Resolución de Alcaldía. Resolución de cese y nombramiento de alcaldes de barrio de parroquias.
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El Sr. Alcalde Presidente con fecha 4 de octubre de 2024, ha dictado la siguiente
Resolución
"En relación al expediente arriba codificado, relativo a alcaldes de barrio, corporación 2023/2027, y en base a las siguientes consideraciones:
• Con fecha 20 de agosto de 2024 y número de registro de entrada 4.469, Dña. Carmen Fernández Rodríguez, presenta por escrito su renuncia al cargo de Alcaldesa de la Parroquia de Besullo.
• Con fecha 4 de septiembre de 2024, D. Javier González Menéndez, presenta por escrito su renuncia al cargo de Alcalde de la Parroquia de San Pedro de Arbas.
• En fechas anteriores, D. Ceferino José Pérez Marcos manifiesta verbalmente su intención de renunciar al cargo de Alcalde de la Parroquia de Obanca.
En uso de las facultades que me confiere el art. 20 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, del texto refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, art. 122 del Real Decreto 2.568/96, de 28 de noviembre, por el que se regula la Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás legislación actualmente vigente,
RESUELVO
Primero.—Admitir las renuncias presentadas y cesar, con fecha de hoy, a los siguientes Alcaldes de Barrio, agradeciéndoles la labor efectuada durante el tiempo que han ejercido el cargo:
Parroquia | Alcalde/sa de Barrio | DNI |
---|---|---|
Besullo | Dña. Carmen Fernández Rodríguez | ***9139** |
Obanca | D. Ceferino José Pérez Marcos | ***5142** |
San Pedro de Arbas | D. Javier González Menéndez | ***9124** |
Segundo.—Nombrar a la persona que a continuación se relaciona, como representantes del Alcalde (Alcaldes de Barrio) en la citada Parroquia del Concejo de Cangas del Narcea que se señala a continuación, quien tendrá carácter de autoridad en el cumplimiento de sus cometidos municipales:
Parroquia | Alcalde/sa de Barrio | DNI |
---|---|---|
Obanca | D. Rafael Marcos Fuertes | ***4442** |
Tercero.—La duración del cargo del nombrado estará sujeta a la del mandato del Alcalde y las causas de remoción serán las indicadas en el artículo 122 de Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Cuarto.—El ámbito de sus competencias será:
• La mediación con el vecindario para presentar ante el Ayuntamiento al que pertenece el barrio las reivindicaciones de sus conciudadanos, así como dar a conocer a los vecinos la información de actividades que quiera difundir el Ayuntamiento y que afecten a dicho barrio.
• Emitir informes referidos únicamente a circunstancias de hecho de las que tenga el representante conocimiento directo y no a través de terceros, informes que serán gratuitos, salvo que en las ordenanzas municipales se establezca lo contrario.
• Como representante personal del Alcalde en el Barrio, cualquier otra actuación o cometido específico o concreto que la Alcaldía-Presidencia o el Concejal Delegado competente considere oportuno asignarle, sin que ello implique, en ningún caso, una delegación de atribuciones o competencias.
Todo ello de conformidad con lo previsto en la vigente legislación de régimen local.
Quinto.—Notificar la presente resolución a los alcaldes de barrio citados, considerándose aceptado tácitamente el nombramiento, salvo manifestación expresa en contra; a los distintos Servicios municipales y proceder a su publicación en el Tablón de Edictos Municipal y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Sexto.—Dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.
En Cangas del Narcea, a 27 de noviembre de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-10530.