Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se clasifica el puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Cangas de Onís como puesto reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

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Analizada la documentación que obra en el expediente de referencia, tramitado al amparo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Examinada la solicitud remitida por el Ayuntamiento de Cangas de Onís, registro ENT20240740913, de fecha 24 de julio de 2024, en orden a la clasificación del puesto de trabajo de Tesorería reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, resulta:

1. Que la Dirección General de Administración Local con fecha 30 de julio de 2024, a la vista de la petición y de lo remitido por el Ayuntamiento de Cangas de Onís, solicitó la remisión de documentación adicional necesaria para seguir con la tramitación del expediente. Dicha documentación tiene entrada en el registro con fecha 14 de octubre de 2024.

2. Que el Ayuntamiento de Cangas de Onís en sesión plenaria de fecha 27 de julio de 2017 aprobó la inclusión en la relación de puestos de trabajo del puesto de Tesorería, reservado a funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de intervención-tesorería, como puesto agrupado, dada la intención inicial de agrupar dicho puesto de trabajo con el Ayuntamiento de Parres.

3. Que en sesión plenaria de 30 de enero de 2024 el Ayuntamiento en pleno acordó modificar el puesto de trabajo de tesorero suprimiendo la expresión "agrupado", dado que el Ayuntamiento de Parres había creado su puesto de trabajo sin agrupar.

4. Que consta en el expediente certificación de secretaría del acuerdo del Pleno de fecha 25 de junio de 2024 en el que se aprueba la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de dicho Ayuntamiento. Asimismo, consta certificación de secretaría del acuerdo del Pleno de fecha 30 de septiembre de 2024 que corrige el anterior, incluyendo en la relación de puestos de trabajo el puesto de Tesorero reservado a funcionarios A1, con nivel de complemento de destino 26 y características del puesto RDT/IL.

5. Que consta informe de fecha 2 de octubre de 2024 emitido por la Interventora del Ayuntamiento de Cangas de Onís que acredita que existe consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el presupuesto vigente para atender al cumplimiento de las obligaciones exigibles para dotar la plaza de Tesorería del Ayuntamiento de Cangas de Onís.

6. Que la modificación de la relación de puestos de trabajo ha sido publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 15 de octubre de 2024.

Fundamentos de derecho

Vistos la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local modificada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional y demás normativa de general aplicación.

Considerando, que el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, califica la función de tesorería como función pública necesaria en todas las Corporaciones locales cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y, en su apartado cuarto, establece que el Gobierno, mediante real decreto, regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos reservados a los citados funcionarios.

Considerando, que el artículo 14 del Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que en las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o segunda clase, existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas en el artículo 5 del citado Real Decreto.

Considerando, que el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, atribuye a la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios en su artículo noveno apartado d), las competencias en materia de Administración Local, entre las que se encuentran las relativas a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. En el mismo sentido, el Decreto 87/2023, de 18 de agosto, en vigor desde el 23 de agosto de 2023, establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, señalando en el artículo 19 las funciones de la Dirección General de Administración Local.

Considerando, que la Resolución de 25 de junio de 2024, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería, así como la firma de resoluciones y actos administrativos, y se establece el régimen de suplencia de los titulares de sus órganos centrales, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 4 de julio de 2024, delega en su resuelvo quinto, apartado e) en la persona titular de la Dirección General de Administración Local, la competencia en materia de resolución de expedientes sobre clasificaciones de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

En atención a lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Clasificar, a propuesta del Ayuntamiento de Cangas de Onís, el puesto de trabajo de Tesorería como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Este puesto estará reservado a funcionarios pertenecientes a la subescala de Intervención-Tesorería.

Segundo.—El sistema de provisión del puesto, que tiene asignado nivel 26 de complemento de destino, será mediante concurso de méritos.

Tercero.—Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Cuarto.—Dar cuenta de esta Resolución y de su publicación a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Oviedo, a 24 de octubre de 2024.—El Director General de Administración Local (P. D. Resolución de 25 de junio de 2024, BOPA n.º 130, de 4-VII-2024).—Cód. 2024-09463.

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