Anuncio. Convocatoria de ayudas económicas para el pago del impuesto sobre bienes inmuebles relativos a personas y familias del municipio de Carreño, ejercicio 2024.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Anuncio

Por Resolución de la Alcaldía n.º 3016, de fecha 25 de noviembre de 2024, se resolvió:

Primero.—Avocar la competencia para la aprobación de la convocatoria y las bases para la concesión de ayudas económicas para el pago del impuesto sobre bienes inmuebles relativos a personas y familias del municipio de Carreño, para el año 2024.

Segundo.—Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas económicas para pago del impuesto sobre bienes inmuebles relativos a personas y familias del municipio de Carreño, para el año 2024.

Tercero.—Aprobar las bases que regirán dicha convocatoria, según anexo que se adjunta al presente acuerdo.

Cuarto.—Remitir el presente acuerdo al Boletín Oficial del Principado de Asturias para su publicación, abriendo un plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Quinto.—Autorizar el gasto que supone para el Ayuntamiento de Carreño la convocatoria de las ayudas referidas, por un importe total de cinco mil euros (5.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 231.480.00 "Ayudas Sociales", del presupuesto municipal vigente.

BASES DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES RELATIVOS A PERSONAS Y FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE CARREÑO. EJERCICIO 2024

1.—Objetivo

Estas ayudas económicas tienen como objetivo evitar que la carga fiscal ligada a un bien de primera necesidad como es la vivienda, agrave la situación económica de las familias más vulnerables que residen en el municipio de Carreño.

2.—Destinatarios

Podrán solicitar estas ayudas las personas empadronadas y residentes en el municipio de Carreño que reúnan los requisitos establecidos en estas bases.

3.—Requisitos

3.1. El/la solicitante debe estar empadronado/a en Carreño y residir en la vivienda objeto de subvención en el momento de la solicitud.

3.2. La persona solicitante deberá ser la propietaria y obligada al pago del IBI cuyos gastos son objeto de esta subvención.

3.3. No ser titular, ninguno de los miembros de la unidad familiar, de otro bien inmueble urbano en todo el territorio nacional distinto al que constituye domicilio permanente y para el que se solicita la ayuda. Quedan excluidos una plaza de garaje y trastero adscritos a esta vivienda.

3.4. El valor catastral que figure en el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles correspondiente al ejercicio 2024 no podrá exceder de 70.000 euros.

3.5. Acreditar unos ingresos familiares que no superen el 125% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), ponderado en función de los miembros de la unidad familiar según se determina en estas bases, en el período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de presentación de la solicitud (2023).

4.—Unidad familiar

A los efectos de las presentes bases se considera unidad familiar la compuesta por una sola persona o dos unidas por matrimonio u otra forma de relación estable análoga a la conyugal, así como otras personas con relación de parentesco que residan en el mismo domicilio con una antigüedad mínima en la convivencia de seis meses.

5.—Determinación de ingresos

Para personas con obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y aquellas que sin tener obligación la hayan realizado, se computará la cuantía de los ingresos anuales declarados, considerándose como tales, las cantidades que figuren en la base imponible general y en la base imponible de ahorro del período impositivo de referencia (2023). Para quienes estén exentos se computarán los ingresos obtenidos en el mismo período impositivo.

El cálculo de los ingresos totales se efectuará deduciendo o sumando al total de los ingresos obtenidos por la unidad familiar las cuantías abonadas o recibidas en concepto de pensión de alimentos y/o compensatoria, fijadas en convenio regulador o por resolución judicial.

De los bienes inmuebles, a tener en cuenta como ingresos, se computará el valor catastral como ingresos anuales.

6.—Lugar y plazo de solicitud

La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el Centro Municipal de Servicios Sociales y en la página web del Ayuntamiento de Carreño.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación preceptiva deberán presentarse preferiblemente en el Centro de Servicios Sociales de Carreño, en el Registro General del Ayuntamiento de Carreño o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de solicitud será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOPA.

7.—Documentación preceptiva

7.1. El Centro de Servicios Sociales recabará de oficio, previa firma de la autorización incluida en la solicitud, los siguientes datos:

a) Empadronamiento histórico colectivo.

b) Información sobre la percepción de prestaciones públicas: pensiones, Salario Social Básico, Ingreso Mínimo Vital y prestaciones por desempleo.

c) Certificación sobre bienes inmuebles rústicos y urbanos.

d) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre el IRPF.

En caso de manifestar oposición expresa a la consulta de estos datos, deberán aportar los certificados correspondientes en el momento de la solicitud.

