Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones a entidades locales del Principado de Asturias titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana en el año 2024.
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BDNS (Identif.): 790265.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/790265).
Primero.—Beneficiarios.
Podrán participar en esta convocatoria los ayuntamientos y mancomunidades del Principado de Asturias que sean titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Segundo.—Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas a los ayuntamientos y mancomunidades del Principado de Asturias que sean titulares de escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana (enseñanzas no regladas), con la finalidad de mejorar el acceso de la ciudadanía asturiana a la formación musical, incrementando la igualdad de oportunidades de acceso a dicha formación, independientemente del lugar de residencia.
Tercero.—Bases reguladoras.
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Consejería de Educación a las escuelas de música y/o danza y escuelas de música tradicional asturiana de titularidad municipal, en régimen de convocatoria pública.
Cuarto.—Cuantía.
El importe total destinado a esta subvención es de setenta y cinco mil doscientos cuarenta euros (75.240,00 euros), que se repartirán entre los ayuntamientos y mancomunidades que lo soliciten, siempre que cumplan los requisitos establecidos y en la cuantía que resulte de la puntuación total obtenida por cada entidad solicitante de acuerdo con los criterios de valoración fijados.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de la convocatoria.
Sexto.—Otros datos.
En la sede electrónica del Principado de Asturias (http://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0197T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.
Oviedo, a 10 de octubre de 2024.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2024-08869.