de Concurso: A aquellos aspirantes que hayan superado la prueba selectiva, siempre que se encuentren en alguna de las circunstancias descritas a continuación, se les realizará una valoración de su situación personal.
Para la valoración de dicha situación personal se tendrán en cuenta los siguientes criterios, hasta un máximo de 2,50 puntos, siguiendo este orden de prelación:
1. Personas mayores de 52 años a fecha 26 de junio de 2024: 1,00 punto.
2. Mujeres víctimas de violencia de género: 1,00 punto.
3. Personas con discapacidad: 0,50 puntos.
A la finalización del proceso selectivo, se publicara el resultado de las fases de concurso y oposición con las puntuaciones obtenidas por cada candidato/a, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones no superior a tres días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación.
En el que caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden:
1.º Quien lleve mayor tiempo inscrito como demandante de empleo a fecha 26 de junio de 2024.
2.º Quien tenga más edad a fecha 26 de junio de 2024.
3.º Por sorteo, efectuado en presencia de los/as aspirantes.
En primer lugar se propondrá la contratación durante un período de 12 meses a jornada completa de los tres candidatos con mayor puntuación en la fase de concurso-oposición que hayan superado el proceso selectivo y a continuación, se propondrá la contratación durante un período de 284 días a jornada completa del siguiente candidato que haya superado el proceso selectivo con mayor puntuación en la fase de concurso-oposición.
Los/as aspirantes que habiendo superado la fase de concurso-oposición no hayan sido seleccionados, integrarán una lista de reserva para sustituir, en su caso, a los/as trabajadores/as inicialmente seleccionados/as.
11.—Contratación.
Finalizadas las pruebas selectivas, se formulará propuesta al órgano que corresponda para la contratación del/los aspirante/s de acuerdo con las particularidades señaladas en el apartado anterior, publicándose la relación de personas a contratar en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Tineo y en la página web municipal, señalándose el plazo de que disponen los/as aspirantes para aportar la documentación recogida en la base 12.ª, necesaria para efectuar la contratación, el día, hora y lugar en el que los aspirantes formalizarán el contrato de trabajo, así como cualquier otra incidencia que, desde el ámbito municipal, se considere conveniente realizar.
Previa comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos y las circunstancias personales acreditadas, se formalizará contrato de trabajo temporal para cada uno de los puestos ofertados, resultando de aplicación el Convenio colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016-2019).
Si de la comprobación de la documentación previa a la contratación resultara que, la persona propuesta no reuniese alguno de los requisitos establecidos en estas bases reguladoras y convocatoria o en la normativa vigente, se resolverá su exclusión del proceso selectivo decayendo el/la interesado/a en los derechos e intereses legítimos a ser contratado/a.
De acuerdo con el precitado convenio, se fija un período de prueba de un mes.
12.—Documentación a presentar para la verificación de cumplimiento de requisitos y en su caso formalización de contrato de trabajo.
1. Informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
2. Certificado de no ser perceptor de prestaciones por desempleo de nivel contributivo expedido por el Servicio Público de Empleo a fecha 26 de junio de 2024.
3. En caso de declarar la pertenencia al colectivo de personas en riesgo de exclusión social: Informe acreditativo de exclusión social expedido por los Servicios Sociales Públicos correspondientes.
4. Informe de situación en desempleo en el que figure inscrito como demandante de empleo no ocupado/a en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
5. Certificado médico oficial.
6. Declaración del trabajador/a subvencionado/a autorizando a la Administración del Principado de Asturias para que pueda consultar sus datos de identidad, vida laboral, de cumplir los requisitos exigidos por la normativa aplicable a la convocatoria 2024 de concesión de subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la linea de actuación: Subvenciones para la ejecución de Planes de empleo en el marco de los Itinerarios Integrados de Activación en el ámbito local, de conocer el carácter subvencionado de su contrato por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por el Servicio Público de Empleo Estatal y por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa FSE+2021-2027, de seguir el itinerario personalizado de inserción y facilitar la información precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados de acuerdo con lo que establezca la normativa reguladora del Programa FSE+2021-2027 u otro que lo sustituya (El modelo se facilitara por el Ayuntamiento para su cumplimentación y firma).
7. Cuestionario para elaborar los indicadores FSE+ de realización y resultados recogidos en el anexo I del reglamento (UE) n.º 202/1057 de 24 de junio (El modelo se facilitara por el Ayuntamiento para su cumplimentación y firma).
8. Número de cuenta bancaria.
13.—Sustituciones.
Si dentro del período de prueba de un mes se apreciase que alguna de las personas contratadas no cumpliese las condiciones exigidas o mostrase escaso interés en el trabajo a realizar, se procederá a la notificación de su baja por no superación del período de prueba.
Si una vez ocupado el puesto de trabajo alguna de las personas seleccionadas causase baja, la elección del sustituto/a recaerá sobre el siguiente aspirante de la lista de reserva constituida tras el proceso de selección inicial siempre que cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases.
Si la lista de reserva no existiera o se hubiera agotado, este Ayuntamiento realizaría un nuevo proceso selectivo.
14.—Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
Los/as interesados/as podrán interponer, ante el órgano competente de la entidad local, los recursos de alzada y potestativo de reposición que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15.—Protección de datos.
En virtud de lo establecido en la Ley 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, los datos facilitados por las personas participantes en este proceso de selección de personal serán tratados por parte del Ayuntamiento de Tineo en los siguientes términos y condiciones:
— Responsable: Ayuntamiento de Tineo.
— Finalidad: Los datos son recabados para gestionar la solicitud de admisión a las pruebas de acceso para la contratación laboral de trabajadores/as subvencionados/as en la linea de Planes de Empleo en el marco de los Itinerarios integrados de activación en el ámbito local.
— Plazos de Conservación: Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para la resolución del procedimiento y para determinar las posibles responsabilidades que se puedan derivar. Asimismo se estará a los plazos de conservación previstos por la legislación aplicable y a los criterios de archivo temporal y definitivo del Ayuntamiento de Tineo.
— Legitimación: Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos, según el artículo 6. 1 e) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
— Destinatarios: Los datos personales no se cederán a terceros a no ser por obligación legal.
— Derechos: Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan ante el Ayuntamiento de Tineo, Plaza del Ayuntamiento, s/n, código postal 33870 de Tineo, Asturias, o enviando un correo electrónico a la dirección: dpd.ayuntamientos@i-cast.es
16.—Cofinanciación.
Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por el Servicio Público de Empleo Estatal y el Fondo Social Europeo en el marco del Programa FSE+ 2021-2027.
Anexo
Temario
Tema 1: Nociones de aritmética y cálculos sencillos.
Tema 2: Conocimientos básicos de normas de seguridad y de higiene en el trabajo.
Tema 3: Nociones básicas de albañilería. Uso y conocimientos de materiales, maquinaria, útiles y herramientas.
Tema 4: Nociones básicas de limpieza. Uso y conocimientos de productos y materiales, maquinaria, útiles y herramientas.
Tema 5: Ética y deontología profesional: El buen uso de los recursos públicos.
Tema 6: La Constitución Española de 1978.
Tema 7: Geografía del concejo de Tineo.
Tema 8: Historia, cultura y tradiciones del concejo de Tineo.
Tema 9: Organización municipal del ayuntamiento de Tineo.
Tema 10: Recursos económicos y turísticos del concejo de Tineo.