Resolución de Alcaldía. Concesión de subvenciones a las ganaderías participantes en el Concurso de Caballos de Pastos, año 2024.
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Primero.—A la vista de los siguientes antecedentes:
Aprobación bases reguladora por el Pleno | 28/05/21 |
Aprobación de la modificación de las bases reguladoras por el Pleno | 26/05/22 |
Propuesta de la Concejalía aprobación convocatoria | 05/08/24 |
Resolución de Alcaldía inicio expediente | 05/08/24 |
Informe Intervención municipal fase A | 08/08/24 |
Resolución aprobación convocatoria | 09/08/24 |
Convocatoria BDNS 780131 | 12/08/24 |
Anuncio convocatoria BOPA | 20/08/24 |
Aprobación de las ganaderías participantes | 01/10/24 |
Informe del órgano instructor | 07/10/24 |
Informe del órgano colegiado | 08/10/24 |
Segundo.—Que de conformidad con el artículo 24.4 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 11, apartado 4 de las reguladoras, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento, ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados, en cuyo caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
Tercero.—Visto el informe de fiscalización favorable de fecha 9 de octubre de 2024.
Cuarto.—Visto que se han cumplido todos los trámites previos previstos en la Ley General de Subvenciones y en las bases reguladoras y convocatoria específicas de las ayudas para el Concurso de Caballos de Pastos para el año 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
RESUELVO
Primero.—Conceder ayudas a las ganaderías participantes en el Concurso de Caballos de Pastos, según las cuantías que se indican en el cuadro que figura a continuación y con el importe indicado:
Ver boletin en PDF para consultar la tabla
Segundo.—Los beneficiarios de la ayuda, están sometidos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 15 de las bases reguladoras de estas ayudas, en la Resolución de concesión y en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
Tercero.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de las bases reguladoras, la ayuda se hará efectiva en un solo pago en un plazo máximo de tres meses desde la notificación de concesión.
Cuarto.—Ordenar la publicación de la concesión de las ayudas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Tablón de Edictos Municipal y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Quinto.—La presente resolución es un acto administrativo resolutorio que pone fin a la vía administrativa. Contra el mismo se podrá interponer por los particulares interesados recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses desde la notificación, en atención a lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio, en el caso de Administraciones Públicas, de hacer uso del previo requerimiento previsto en el artículo 44 del citado cuerpo legal. No obstante podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Sexto.—Transcríbase esta Resolución en el libro correspondiente, notifíquese a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, trasládese a las dependencias administrativas afectadas y dese cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.
En Tineo, a 16 de octubre de 2024.—La Alcaldesa-Presidenta.—Cód. 2024-09026.