7.2. Con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:

a) DNI o pasaporte en caso de ser personas extranjeras de todos los miembros de la unidad familiar obligados a tenerlo.

b) Permiso de residencia temporal o permanente, conforme lo previsto en la legislación sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España, de todas las mayores de 16 años que sea su caso.

c) Libro de familia, actas de nacimiento traducidas al castellano o documento acreditativo de la guarda, custodia o tutela, de todas las personas menores de 16 años y que no posean lo expuesto en los subapartados anteriores.

d) Justificante de pago del recibo de IBI 2024 objeto de la ayuda.

e) Personas Separadas o Divorciadas: Convenio Regulador o Sentencia de Divorcio en donde se reflejen las pensiones alimenticias o compensatorias estipuladas. Además, extracto de la cuenta bancaria o nóminas del período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha de presentación de la solicitud, donde figuren los ingresos percibidos o abonados.

f) Para las personas que no estén obligadas a efectuar Declaración de IRPF:

• Personas trabajadoras por cuenta ajena: Nóminas de los 12 meses correspondientes al período impositivo inmediatamente anterior con plazo de presentación vencido a la fecha de presentación de la solicitud (2023).

Además de la documentación reseñada, las personas solicitantes deberán aportar cualquier otro documento que sea necesario para la valoración de la solicitud y le sea requerido.

8.—Tipos de ayudas

Atendiendo a los ingresos anuales de la unidad familiar se establecen dos tipos de ayudas.

8.1. Cien por cien de la cuantía del recibo del IBI de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2024 con exclusión de cualquier interés, recargos o sanciones tributarias sobre el mismo, para las unidades familiares cuyos ingresos no superen el IPREM anual vigente en 14 pagas en el ejercicio del que se computan datos (8.400 €), ponderado como sigue:

N.º de miembros de la U.F.

IPREM anual ponderado

1 miembro

8.400 €

2 miembros

10.080 €

3 miembros

11.760 €

4 miembros

13.440 €

5 y mas miembros

15.120 €

8.2. Cincuenta por ciento de la cuantía del recibo del IBI de naturaleza urbana correspondiente al ejercicio 2024 con exclusión de cualquier interés, recargos o sanciones tributarias sobre el mismo, para las unidades familiares cuyos ingresos no superen el 125% del IPREM anual vigente en 14 pagas en el ejercicio del que se computan datos (10.132,85 €), ponderado como sigue:

N.º de miembros de la U.F.

IPREM anual ponderado

1 miembro

10.500 €

2 miembros

12.600 €

3 miembros

14.700 €

4 miembros

16.800 €

5 y mas miembros

18.900 €

9.—Crédito presupuestario

En la aplicación presupuestaria 231.480.00 "Ayudas Sociales" del Presupuesto vigente del ayuntamiento de Carreño para el ejercicio 2024, existe crédito para dar cobertura a la concesión de ayudas recogidas en esta convocatoria.

10.—Tramitación

10.1. Las solicitudes que se presenten dentro del plazo establecido en la convocatoria, serán instruidas y valoradas por técnicos/as del Centro de Servicios Sociales. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en las bases de la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo máximo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud.

Una vez evaluadas todas las solicitudes, la Comisión de Bienestar Social, realizará propuesta a la Junta de Gobierno que será el órgano competente para resolver sobre la concesión o denegación de esta subvención.

10.2. La relación de ayudas para pago de IBI se aprobará por Resolución de Alcaldía y se publicará en el Centro de Servicios Sociales de Carreño (C/Nicanor Piñole, 1), en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (C/Santolaya, 1) y en la página web del Ayuntamiento.

10.3. En la Resolución se identificará a las personas solicitantes únicamente con su número de DNI, NIE o pasaporte anonimizado y se harán constar las ayudas concedidas con la cuantía correspondiente, y las denegadas, excluidas y desistidas con el motivo en cada caso. El plazo para recurrir esta Resolución, comenzará a contarse desde el día siguiente a su publicación.

10.4. La publicación de la Resolución de ayudas para pago de IBI del ejercicio 2024 sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos en los términos que se establecen en el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11.—Justificación de la subvención

La justificación de la subvención concedida se realizará mediante presentación, en el momento de la solicitud, de recibo original o copia debidamente compulsada del IBI correspondiente al ejercicio 2024, con exclusión de cualquier interés, recargo o sanción tributaria sobre el mismo, que acredite que ha sido efectivamente pagado.

12.—Reintegro de la subvención

El ayuntamiento de Carreño podrá verificar en cualquier momento las circunstancias alegadas por la persona solicitante para la concesión de la ayuda. Serán causas de reintegro de la subvención las previstas en la normativa vigente en materia de subvenciones públicas.

En Candás, a 25 de noviembre de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-10450.

Anexo I

SOLICITUD DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA PAGO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES RELATIVOS A PERSONAS Y FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE CARREÑO. EJERCICIO 2024

SOLICITUD GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES

722705 {"title":"Anuncio. Convocatoria de ayudas económicas para el pago del impuesto sobre bienes inmuebles relativos a personas y familias del municipio de Carreño, ejercicio 2024.","published_date":"2024-12-10","region":"asturias","region_text":"Asturias","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-asturias.png","id":"722705"} asturias administración local;Ayuntamientos;BOPA;bopa 2024 nº 238;De carreño https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search https://govclipping.com/search?keywords= Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/asturias/boa/2024-12-10/722705-anuncio-convocatoria-ayudas-economicas-pago-impuesto-bienes-inmuebles-relativos-personas-familias-municipio-carreno-ejercicio-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.