Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se dispone la ejecución de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo 219/2024. Expte. SVTC 3375/2023.
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Visto el testimonio de firmeza de la sentencia número 717/2024, de 10 de septiembre, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, dictada en el procedimiento ordinario 219/2024, interpuesto por Miurchi Car, S. L., contra la resolución de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios del Gobierno del Principado de Asturias por la que se desestima la solicitud de concesión de autorización de transporte de alquiler de vehículos con conductor (VTC).
Considerando que la referida sentencia ha adquirido firmeza y que en orden a su ejecución debe observarse lo establecido en el artículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado de Asturias, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, por el que se atribuyen a la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios las competencias relativas a transportes, conectividad y movilidad,
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
"Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña R. D. U, en nombre y representación de Miurchi Car, S. L., contra la Resolución de 15 de diciembre de 2023 de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios del Principado de Asturias por la que desestima la alzada contra la Resolución, de 18 de julio de 2023, por la que desestima la solicitud de concesión de 200 autorizaciones de transporte de alquiler de vehículos con conductor (VTC), por ser contrarias a derecho y, en consecuencia, nulas debiendo retrotraer las actuaciones en vía administrativa para que la Administración del Principado de Asturias se pronuncie de conformidad con la normativa vigente en el momento en que se formalizó la solicitud, debiendo desestimar el recurso en todo lo demás.
No procede imponer las costas a ninguna de las partes."
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 18 de noviembre de 2024.—El Consejero de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2024-10590.