Anuncio. Avocación y delegación de competencias respecto a las conferidas a la Primera Teniente de Alcalde y miembro de la Junta de Gobierno Local, Lorena Villar Sánchez, por resolución de la Alcaldía número 1432, de fecha 27 de julio de 2023, BOPA de 10 de agosto de 2023, transitoriamente y durante su ausencia, desde el 13 de agosto de 2024 al 1 de septiembre de 2024 (ambos inclusive).
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Resolución de la Alcaldía n.º 1714 de fecha 13/08/2024.
Visto que en virtud del citado decreto n.º 1432 de fecha 27 de julio, se confiere en favor de Lorena Villar Sánchez, delegación de carácter genérico en distintas áreas y con facultades —entre otras— de resolución; excepto la de resolver recursos.
Vista la situación de ausencia temporal de Lorena Villar Sánchez, se considera oportuno que sea sustituida en las atribuciones que tiene conferidas por delegación de la Alcaldía y a tenor de la resolución indicada, desde el día 13 de agosto de 2024 al 1 de septiembre de 2024 (ambos inclusive).
Visto que por resolución de la Alcaldía n.º 1706 de 12 de agosto de 2024, parte de aquellas competencias se avocaron por la Alcaldía y otras se delegaron en favor de la Concejal Rocío Vega Martínez, Segunda Teniente de Alcalde y miembro de la Junta de Gobierno Local, en las competencias relativas a las áreas de:
• Obras y Servicios Municipales.
• Políticas Sociales y Personas Mayores.
• Educación.
Considerando oportuno modificar la citada delegación, por medio de la presente se le confieren las áreas de:
• Políticas Sociales y Personas Mayores.
• Educación.
Y avocar por la Alcaldía el área de Obras y Servicios Municipales.
Vistos los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 44, 45, 114 y 115 y 116 y concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, donde se regula el régimen de delegaciones de la Alcaldía en favor de los Concejales, así como su avocación.
Considerando que, conforme a lo establecido en el citado artículo 43 del Reglamento, el Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Concejales miembros de la Junta de Gobierno Local; sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales que no pertenecieran a ella; de forma que las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida —en su caso— la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Vistas las facultades que me vienen conferidas por el artículo 21.3 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, y de los ya indicados preceptos del Reglamento de Organización.
De conformidad a todo ello,
HE RESUELTO
Primero.—Dejar sin efecto la delegación efectuada en favor de Rocío Vega Martínez, transitoriamente, ante la ausencia de la Primer Teniente de Alcalde, en el área de Obras y Servicios Municipales, conferida por Resolución 1706 de 12 de agosto de 2024, manteniendo las delegaciones del área de Políticas Sociales y Personas Mayores y del área de Educación.
Segundo.—Avocar a favor de esta Alcaldía, transitoriamente, la delegación concedida a la Primer Teniente de Alcalde en virtud de la Resolución indicada y en el área de Obras y Servicios Municipales, además de las ya reflejadas en la Resolución 1706.
Tercero.—La avocación y delegación se llevan a cabo en los mismos términos y con las mismas funciones y facultades que venían atribuidas a la Concejal delegada Lorena Villar Sánchez, en el decreto 1432 de 27 de julio de 2023, BOPA 10 de agosto de 2023.
Cuarto.—La presente delegación, siempre que se produzca la aceptación por parte de los Concejales Delegados (la cual se entenderá otorgada si no se hace manifestación expresa en contrario en el término de tres días hábiles contados a partir de la notificación) surtirá efectos desde el día siguiente a su firma; sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Quinto.—Dese traslado de esta mi Resolución a los interesados, a los distintos servicios o departamentos municipales a que la delegación otorgada afecte; al Pleno en la primera sesión que celebre y, por último, transcríbase al Libro de Resoluciones de la Alcaldía.
En Villaviciosa, a 13 de agosto de 2024.—El Alcalde.—Cód. 2024-07261.