Resolución de 18 de julio de 2024, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión temporal de dos puestos de trabajo mediante comisión de servicios.
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La Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Oviedo ha sido aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, de fecha 26 de julio de 2023, y por Resolución, de fecha 25 de agosto de 2023, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo del Principado de Asturias, y publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 12 de septiembre de 2023.
Dada la urgente necesidad de cubrir dos puestos de trabajo, no desempeñados actualmente por sus titulares, y tras haber quedado desierta una convocatoria interna para su provisión temporal en comisión de servicios, el Rector de la Universidad de Oviedo, en virtud de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
RESUELVE
Convocar concurso de méritos para la provisión temporal, mediante comisión de servicios, de dos puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes,
BASES DE LA CONVOCATORIA
1.—Condiciones de participación.
Podrán participar en el presente concurso de méritos quienes en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ostenten la condición de funcionarios de carrera de Escalas o Cuerpos, del Grupo A, Subgrupos A1 o A2, siempre y cuando acrediten, al menos, diez años de experiencia profesional, de los cuales, cinco, como mínimo, deberán ajustarse a tareas relacionadas con la gestión de proyectos de investigación, la gestión económico presupuestaria y/o la gestión universitaria.
2.—Puesto de trabajo.
Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud son los que aparecen relacionados en el anexo I de esta convocatoria.
3.—Solicitud, modelos y plazos.
3.1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso de méritos, ajustadas al modelo que figura como anexo II de esta convocatoria (modelo de solicitud de vacantes) y dirigidas al Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, se presentarán en el plazo de los 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro en la Universidad, bien en la Oficina Central (Plaza de Riego, 4, planta baja. Oviedo), o en las Oficinas Auxiliares, cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio de Administración del Campus de Mieres, en el Servicio de Administración del Campus de Gijón, en el Campus del Cristo "A" de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, c/ Catedrático Valentín Andrés Álvarez), en el Servicio de Administración del Campus del Milán y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (c/ La Ferrería, n.º 7-9) y electrónicamente, mediante solicitud genérica, a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo, Asimismo, las instancias podrán presentarse en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud certificación, expedida por la Administración de origen, acreditativa de la antigüedad, grado y nivel de los puestos ocupados en función del baremo establecido en el anexo III, así como certificación que acredite el cumplimiento del perfil exigido para el desempeño del puesto solicitado. Asimismo, deberá invocar y acreditar documentalmente los méritos relativos a los cursos de formación y perfeccionamiento y, en su caso, los relativos a la conciliación familiar.
3.2. Los funcionarios participantes solicitarán el puesto o los puestos convocados, expresando la denominación con que figuran en la Relación de Puestos de Trabajo, en los términos establecidos en el anexo I. Asimismo, cuando se soliciten los dos puestos, será tenido en cuenta el orden de preferencia establecido en la misma.
3.3. La fecha de referencia para el cumplimento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos que se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
3.4. Con la firma de la solicitud para tomar parte en el presente concurso de méritos, el funcionario autorizará el uso de sus datos relativos a nombre y apellidos, DNI, valoraciones, puestos desempeñados y puesto adjudicado, en su caso, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en la página web de la Universidad de Oviedo y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
4.—Valoración de los méritos.
4.1. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias, y sólo y exclusivamente los relacionados en la solicitud y acreditados documentalmente. Durante el proceso de valoración podrán recabarse de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. La valoración de los méritos para la adjudicación del puesto de trabajo se efectuará de acuerdo con el baremo que figura en el anexo III de esta convocatoria.
4.2. Para poder obtener un puesto de trabajo convocado en el presente concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de cinco puntos.
4.3. Prioridad en las adjudicaciones: El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá determinado por la puntuación final obtenida según el baremo de méritos.
En caso de empate se realizará una entrevista a los candidatos con la finalidad de dirimir la adjudicación de la plaza. La entrevista versará sobre las funciones del puesto a cubrir, experiencia profesional y todos aquellos aspectos que ayuden a valorar la competencia, idoneidad y capacidad de la persona entrevistada. La Comisión podrá realizar preguntas sobre los aspectos señalados.
5.—Comisión de Valoración.
5.1. Los méritos serán valorados por una Comisión que figura como anexo IV de esta convocatoria. Su calificación será publicada en la página web de la Universidad. En dicho lugar se publicarán, asimismo, la propuesta de adjudicación temporal de los puestos que acuerde la Comisión y la Resolución del Rector por la que se adjudiquen en comisión de servicios los puestos convocados.
5.2. Los miembros de la Comisión de Valoración se abstendrán de intervenir cuando les afecte alguno de los motivos que regula el párrafo segundo del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, podrán ser recusados por dichos motivos a tenor del art. 24 del texto legal anteriormente citado.
5.3. La Comisión de Valoración podrá utilizar los servicios de asesores o colaboradores con voz, pero sin voto.
6.—Resolución.
6.1. El presente concurso de méritos, en su totalidad, se resolverá por Resolución del Rector de la Universidad de Oviedo, en la que figurará la identificación de los adjudicatarios y de los puestos adjudicados. La Resolución se dictará en el plazo no superior a cuatro meses, a contar desde el día siguiente al de finalización de presentación de solicitudes.
6.2. Dicha Resolución será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y conllevará el cese automático en el anterior puesto de trabajo. La citada publicación servirá de notificación a los interesados.
6.3. La provisión temporal, en comisión de servicios, de los puestos ofertados, se realizará de forma voluntaria, por lo que no generará el abono de indemnización alguna, y se mantendrá durante un año prorrogable por otro, salvo reincorporación del titular del puesto o, en su caso, hasta su provisión definitiva del puesto mediante los procedimientos legales establecidos al efecto.
6.4. Los funcionarios propuestos para la provisión temporal de los puestos ofertados deberán incorporarse para su desempeño efectivo en la fecha fijada por la Universidad, que no podrá exceder de un mes desde la publicación de la adjudicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, salvo causa de fuerza mayor.
7.—Interpretación de las bases y resolución de incidencias.
La interpretación de las presentes bases y la resolución de las incidencias que se planteen con ocasión de la aplicación de las mismas corresponderán a la Comisión de Valoración.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, a tenor de lo dispuesto en los arts. 110.1 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor de los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Oviedo, a 18 de julio de 2024.—El Rector.—Cód. 2024-06503.