Resolución de Alcaldía. Avocación y delegación de competencias respecto a las conferidas a la Primera Teniente de Alcalde y miembro de la Junta de Gobierno Local por resolución de la Alcaldía número 1432, de 27 de julio de 2023, BOPA de 10 de agosto de 2023, transitoriamente y durante su ausencia, desde el 13 de agosto al 1 de septiembre de 2024 (ambos inclusive).
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Anuncio
Resolución de la Alcaldía n.º 1706 de fecha 12/08/2024.
Visto que en virtud del citado Decreto n.º 1432 de fecha 27 de julio, se confiere en favor de Lorena Villar Sánchez delegación de carácter genérico en distintas áreas y con facultades —entre otras— de resolución; excepto la de resolver recursos.
Vista la situación de ausencia temporal de Lorena Villar Sánchez, se considera oportuno que sea sustituida en las atribuciones que tiene conferidas por delegación de la Alcaldía y a tenor de la resolución indicada, desde el día 13 de agosto de 2024 al 1 de septiembre de 2024 (ambos inclusive), en los siguientes términos.
Por la Alcaldía, que avoca las competencias relativas a las áreas de:
— Hacienda, Patrimonio y Contratación.
— Personal.
— Medio Ambiente.
Por Rocío Vega Martínez, Segunda Teniente de Alcalde, en las competencias relativas a las áreas de:
— Obras y Servicios Municipales.
— Políticas Sociales y personas mayores.
— Educación.
Por José Antonio Fernández Costales, Tercer Teniente de Alcalde, en las competencias relativas al área de:
— Seguridad Pública.
Vistos los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 44, 45, 114 y 115 y 116 y concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1.986, de 28 de noviembre, donde se regula el régimen de delegaciones de la Alcaldía en favor de los Concejales, así como su avocación.
Considerando que, conforme a lo establecido en el citado artículo 43 del Reglamento, el Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Concejales miembros de la Junta de Gobierno Local; sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales que no pertenecieran a ella; de forma que las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida —en su caso— la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Vistas las facultades que me vienen conferidas por el artículo 21.3 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, y de los ya indicados preceptos del Reglamento de Organización.
De conformidad a todo ello,
HE RESUELTO
Primero.—Avocar a favor de esta Alcaldía, transitoriamente, las delegaciones concedidas a la Primer Teniente de Alcalde en virtud de la resolución indicada y en las áreas que figuran en los antecedentes.
Segundo.—Atribuir a Rocío Vega Martínez y a José Antonio Fernández Costales, transitoriamente, las delegaciones concedidas a la Primer Teniente de Alcalde en virtud de la resolución y en las áreas que, respecto de cada uno de ellos, figuran en los antecedentes.
Tercero.—La avocación y delegación se llevan a cabo en los mismos términos y con las mismas funciones y facultades que venían atribuidas a la Concejal delegada Lorena Villar Sánchez en el Decreto 1432 de 27 de julio de 2023, BOPA 10 de agosto de 2023.
Cuarto.—La presente delegación, siempre que se produzca la aceptación por parte de los Concejales Delegados (la cual se entenderá otorgada si no se hace manifestación expresa en contrario en el término de tres días hábiles contados a partir de la notificación) surtirá efectos desde el día siguiente a su firma; sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Quinto.—Dese traslado de esta mi resolución a los interesados, a los distintos servicios o departamentos municipales a que la delegación otorgada afecte; al Pleno en la primera sesión que celebre y, por último, transcríbase al Libro de Resoluciones de la Alcaldía.
En Villaviciosa, a 13 de agosto de 2024—El Alcalde.—Cód. 2024-07259.