Anuncio. Texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal número 24.
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ORDENANZA FISCAL N.º 24
Precio público por la venta de merchandising y otros medios de promoción del concejo
Artículo 1.—Objeto
De conformidad con lo previsto en el artículo 127 así como en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la venta de libros así como de otros medios de promoción del concejo de Nava.
Artículo 2.—Fundamento y naturaleza
El precio público es una prestación patrimonial de carácter público, que se satisface por servicios o actividades prestadas por la Administración cuando no concurra ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 20.1 de la citada disposición normativa, relativas a las tasas.
Artículo 3.—Obligados al pago
Están obligados al pago del mismo, las personas o entidades que se beneficien o soliciten la prestación del servicio o actividad correspondiente.
Artículo 4.—Tarifas
Las tarifas serán las siguientes:
A) Venta de artículos del Festival de la Sidra:
• Camisetas: 8 €
• Pañuelos: 1,50 €
• Vaso de sidra : 2,50 €
• Vaso degustaciones: 2,50 €
B) Venta de Pins Logo Nava: 1 €
Artículo 5.—Devengo
La obligación del pago del precio nace desde que se preste el servicio o se realice la actividad correspondiente.
Artículo 6.
Conforme lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las deudas de los precios públicos podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio.
Artículo 7.
En lo que no figura en el presente acuerdo se atenderá a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004 y las disposiciones complementadas que la desarrollan.
Disposición final
La presente ordenanza fiscal aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal, entrará en vigor y comenzará a aplicarse el día siguiente a su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Nava, a 29 de julio de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-07085.