Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se amplía el plazo para presentar méritos en todos los apartados que contempla el pacto sobre contratación de personal temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias, a los residentes que finalizaron su proceso formativo en el mes de septiembre de 2024 y que vieron retrasada su incorporación al proceso formativo por causa imputable a la COVID.
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SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
En el Servicio de Salud del Principado de Asturias, la selección para los nombramientos de personal temporal, en las Instituciones Sanitarias, se encuentra recogida en el pacto sobre contratación de personal temporal del Servicio de Salud del Principado de Asturias de 14 de noviembre de 2001, norma que da cumplimiento y desarrolla las previsiones contenidas en el artículo 87.4 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud y en el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, al establecer la regulación del procedimiento para la selección del personal estatutario temporal en las instituciones sanitarias de este Servicio de Salud, siguiendo los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad, garantizando la agilidad y eficacia en la contratación.
Esta norma a través de la cual se hace posible las previsiones legales reseñadas y cuyo objeto es la regulación ordenada del funcionamiento de las bolsas de demandantes de empleo ha sido objeto de numerosas modificaciones desde su aprobación, con la finalidad de absorber las nuevas previsiones legales que inciden en los distintos aspectos que se recogen a la hora de la formación de bolsas de empleo.
Con referencia a la actualización de méritos el artículo 7.2 establece que ésta se producirá una vez al año, que se llevará a efecto con carácter general, para el personal licenciado sanitario en el mes de noviembre, reseñando en el apartado 7.2.3 con referencia este personal, que los méritos a baremar están limitados al 30 de septiembre.
En el año 2020 con motivo de la pandemia provocada por la COVID la incorporación de los nuevos residentes, que tradicionalmente se produce en el mes de mayo, fue demorada al 25 de septiembre, por lo que la finalización del período de formativo de las especialidades con un período de formación de cuatro años también se retrasa finalizando el mismo el 25 de septiembre de 2024.
Por ello con la finalidad de que estos profesionales no se vean perjudicados en cuanto a la valoración de méritos por una causa no imputable a ellos, la Administración en la Mesa Central de Contrataciones del Sespa de fecha 3 de septiembre de 2024, propone ampliar exclusivamente para estos profesionales el plazo para el cómputo de méritos hasta el 31 de octubre de 2024, o fecha posterior en el caso de que por parte de la Administración, no se haya expedido con carácter general la acreditación de la titulación obtenida y así puedan presentar para su valoración los méritos que ostenta en los apartados, cursos, servicios prestados y otros méritos, a la que las organizaciones sindicales con representación en la Mesa dieron su aprobación unánime para que se lleve a efecto la medida.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 32 que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero, añadiendo que la decisión sobre la ampliación deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate.
Por todo lo expuesto, valorado que estos profesionales no tienen que ser perjudicados doblemente por la situación de la pandemia en cuanto al acceso a la valoración de méritos para el acceso a la bolsa de empleo del Sespa, la unanimidad mostrada por todas las organizaciones sindicales para minimizar los perjuicios a estos profesionales y las disposiciones legales de aplicación, esta Dirección Gerencia, en virtud de la competencias atribuidas por el artículo 128.3 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo de Salud,
RESUELVE
Primero.—Ampliar el plazo para inscribir méritos en todos los apartados que contemplan los anexos del pacto sobre contratación de personal temporal del Sespa hasta el 31 de octubre de 2024 a los residentes que finalizaron su período formativo en el mes de septiembre de 2024 y que vieron retrasado el comienzo de su período formativo por causa imputable a la COVID 19, que hayan solicitado la inscripción definitiva como demandante de empleo conforme señala el segundo párrafo del artículo 7.3 del Pacto sobre contratación temporal.
Segundo.—La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Salud, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al que tenga lugar su publicación, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo de Salud, y en el art. 27.2 de la Ley 2/1995 de 13 de marzo de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículos 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, a 16 de septiembre de 2024.—El Director Gerente.—Cód. 2024-08164.