Resolución de 23 de julio de 2024, de la Presidencia de la Junta General, por la que se convoca la II Bienal de Pintura Junta General del Principado de Asturias 2024 y se aprueban sus bases (2024/187/B7201).
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1. La Mesa de la Cámara, por Acuerdo de 28 de mayo de 2024, delegó en el presidente la convocatoria de la II Bienal de Pintura Junta General del Principado de Asturias 2024 y la aprobación de las bases, así como nombró coordinador del proyecto y Secretario del jurado que, en su caso, se designe al funcionario del Cuerpo de Letrados de la Junta General don Marco Fernández Gutiérrez.
2. La Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de Colaboración entre la Junta General del Principado de Asturias y el Museo de Bellas Artes de Asturias aprobó el 18 de julio de 2024 el borrador de las bases de la convocatoria, que se eleva al presidente para su aprobación.
3. Existe crédito adecuado y suficiente para financiar los premios convocados en la aplicación presupuestaria 489004.
4. El 23 de julio de 2024, el interventor emite informe favorable.
En atención a lo expuesto, en uso de la delegación conferida por Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 5 de septiembre de 2022,
RESUELVO
Primero.—Aprobar las bases de la convocatoria de la II Bienal de Pintura Junta General del Principado de Asturias 2024 que se incorporan a continuación.
Segundo.—Autorizar un gasto por importe de veinte mil euros (20.000 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 489004, para financiar los dos premios que se pueden conceder, el primero, dotado con 12.000 euros, y el segundo, con 8.000 euros.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Mesa de la Junta General en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Junta General, a 23 de julio de 2024.—El Presidente de la Cámara. Lo que se publica. P. D., el Letrado Mayor.—Cód. 2024-07018.
Bases de la convocatoria de la II Bienal de Pintura Junta General del Principado de Asturias 2024
Primera.—Objeto y finalidad.
La Junta General del Principado de Asturias (en adelante, Junta General), en su deseo de favorecer la creatividad artística y promover la difusión de la pintura, ayudando a los artistas en su trabajo y proyección, ha decidido convocar la II Bienal de Pintura Junta General del Principado de Asturias 2024 (en adelante, la Bienal).
Segunda.—Premio.
1. Se establecen dos premios. El primer premio estará dotado con 12.000 euros, y el segundo, con 8.000 euros. Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos y retenciones según lo dispuesto en la legislación aplicable.
2. Las obras premiadas pasarán a ser propiedad de la Junta General para ser incorporadas a su fondo de arte, entendiéndose, por tanto, y de conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, que sus autores transfieren a la Junta General, con carácter universal, indefinidamente y en exclusiva, todos los derechos de explotación de esas obras, incluyendo la reproducción por cualquier sistema, con independencia del soporte, medio o formato en el que se hayan generado.
3. El jurado puede declarar desierta la Bienal, si así lo considera oportuno.
Tercera.—Participantes.
Podrá concurrir a la Bienal cualquier persona, mayor de edad y nacida o residente en España, acreditado ello a fecha de cierre de la convocatoria.
Cuarta.—Condiciones de participación.
Se establecen las siguientes condiciones de participación:
a) Cada participante presentará una sola obra, que deberá ser original e inédita, no premiada ni publicada y que no esté presentada en otro concurso de arte o similar en el momento en que se esté llevando a cabo la presente Bienal. Este extremo se acreditará mediante declaración jurada.
b) Cada participante garantizará que la obra presentada no vulnera los derechos de terceros, por lo que mantendrá indemne a la Junta General frente a cualquier reclamación motivada por el incumplimiento de tal obligación y que se pueda concretar en reclamaciones derivadas de derechos de publicidad, autor, infracción de marca, difamación o invasión de la privacidad.
c) Las obras no podrán estar firmadas ni tener ninguna otra señal que identifique a su autor en el anverso. Al dorso, deberá quedar acreditado el autor, identificándose claramente su nombre y apellidos y el título de la obra.
d) Tanto el tema como la técnica pictórica serán de libre elección.
e) Las obras no deberán medir menos de 40 centímetros ni más de 150 centímetros por ninguno de sus lados.
f) Todas las obras deberán presentarse enmarcadas o protegidas y carecerán de clavos, argollas o cualquier otro elemento ajeno al soporte del cuadro.
g) No se admitirán las obras protegidas con cristal.
h) Si alguna obra se compusiera de partes diferentes (por ejemplo, en tríptico), se computará, a efectos de dimensión, el conjunto de las partes.
i) Las obras se entregarán completamente terminadas, sin que puedan requerir ningún elemento adicional para su presentación al jurado o, en su caso, su exposición al público, y no podrán requerir ningún tipo de mantenimiento para su exposición.
j) La organización se reservará el derecho de aceptar a concurso trabajos realizados en materiales claramente frágiles.
