Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se aprueba la segunda modificación parcial del Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2024-2026.

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El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia en la esfera de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Por Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la citada Consejería para el período 2024-2026 (BOPA n.º 54 de 15 de marzo de 2024).

Por Resolución de 17 de octubre de 2024, se aprueba la Primera modificación del Plan referido en el apartado anterior, incorporando en el apartado III c) del anexo de la referida resolución una línea de subvención a la Fundación Cruz de los Ángeles destinada a atender los gastos de participación en la jornada de trabajo organizada por la Comisión Europea y la Fundación la Caixa para reflexionar sobre la lucha contra la pobreza y la exclusión infantil.

En fecha 27 de noviembre de 2024, la Viceconsejería de Justicia ha planteado la necesidad de realizar una modificación en el Plan citado, concretamente, en la subvención a los Colegios Profesionales de Abogados y de Procuradores de Oviedo y de Gijón, para garantizar el derecho a la asistencia jurídica gratuita y el funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita durante el ejercicio 2024; resultando necesario incrementar en un 1.400.000 euros la dotación consignada para este año en la aplicación 12.06.141B.489.055, al resultar ésta insuficiente toda vez que la cuantía prevista inicialmente, se fundamenta en una estimación, al no resultar posible tener la certeza del volumen de peticiones de asistencia jurídica gratuita que se pueden recibir.

Con posterioridad, el 2 de diciembre de 2024, la Viceconsejería de Justicia, señala que resulta necesario modificar también la cuantía prevista para la anualidad 2025, en la referida subvención a los Colegios Profesionales de Abogados y de Procuradores de Oviedo y Gijón, para la atención y funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita, incrementándola en 750.000 euros, para adaptarla a las previsiones contenidas en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2025.

En atención a lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la Segunda modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, aprobado por Resolución de 12 de marzo de 2024, en el sentido de modificar las cuantías correspondientes a los años 2024 y 2025 del apartado III b). Subvenciones cuyo otorgamiento viene impuesto por una norma de rango legal, que se indica a continuación:

Subvención a los Colegios Profesionales de Abogados y de Procuradores de Oviedo y Gijón para la atención y funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita.

Donde dice:

5. COSTES

2024

8.000.000 euros

2025

8.000.000 euros

2026

8.000.000 euros

Debe decir:

5. COSTES

2024

9.400.000 euros

2025

8.750.000 euros

2026

8.000.000 euros

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 3 de diciembre de 2024.—El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, Guillermo Peláez Álvarez.—Cód. 2024-10789.

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