Anuncio. Aprobación de la modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Nava. Expte. RHH/2024/72.
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El Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión ordinaria celebrada el 29 de julio de 2024, adoptó los siguientes acuerdos:
"Primero.—Aprobar la modificación de la ficha OBR05, en el sentido de que la provisión de ese puesto pueda ser tanto por el colectivo laboral como funcionarial por los motivos señalados en la presente propuesta.
• Modificación:
Código | Denominación | Dot. | Colectivo | Grupo | Nivel | Puntos complemento específico | Provisión | Tipo puesto |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES (OBR05) | ||||||||
OBR05 | OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES | 3 | F/L | AP | 14 | 1.540 | C | NS |
Glosario de siglas incorporadas al cuadro refundido de relación de puestos de trabajo
Colectivo:
F: Personal funcionario.
L: Personal laboral.
Tipo de puesto:
S: Puesto singularizado.
NS: Puesto no singularizado.
Provisión:
C: Concurso.
CO: Concurso ordinario/unitario (para puestos a ocupar por funcionarios con habilitación de carácter nacional).
A1: Provisión por funcionarios con habilitación de carácter nacional.
A2: Provisión por personal perteneciente al Ayuntamiento de Nava.
(...)".
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación íntegra de la mencionada modificación. La Relación de Puestos de Trabajo, en su integridad, se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 69 de 8 de abril de 2022.
Contra el Acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Nava, a 31 de julio de 2024.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2024-06879.