Anuncio. Extracto de la Resolución de Alcaldía n.º 2024-0584, de 13 de agosto de 2024, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones Feria de Covadonga, La Espina 2024.
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BDNS (Identif.): 782661.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/782661).
Primero.—Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los ganaderos individuales o sociedades civiles procedentes de cualquier punto del territorio regional del Principado de Asturias, cumpliendo la normativa sanitaria vigente en el momento de celebración de la feria.
Los animales participantes deben pertenecer a una de estas categorías:
• Bovina.
• Equina.
• Ovina.
• Caprina.
Segundo.—Objeto:
La presente convocatoria tiene por objeto:
La concesión de subvenciones a ganaderos participantes en la Feria de Covadonga, La Espina 2024, en concepto de subvenciones por asistencia por ganadería y número de animales participantes, según establecen las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones de la Feria de Covadonga, La Espina 2024.
Tercero.—Bases reguladoras:
Bases reguladoras de las subvenciones para la Feria de Covadonga, La Espina 2023. Publicado en el BOPA n.º 143 de fecha 26/07/2023 y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Salas (https://ayto-salas.sedelectronica.es/info.0).
Cuarto.—Cuantía:
El importe total de la convocatoria ascienda a 1.500 €, con cargo a la partida presupuestaria 338-481.01 Subvenciones Ferias de Ganado, que se desglosan de la siguiente forma:
Se establecen las siguientes subvenciones por asistencia por ganadería en función del número de animales participantes:
• 1 res (bovino o equino) = 5 €.
• 2-3 reses (bovino o equino) = 10 €.
• 4-10 reses (bovino o equino) = 25 €.
• 11-20 reses (bovino o equino) = 60 €.
• 21-45 reses (bovino o equino) = 90 €.
• 46-70 reses (bovino o equino) = 120 €.
• Más de 71 reses (bovino o equino) = 170 €.
• 1-5 reses (ovino o caprino) = 5 €.
• 6-10 reses (ovino o caprino) = 10 €.
• Más de 11 reses (ovino o caprino) = 20 €.
La Comisión Organizadora deberá ajustar el importe de las subvenciones por asistencia con el fin de que resulten perceptores de la subvención todos los asistentes a la feria.
Quinto.—Régimen de concesión:
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria, en el que se incluirán todas aquellas peticiones que reúnan los requisitos exigidos y, de acuerdo con los criterios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto.—Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes:
— La solicitud, acompañada de la documentación exigida, se presentará conforme establecen los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se admitirá la inscripción el mismo día de celebración de la Feria en las instalaciones del Recinto Ferial.
— Plazo de inscripción: Desde la publicación de la convocatoria hasta el 14 de septiembre de 2024.
— Documentación exigida:
Modelo de inscripción con las correspondientes declaraciones responsables. (Anexo I).
Los formularios de solicitud de subvenciones por concurrencia competitiva y declaración responsable están disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Salas (https://ayto-salas.sedelectronica.es), en el tablón anuncios y en el apartado subvenciones.
Salas, a 27 de agosto de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-07581.