Quinta.—Inscripción y documentación.
1. Para participar en la Bienal es requisito indispensable que los autores se inscriban en el certamen a través del correo electrónico que figura en la URL https://www.jgpa.es/bienal_pintura. El registro estará abierto desde el día 2 de septiembre de 2024 hasta el día 4 de octubre de 2024. El autor inscrito recibirá la confirmación de su registro como respuesta al correo electrónico remitido.
2. En el mismo correo electrónico de la inscripción se deberán facilitar todos datos personales y de contacto, así como enviar hasta tres fotografías de la obra presentada, a efectos de apreciar y valorar la pieza en su totalidad. Las fotografías, en formato JPG y que deberán tener entre 2.000 y 3.000 píxeles en su lado más largo, deberán enviarse comprimidas en un archivo único en formato zip bajo el nombre «obra».
3. A modo de currículum visual, también podrán incluirse hasta un máximo de cuatro fotografías de otras obras del autor realizadas en los tres años anteriores. Estas fotografías, también en formato JPG y que deberán tener entre 2.000 y 3.000 píxeles en su lado más largo, deberán enviarse comprimidas en un único archivo único en formato zip bajo el nombre «currículum».
4. La inscripción por correo electrónico es obligatoria. Los autores no podrán enviar obras si previamente no se han inscrito y remitido las fotografías indicadas.
Sexta.—Preselección.
1. Las fotografías de las obras remitidas por correo electrónico según se detalla en la base anterior serán las que permitan a los miembros del jurado realizar una preselección de las obras presentadas, atendiendo a estrictos criterios de calidad.
2. El jurado determinará cuáles de las presentadas telemáticamente son merecedoras de ser revisadas físicamente para continuar el proceso.
Séptima.—Plazo de entrega de las obras preseleccionadas.
1. Tras la preselección de las obras a que hace referencia la base anterior, la organización se pondrá en contacto con los autores preseleccionados, que deberán remitir las obras a la dirección y en el horario que se les indique. La organización, en la comunicación a los autores preseleccionados, establecerá la fecha límite de recepción de las obras, no admitiéndose las que lleguen con posterioridad.
2. Los cuadros llevarán adherido en el reverso un sobre cerrado con el título en mayúsculas II Bienal de Pintura Junta General del Principado de Asturias 2024. Dicho sobre contendrá los siguientes datos y documentación:
a) Datos relativos al autor:
— Nombre y apellidos, así como fotocopia del DNI.
— Domicilio.
— Teléfonos de contacto.
— Curriculum vítae artístico.
b) Datos relativos a la obra:
— Título de la obra.
— Año de ejecución.
— Medidas.
— Técnica empleada.
— Fotografía impresa en color de la obra en un formato A4 y que indique su posición expositiva.
— Declaración jurada de la originalidad de la obra.
3. Quienes no entreguen personalmente las obras las remitirán por agencia de transportes o por cualquier otro medio, de puerta a puerta y por su cuenta y riesgo, a portes pagados, en embalaje rígido y reutilizable. El embalaje deberá permitir la apertura y cierre sin una manipulación excesiva. La organización no se responsabiliza del deterioro de las obras por embalaje inadecuado.
4. Cualquier trámite legal que conlleve la recepción y devolución de las obras será de exclusiva responsabilidad del autor. Los gastos y el seguro del transporte, tanto de la entrega como de la devolución, correrán a cargo del participante.
5. La entidad receptora expedirá un justificante de la entrega al autor, empresa de transportes o representante que efectuó el depósito de la obra. Asimismo, se realizará una relación numérica de las obras por orden de recepción, en la que se indicará el título y las medidas, dejando en el anonimato el nombre del autor. El mismo número se adherirá en lugar visible a la obra, sin que distorsione su percepción. Este listado será para uso del jurado.
6. La Junta General dará un trato adecuado a las obras, pero se inhibe de responsabilidad derivada de pérdidas, robo, incendio o riesgos similares, y no suscribirá ninguna póliza de seguro que cubra estas circunstancias. En cualquier caso, la organización se compromete a manipular todas las obras con la máxima delicadeza, atendiendo en todo momento a su correcto mantenimiento. El autor que lo desee puede, a título personal, contratar un seguro de la obra con las cláusulas de demérito y clavo a clavo.
