Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se ordena la publicación de la Adenda IV al convenio específico de colaboración entre el Instituto para la Transición Justa, O. A. y la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico (anteriormente Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica), para la ejecución del proyecto "Construcción de un edificio nuevo para naves nido".
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Habiéndose suscrito con fecha 3 de octubre de 2024 la adenda IV al convenio específico de colaboración entre el Instituto para la Transición Justa, O. A. y la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico (anteriormente Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica), para la ejecución del proyecto "Construcción de un edificio nuevo para naves nido", de acuerdo con los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 11.6 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, que prevé la obligatoriedad de la publicación de los Convenios de colaboración en el Boletín Oficial del Principado de Asturias,
RESUELVO
Publicar la mencionada adenda como anexo a esta resolución.
En Oviedo, a 29 de octubre de 2024.—La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo.—Cód. 2024-09613.
ADENDA IV AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA, O. A. Y LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, INDUSTRIA Y DESARROLLO ECONÓMICO (ANTERIORMENTE CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA), PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO NUEVO PARA NAVES NIDO"
Reunidos
De una parte, Dña. Laura Martín Murillo, Directora del Instituto para la Transición Justa, O. A. (en adelante ITJ), nombrada por Real Decreto 519/2020, de 12 de mayo; actuando en representación del mismo de acuerdo con la Resolución de 17 de mayo de 2021, del Instituto para la Transición Justa, O. A., por la que se delegan competencias.
De otra parte, Dña. Nieves Roqueñí Gutiérrez, Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico (anteriormente Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica), nombrada por Decreto 23/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias (BOPA n.º 147, de 1 de agosto de 2023), designada para representar a la Comunidad Autónoma en la suscripción de la presente adenda en virtud del Acuerdo de Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, adoptado en su reunión de fecha 23 de agosto de 2024.
Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar la presente adenda al Convenio Específico de colaboración para la ejecución del proyecto "Construcción de dos edificios nuevos para naves nido" firmado el 23 de diciembre de 2020 en desarrollo del I Convenio Marco de colaboración suscrito el 20 de noviembre de 2017 para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera, y en virtud de las competencias que las partes se reconocen en el mismo, y a tal efecto,
Exponen
Primero.—Que con fecha 11 de junio de 2021, se suscribió adenda al Convenio específico de colaboración entre el Instituto para la Transición Justa, O. A. y la Administración del Principado de Asturias, a través del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), para la ejecución del proyecto "Construcción de dos edificios nuevos para naves nido" por la que se modificó el título del convenio, así como los datos del firmante por parte del Principado de Asturias.
Segundo.—Que con fecha 16 de agosto de 2022, se suscribió una segunda adenda al Convenio específico de colaboración entre el Instituto para la Transición Justa, O. A. y la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería Industria, Empleo y Promoción Económica, para la ejecución del proyecto "Construcción de dos edificios nuevos para naves nido" por la que se actualizó nuevamente el título del convenio, así como las referencias al mismo en el texto del convenio.
Tercero.—Que con fecha 29 de septiembre de 2023, se suscribió una tercera adenda al Convenio específico de Colaboración entre el Instituto para la Transición Justa, O. A. y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, a través de la de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, para la ejecución del proyecto "Construcción de un edificio nuevo para naves nido" por la que se amplió el plazo para el fin de la ejecución de las actuaciones recogidas en el convenio.
Cuarto.—Que, en fecha 25 de junio de 2024, la Administración del Principado de Asturias formuló solicitud de modificación del convenio específico de colaboración para la ejecución del proyecto "Construcción de un edificio nuevo para naves nido", solicitando la ampliación del plazo previsto para su ejecución, tras la demora acumulada en la fase de ejecución fruto de las circunstancias meteorológicas extremas a las que está expuesto el concejo.
Que, por tanto, es necesario realizar la modificación correspondiente en el texto del convenio específico.
Que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto se establecen las siguientes
Cláusulas
Primera.—Las partes acuerdan modificar el texto del convenio, en los siguientes términos:
a) Se actualiza la cláusula tercera que queda redactada en los siguientes términos:
"Las aportaciones del ITJ se realizarán con cargo a los presupuestos del organismo para los años 2024 y 2025, aplicación presupuestaria 23.112.456N.75100, o la aplicación equivalente que la sustituya en los ejercicios futuros, con sujeción a la existencia de crédito y habilitación legal para ello.
El Instituto para la Transición Justa, O. A. transferirá los fondos a la Consejería de Hacienda del modo siguiente:
1. Hasta el 75 % del importe máximo a subvencionar por el Instituto para la Transición Justa, O. A. en el proyecto de "Construcción de un edificio nuevo para naves nido", en el año 2024, cuando se haya recibido la documentación correspondiente a la adjudicación definitiva de la obra objeto de la inversión y se haya ejecutado al menos el 75 % de la obra, habiéndose recibido los documentos justificativos que así lo acrediten.
El pago de este 75 % se podrá materializar de forma fraccionada mediante la realización de varios pagos a cuenta durante el año 2024.
Si la Comunidad Autónoma acredita la necesidad de realizar actuaciones evaluables económicamente con carácter previo a la adjudicación de la obra, se podrá anticipar su coste hasta un máximo del 10 % de la financiación de este proyecto antes de la citada adjudicación. En este caso, se abonará el porcentaje restante hasta la cuantía establecida en el párrafo anterior.
En caso de no ajustarse el ritmo de ejecución del proyecto a los hitos de pagos previstos, aquellos pagos que hayan quedado pendientes, se liquidarán en ejercicios posteriores adecuándose a las disponibilidades presupuestarias.
2. Hasta el 25 % restante en el año 2025, cuando se haya ejecutado la totalidad de la obra, habiéndose recibido los documentos justificativos que así lo acrediten y resulte procedente de acuerdo con la liquidación final de este Convenio específico."
b) La cláusula sexta, relativa a la vigencia del convenio, será sustituida por la siguiente:
"La ejecución del proyecto de este convenio deberá tener lugar antes del 30 de septiembre de 2025. El plazo máximo de justificación para la liquidación final de la subvención será de un mes, posterior a la fecha de finalización de la ejecución, concluyendo el 31 de octubre de 2025, siendo esta la fecha fin de vigencia del presente convenio específico."
Segunda.—El resto de las cláusulas del convenio específico no se verán afectadas por esta modificación.
Tercera.—La presente adenda al convenio específico tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En materia de interpretación, modificación y resolución en general de las cuestiones no contempladas en el Convenio marco de colaboración, se aplicarán las normas de Derecho Administrativo, cuando así sea necesario.
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento de la presente adenda, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula sexta del II Convenio Marco de colaboración en relación con las atribuciones de la Comisión de Cooperación, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
La Presidenta del Instituto para la Transición Justa, O. A. (P. D. Resolución de 17 de mayo de 2021) la Directora del Instituto para la Transición Justa, O. A. Fdo.: Laura Martín Murillo | La Consejera de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico Fdo.: Nieves Roqueñí Gutiérrez |