Anuncio. Delegación de atribuciones de Alcaldía.
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Mediante Decreto de alcaldía 1267/2024, de 22 de septiembre, se ha dispuesto:
1.—Efectuar, a favor de los Concejales que seguidamente se relacionan, delegación genérica de atribuciones, relativas a las Áreas siguientes:
— Juan Antonio Mallada Álvarez: Concejalía Delegada del Área de Bienestar Social, Vivienda y Seguridad Ciudadana.
— Minerva Álvarez Fernández: Concejalía Delegada del Área de Festejos, Comercio, Hostelería y Mujer.
La delegación realizada a favor de los Concejales citados en el apartado anterior comportará tanto la facultad de dirección del Área correspondiente como su gestión, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
2.—Efectuar, a favor del edil Manuel Fernández Espina, delegación especial de atribuciones relativas al Área de Gestión Ambiental y Ganadería, comprendiendo esta delegación la dirección interna y gestión del Área correspondiente, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
3.—Serán de aplicación a todas las delegaciones comprendidas en la presente Resolución las consideraciones siguientes:
— Los Concejales Delegados no podrán delegar, a su vez, en un tercero las atribuciones o potestades recibidas.
— La Alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones emanados, en su caso, en virtud de la delegación.
b) La de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
c) La de ejercer por sí la competencia delegada en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento del Concejal Delegado.
4.—Tanto las delegaciones como las revocaciones contenidas en la presente resolución surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha de la misma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Lena, a 22 de septiembre de 2024.—La Alcaldesa.—Cód. 2024-08183.