Octava.—Jurado.
1. El fallo de la Bienal corresponderá a un jurado integrado por cuatro miembros designados por el presidente de la Junta General, tres en calidad de vocales, con voz y voto, a propuesta de la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de colaboración entre la Junta General y el Museo de Bellas Artes, de entre personas de reconocido prestigio en el mundo de la cultura y el arte, y uno en calidad de secretario, con voz, pero sin voto, de entre los funcionarios de carrera de la Junta General.
2. De los tres vocales del jurado, dos de ellos deberán proceder de instituciones de fuera del Principado de Asturias.
3. La composición del jurado se hará pública en la web de la Junta General antes de la finalización del plazo de inscripción de los autores.
Novena.—Selección, fallo del jurado y exposición.
1. Una vez recibidas las obras preseleccionadas, estas serán sometidas a una primera revisión, en la que se comprobará que se ajustan a las presentes bases. El jurado efectuará a continuación una selección de finalistas en número no superior a veinte.
2. Las obras seleccionadas serán expuestas, con las debidas garantías, en la sede de la Junta General. Esta exposición servirá para mostrar los trabajos de más calidad a criterio del jurado, promover a sus autores y difundir las obras entre el público. De la exposición se dará cuenta oportunamente a los autores y se editará un catálogo. En el palacio de la Junta General se habilitarán los espacios destinados a esta exposición, a fin de garantizar su visita por el público en general, en el marco de las Jornadas de Puertas Abiertas.
3. Entre las obras finalistas el jurado propondrá las dos obras ganadoras. Las obras ganadoras pasarán a formar parte del fondo artístico de la Junta General.
4. La resolución por la que se concedan los premios convocados se adoptará por la Presidencia de la Junta General, previa propuesta del jurado, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta General, surtiendo los efectos de notificación, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. La entrega de premios tendrá lugar en la fecha que se anuncie previamente, coincidiendo con la exposición de las obras, y en el acto de recepción a los seleccionados.
6. El pago de los premios se efectuará tras la correspondiente resolución de concesión en un pago único, por transferencia bancaria a la cuenta designada por los premiados, sin perjuicio de que por parte de los mismos se deban cumplir las condiciones y requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Décima.—Devolución de las obras.
1. Las obras no premiadas deberán retirarse en el mismo lugar indicado para la entrega y en el plazo y horario que se les comunique. Al retirar la obra, se presentará el justificante expedido en la presentación. De no hacerlo así, se entenderá que el autor renuncia al derecho de devolución. En caso de haberse enviado a través de agencia, se devolverán de la misma manera a la dirección indicada en la ficha de la obra. Los gastos derivados de la devolución correrán a cargo del interesado.
2. Las obras que no sean retiradas en el plazo señalado se considerarán abandonadas por su autor, pudiendo la Junta General hacer con ellas lo que estime oportuno, entendiendo que su autor renuncia a cualquier derecho sobre la misma. En ningún caso se podrá mencionar a la Junta General como propietario de estas obras abandonadas ni ningún autor que haya renunciado a retirarla podrá manifestar que tiene su obra en la colección de la Junta General.
Undécima.—Tratamiento de datos personales.
La Junta General, como responsable del tratamiento de los datos personales de los participantes, informa que sus datos serán tratados exclusivamente para gestionar su participación y que se cumplirán las obligaciones que corresponden en la selección y vigilancia del tratamiento de los datos personales por parte de los encargados de dicho tratamiento.
Duodécima.—Derecho de cancelación.
En caso de que la Bienal no pudiera desarrollarse, bien por fraudes detectados, errores técnicos o cualquier otro motivo ajeno al control de la organización, la Junta General se reserva el derecho a cancelar, modificar o suspenderlo, sin que los participantes puedan exigir responsabilidad alguna.
Decimotercera.—Aceptación de las bases.
El hecho de participar en la Bienal supone la plena aceptación de las presentes bases por parte de los autores, así como la autorización para exhibir las obras en exposición y a no disponer de ellas hasta las fechas establecidas para la devolución. Igualmente, la participación supone la cesión de los correspondientes derechos de reproducción, en soporte papel o digital para la publicidad de dicha exposición, incluyendo la publicación de un catálogo digital de la muestra.