Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, por la que se aprueba el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción del Principado de Asturias para la campaña 2024-2025.

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La elaboración del Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción del Principado de Asturias para la campaña 2024-2025 obedece a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes el cual dispone, que las Comunidades Autónomas ante el riesgo general de incendios forestales, elaborarán y aprobarán planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales. Los referidos planes comprenderán la totalidad de las actuaciones a desarrollar y abarcarán la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma correspondiente. Añade el apartado 4 del citado artículo los contenidos que han de reflejar los citados planes.

Por otra parte, Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de montes y ordenación forestal establece en el artículo 59 que la Consejería competente en materia de prevención de incendios elaborará y aprobará los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a que hace referencia el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, que comprenderán la totalidad de las actuaciones a desarrollar, abarcarán la totalidad del territorio del Principado de Asturias y seguirán las directrices y criterios comunes precisos para su elaboración que se aprueben por la Administración del Estado.

Los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales se aplicarán de manera continuada durante todo el año y tendrán, al menos, los contenidos previstos en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre.

Por todo ello, en atención a la próxima finalización del plan actualmente vigente, que fue aprobado por Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios (BOPA n.º 208, de 30 de octubre de 2023) procede la aprobación de un nuevo plan anual que comprenda la totalidad de las actuaciones a desarrollar en el territorio del Principado de Asturias en materia de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.

En cumplimiento del artículo 4 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción del Principado de Asturias para la campaña 2024-2025 ha sido presentado al Consejo Forestal del Principado de Asturias en su reunión de 14 de octubre de 2024, sin haberse formulado alegaciones.

El Consejero de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios es el órgano competente para dictar la presente resolución, de conformidad con el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración en relación con el Decreto 22/2023, de 31 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado por el Decreto 9/2024, de 26 de enero, establece las competencias que ostenta la Consejería de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, cuya estructura orgánica básica ha sido desarrollada por el Decreto 87/2023, de 18 de agosto.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 48.7 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, y en el artículo 6.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, procede la publicación del Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción del Principado de Asturias para la campaña 2024-2025 en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias además de la notificación inmediata a las autoridades locales.

En atención a lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales en el Principado de Asturias para la campaña 2024-2025, que se recoge como anexo a la presente Resolución.

Segundo.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Portal de Transparencia de la Administración del Principado de Asturias.

Tercero.—Notificar la presente resolución a las autoridades locales.

En Oviedo, a 24 de octubre de 2024.—El Consejero de Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios, Alejandro Jesús Calvo Rodríguez.—Cód. 2024-09346.

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