Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se autoriza instalación eléctrica de alta tensión. Expte. AUTO/2024/261 (AT-10898).
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de fecha 15/03/2024, se otorgó a Electra de Carbayin, S. A. U., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones objeto de este expediente AUTO/2024/261 (AT-10898).
Segundo.—En fecha 11/09/2024 Electra de Carbayin, S. A. U., solicita la declaración de utilidad pública, en concreto, para la instalación autorizada, al no haber podido alcanzar un acuerdo con todos los propietarios afectados por la misma, lo que hace necesario recurrir a la expropiación forzosa.
Tercero.—Sometida a información pública la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que el solicitante consideró de necesaria expropiación, mediante anuncio publicado en el BOPA de fecha 26/09/2024, no se formularon alegaciones.
Cuarto.—Visto el informe de la Sección de Alta Tensión de fecha 18/11/2024, en el que se determina que la instalación no incurre en ninguna de las limitaciones contempladas en el art. 58 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, respecto de las fincas cuyos propietarios no han convenido libremente con el peticionario de la instalación la adquisición o indemnización amistosa y comprobado por los técnicos de dicha sección que las obras efectivamente no se han iniciado.
Quinto.—Cumplidos los trámites reglamentarios regulados en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se han realizado las oportunas comprobaciones y análisis de la documentación técnica presentada.
Fundamentos de derecho
Primero.—La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que la desarrolla.
Segundo.—Siendo esta Consejería competente para conocer el presente expediente en virtud de las atribuciones que en esta materia le vienen conferidas por el Ordenamiento jurídico vigente; Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, L. O. 7/81, reformado por la L. O. 1/94 y 1/99; y teniendo en cuenta que mediante la Resolución de 6 de octubre de 2023 de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, se delega en el titular de la Dirección General la competencia para resolver el referido expediente.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos citados, por la presente,
RESUELVO
Primero.—Declarar la utilidad pública que lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, implicando la urgente ocupación de los bienes y derechos relacionados en esta Resolución, a los efectos previstos en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, para la siguiente instalación eléctrica:
Instalación:
• Modificación de línea aérea de alta tensión LAAT 20 kV Candín, consistente en:
— Instalación de un nuevo apoyo NUEVO_2 bajo la traza de la línea general existente, para instalación en él de una doble conversión aéreo-subterránea.
— Sustitución un apoyo de hormigón por otro de celosía y sustitución de un vano de 70 metros de longitud, con conductor tipo 47-AL1/8- ST1A (LA 56).
— Desmantelamiento de la línea aérea en el tramo comprendido entre los apoyos 200049 y 200054.
• Construcción de dos nuevos tramos de línea subterránea de alta tensión, de 740 metros de longitud cada uno, por nueva canalización, con conductores HEPRZ1 12/20 kV 1x150Al+H16, desde la doble conversión aéreo-subterránea del nuevo apoyo NUEVO_2 hasta el centro de transformación existente CT 211 Rozaes:
— LSAT 20 kV Candín Línea General-Entrada a CT 211 Rozaes desde CT 210 Taballes.
— LSAT 20 kV Candín Línea General-Salida CT 211 Rozaes hacia CT 223 Xenra.
Emplazamiento: Rozaes, Concejo de Bimenes.
Objeto: Subsanación de defecto reglamentario existente y mejora de la maniobrabilidad de la red de media tensión, mejorando así la calidad de servicio.
Lista concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados
N.º de finca: 3 (polígono catastral 5-parcela 417).
Situación: Las Vegas, Bimenes.
Cultivo: pastizal.
N.º de apoyos a instalar: 1.
Superficie ocupación permanente (m²): 2,1.
Superficie ocupación temporal (m²): 76,4.
Propietaria: Nuria Piñera Orviz.
N.º de finca: 9 (polígono catastral 6-parcela 273).
Situación: Rozadas, Bimenes.
Cultivo: pastizal.
N.º de apoyos a instalar: 1.
Superficie ocupación permanente (m²): 2,1.
Longitud de canalización proyectada (m): 8.
Superficie ocupación permanente por LSAT (m²): 9,6.
Superficie ocupación temporal (m²): 120,0.
Propietaria: Josefina Robledo Carrio.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 18 de noviembre de 2024.—La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico (P. D. Resolución de 06/10/2023, BOPA del 10 de octubre), la Directora General de Energía y Minería.—Cód. 2024-10220.