Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Vicepresidencia del Consejo Rector del Organismo Autónomo, Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), por la que se dispone la contratación laboral fija de una plaza de la rama informática de la Categoría Técnico/a Grupo A (112).
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SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SEPA)
A la vista de la propuesta formulada por el Tribunal Calificador que juzgó el proceso selectivo para la provisión de una plaza de la rama informática de la categoría de Técnico/a Grupo A (112), grupo A, régimen de personal laboral fijo, correspondiente a la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal, por el procedimiento de concurso de méritos, convocado por Resolución de 29 de noviembre de 2022 (BOPA de 2 de diciembre de 2022), y a la vista de los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—A tenor de lo dispuesto en la base decimoquinta de la Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos de personal funcionario y de personal laboral derivados de las disposiciones adicionales sexta y octava (concurso) de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el aspirante propuesto ha presentado la documentación exigida dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil al de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso selectivo.
El aspirante acredita que cumple con los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria del proceso selectivo.
Fundamentos de derecho
Primero.—De conformidad con lo previsto en el art. 18 de la Ley 1/2013, de 24 de mayo, de Medidas de Reestructuración del Sector Público Autonómico, la dirección del personal es competencia de la Gerencia del Organismo.
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 de la citada Ley, el Gerente podrá ser sustituido, con carácter transitorio, en caso de vacante, ausencia o enfermedad grave, por el Vicepresidente del Consejo Rector.
Tercero.—De conformidad con lo establecido en el artículo 39.8 del I Convenio Colectivo para el personal laboral del 112 Asturias, firmado el día 4 de junio de 2007, una vez resuelto el procedimiento selectivo, el organismo se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos, a partir de la que se procederá, en un plazo máximo de 7 días, a la firma de los contratos.
Cuarto.—El artículo 6 apartado 1 de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, obliga a hacer público en el Portal de Transparencia "los procesos de selección del personal y provisión de puestos de trabajo. En especial, se publicarán las actas de los órganos selectivos y las resoluciones que pongan fin a los procesos correspondientes."
A tal efecto, se dispone la publicación de esta Resolución en el Portal de Transparencia del Organismo, tal y como dispone el artículo 18.2.a) de la citada Ley 8/2018.
En consecuencia,
RESUELVO
Primero.—Concertar contrato de trabajo, en régimen laboral de carácter fijo del aspirante, que figura en el anexo que acompaña a esta resolución y adjudicar el destino, que tendrá el carácter de definitivo, en el Organismo que se cita en el mismo.
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Tercero.—Autorizar la firma de los contratos laborales fijos en el plazo máximo de siete días a contar del siguiente a la publicación.
Cuarto.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, frente a esta Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrán interponer la correspondiente demanda ante los juzgados de lo social que correspondan a su centro de trabajo o, a su elección, los que correspondan a su domicilio si éste radica en el Principado de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de esta resolución. Ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro que estime procedente.
En Oviedo, a 12 de noviembre de 2024.—El Vicepresidente del Consejo Rector.—Cód. 2024-09951.