Anuncio. Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número INT/2023/29 del Presupuesto en vigor, por el que se tramita modificación de crédito 3S/02/2024 en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con bajas en otras partidas.
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Óscar Pérez Suárez, con DNI ***1675** Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valdés por la presente establezco que se publique en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y tablón de anuncios y sede electrónica municipal el anuncio cuyo texto se establece a continuación.
Anuncio de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS y tablón de anuncios y sede electrónica municipal
Sumario
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n.º INT/2023/29 del Presupuesto en vigor, por el que se tramita modificación de crédito 3S/02/2024 en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con bajas en otras partidas, al no haberse presentado en el plazo de 15 días hábiles alegaciones a la aprobación inicial realizada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valdés de 17 de octubre de 2024 (BOPA núm. 212 de 30 de octubre de 2024.)
Texto
Aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con bajas en otras partidas, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Aumento en aplicaciones de gastos
Aplicación económica | Descripción | Aumento de crédito |
---|---|---|
Capítulo 2 | Gastos en bienes corrientes y servicios | 230.839,77 € |
Capítulo 3 | Gastos financieros | 450,00 € |
Capítulo 6 | Inversiones reales | 100.000,00 € |
Total | 331.289,77 € |
Esta modificación se financia con cargo bajas en otras partidas en los siguientes términos:
Disminución en aplicaciones de gastos
Aplicación económica | Descripción | Aumento de crédito |
---|---|---|
Capítulo 1 | Gastos de personal | 130.450,00 € |
Capítulo 4 | Trasferencias corrientes | 70.000,00 € |
Capítulo 6 | Inversiones reales | 130.839,77 € |
Total | 331.289,77 € |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Valdés, a 22 de noviembre de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-10349.