Anuncio. Modificación de normas de llamamiento.
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Con fecha 22 de noviembre de 2024 se ha dictado por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Administración General y Administración Electrónica la Resolución n.º 8443 cuyo tenor literal es el siguiente:
"A la vista la propuesta de fecha 11 de octubre de 2024 (ORG18I059F), emitida por el Concejal Delegado de Recursos Humanos, Administración General y Administración Electrónica, relativa a la incorporación de una disposición adicional cuarta a las normas sobre personal temporal que presta servicios en el Ayuntamiento de Avilés y sus organismos públicos: Fundación Municipal de Cultura y Fundación Deportiva Municipal, aprobadas por Resolución n.º 6003/2024, de 19 de agosto, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 179, de 13 de septiembre de 2024.
Teniendo en cuenta:
Primero.—El artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), otorga a los municipios, en su calidad de Administraciones Públicas de carácter territorial, la potestad de autoorganización, que supone el reconocimiento a estas entidades de la capacidad organizativa necesaria para ordenar internamente sus estructuras, a fin de procurar la satisfacción de los intereses que tienen encomendados, así como el adecuado ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico les atribuye. La gestión de los recursos humanos propios de la respectiva entidad local se incardina dentro de dicha potestad de autoorganización, la cual no es incondicionada, sino que debe respetar los límites previstos con carácter general por las disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación.
En consonancia con lo expuesto, esta Administración ha aprobado las normas sobre personal temporal que presta servicios en el Ayuntamiento de Avilés y sus organismos públicos: Fundación Municipal de Cultura y Fundación Deportiva Municipal, aprobadas por Resolución n.º 6003/2024, de 19 de agosto (BOPA n.º 179, de 13 de septiembre de 2024).
Segundo.—Se incorpora una nueva disposición adicional cuarta, "Reingresos y ceses", en las referidas normas, por medio de la cual se pretende efectuar una regulación detallada del procedimiento a seguir en caso de reingreso al servicio activo del personal funcionario de carrera o laboral fijo proveniente de situaciones administrativas en las cuales no se reconozca el derecho a la reserva de puesto de trabajo, así como del personal temporal a quien se hubiese reconocido el derecho al reingreso, determinándose el modo de realizar la correspondiente asignación de puestos de trabajo, así como los criterios para el cese del personal temporal que pueda verse afectado por dicho reingreso.
Tercero.—La nueva disposición adicional cuarta resulta acorde con la regulación establecida con carácter general en la normativa de aplicación en la materia, limitándose a establecer el procedimiento interno a seguir en los supuestos referenciados como expresión de la potestad de autoorganización que esta Administración tiene expresamente reconocida por mandato legal, sin que exista extralimitación alguna en la potestad ejercida.
Cuarto.—Desde un punto de vista formal, la materia objeto de propuesta es una de las previstas en el artículo 37.1.c) y m) TREBEP, que tiene que ser objeto de negociación. En cumplimiento de lo anterior, se acredita en el expediente de referencia que la propuesta ha sido objeto de actividad negociadora en el seno de la Mesa General de Negociación del artículo 34 y del artículo 36.3 del TREBEP.
Visto el informe de la Técnico de Administración General de Recursos Humanos de fecha 15 de octubre de 2024,
Dispongo
Primero.—Incorporar a las vigentes normas sobre personal temporal que presta servicios en el Ayuntamiento de Avilés y sus organismos públicos: Fundación Municipal de Cultura y Fundación Deportiva Municipal, una disposición adicional cuarta con el siguiente tenor literal:
Disposición adicional Cuarta.—Reingresos y ceses
1. Cuando un funcionario de carrera o personal laboral fijo solicitase el reingreso al servicio activo y no ostentase derecho a reserva de puesto, se le adscribirá provisionalmente a un puesto de trabajo vacante, reservado a la plaza a la que pertenezca el empleado que solicita el reingreso y en la misma subárea, o en caso de que esta no existiese subárea o no hubiera vacante en la misma, en el área donde hubiera prestado servicios efectivos por última vez o hubiera resultado el destino elegido al momento de elección de puesto de trabajo, previo a la toma de posesión, para posteriormente ser declarado en situación administrativa sin derecho a reserva de puesto.
En este caso, cesará el funcionario interino o personal laboral temporal de menor antigüedad en el subárea, o en caso de que ésta no existiese, el de menor antigüedad en el área.
2. En el supuesto de que en el área donde hubiera prestado servicios efectivos por última vez o hubiera resultado el destino elegido al momento de elección de puesto de trabajo, previo a la toma de posesión, para posteriormente ser declarado en situación administrativa sin derecho a reserva de puesto, no existiera vacante, no existiese tal área por amortización de la misma o reorganización administrativa, o no tuviera área de adscripción previa, el funcionario de carrera o personal laboral fijo se adscribirá provisionalmente al puesto de trabajo reservado a la plaza a la que pertenezca el empleado y ocupado por el interino de menor antigüedad en el Ayuntamiento de Avilés, Fundación Municipal de Cultura o Fundación Deportiva Municipal.
3. El procedimiento regulado en los apartados anteriores se aplicará de igual modo en los supuestos de reingreso de empleados públicos de carácter temporal a los que se haya reconocido dicho derecho.
Segundo.—Publicar esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el citado Boletín Oficial y afectará a todas las listas de empleo y bolsas de trabajo vigentes a dicha fecha."
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
En Avilés, a 29 de noviembre de 2024.—El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Administración General y Administración Electrónica (por delegación de la Alcaldesa de 26 de junio de 2023).—Cód. 2024-10592.